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CNAE 46.31Trámites de alta

Alta CNAE 46.31: Comercio al por mayor de frutas y hortalizas

Te recomendamos encarecidamente que contrates los servicios de una gestoría especializada en comercio mayorista. Un gestor profesional se encargará de rellenar correctamente el modelo 036, verificar que el CNAE y el epígrafe IAE sean los adecuados para tu actividad, presentar la documentación en plazo, y asesorarte sobre el régimen de IVA más ventajoso para tu negocio. Además, te ayudará a cumplir todas las obligaciones tributarias periódicas (declaraciones trimestrales de IVA, declaración anual de la renta, registros contables) y evitarás errores costosos que podrían resultar en sanciones de la AEAT. El coste de una gestoría es deducible como gasto empresarial y te permitirá concentrarte en el desarrollo de tu actividad comercial.

Pasos para darse de alta

1

Solicitar el número de identidad fiscal (NIF) o verificar el existente

Si eres persona física española, debes tener un NIF. Si ya lo tienes, verifica que está activo en la AEAT. Si no lo posees, dirígete a la Delegación de la AEAT más cercana o solicítalo online a través de la Sede Electrónica. Este número es imprescindible para cualquier trámite fiscal y será tu identificador único ante Hacienda. Necesitarás presentar tu DNI o pasaporte y un comprobante de domicilio.

2

Registrarse en el sistema Cl@ve para acceder a la Sede Electrónica

Accede a https://clave.gob.es/clave_Home/registro.html y completa tu registro con tus datos personales y credenciales. Este sistema te permitirá acceder a todos los servicios telemáticos de la AEAT de forma segura y autenticada. Una vez registrado, podrás presentar formularios, consultar obligaciones y descargar documentos oficiales. El proceso es rápido y gratuito.

3

Rellenar y presentar el modelo 036 (Declaración censal de alta)

Accede a https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/GC36.shtml y descarga el modelo 036 en formato papel o rellenalo telemáticamente. En este formulario debes indicar: tu NIF, domicilio del negocio, actividad económica (CNAE 46.31), epígrafe del IAE correspondiente (generalmente 643 para comercio al por mayor de frutas y hortalizas), fecha de inicio de actividad, y régimen de IVA que elijas (régimen normal, simplificado u otro). Presenta el formulario en la Delegación de la AEAT o por vía telemática con Cl@ve.

4

Solicitar el alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) si procede

El IAE es una obligación tributaria municipal, aunque está exento si tu cifra de negocios no supera 1.000.000 euros anuales. Si no estás exento, debes solicitar el alta en el ayuntamiento de tu municipio donde desarrollarás la actividad. Presenta el modelo 036 aceptado por la AEAT junto con la solicitud de alta en el IAE. El ayuntamiento emitirá un recibo de pago que debes conservar como justificante.

5

Elegir el régimen de IVA y cumplir obligaciones tributarias periódicas

Según tu volumen de negocio y estructura empresarial, deberás elegir entre el régimen normal de IVA (con declaraciones trimestrales modelo 303) o el régimen simplificado. Si tu facturación anual es inferior a 600.000 euros, puedes optar por el régimen simplificado. A partir de ese momento, deberás presentar las declaraciones de IVA cada trimestre, declaración anual de la renta (modelo 100 si eres autónomo) y llevar registros contables actualizados.

Documentos necesarios para el alta con CNAE 46.31

DNI o pasaporte en vigor Debes tener un documento nacional de identidad válido. Si eres extranjero, necesitarás un pasaporte válido o un NIE (Número de Identidad de Extranjero). Obtén el DNI en la Comisaría Nacional de Policía o en tu ayuntamiento si eres ciudadano español. El NIE se solicita en la Delegación de la Policía Nacional o en la Comisaría de Extranjería.
Comprobante de domicilio del negocio Presenta un documento que acredite tu domicilio donde desarrollarás la actividad: recibo de alquiler, escritura de propiedad, contrato de arrendamiento, recibo de servicios (agua, luz, gas) a nombre tuyo o de la empresa. Este documento debe tener una antigüedad máxima de tres meses. Si es necesario, puedes obtenerlo del casero, propietario o empresa suministradora de servicios.
Justificante de número de cuenta bancaria (IBAN) Proporciona el número de cuenta bancaria (IBAN) donde deseas que se realicen los ingresos y devoluciones de la AEAT. Obtén este dato de tu entidad bancaria o del extracto de tu cuenta. Es necesario para que la Administración pueda realizar pagos y devoluciones de forma telemática.
Modelo 036 cumplimentado Descarga el formulario desde https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/GC36.shtml. Puedes obtenerlo en formato papel en la Delegación de la AEAT o rellenarlo telemáticamente. Asegúrate de indicar correctamente el CNAE 46.31 y el epígrafe IAE 643 para comercio al por mayor de frutas y hortalizas.
Certificado digital o Cl@ve para firma electrónica Registrate en https://clave.gob.es/clave_Home/registro.html para obtener tus credenciales de acceso a la Sede Electrónica. Alternativamente, puedes obtener un certificado digital en una Autoridad Certificadora reconocida (como FNMT-RCM) si deseas firmar documentos electrónicamente. El registro en Cl@ve es gratuito y se realiza en línea.
Licencia de actividad del ayuntamiento (si es obligatoria) Consulta en el ayuntamiento de tu municipio si la actividad de comercio al por mayor de frutas y hortalizas requiere licencia de actividad específica. Algunos municipios exigen licencia ambiental si tienes almacenes refrigerados o instalaciones especiales. Solicítala en el ayuntamiento antes o simultáneamente con el alta en la AEAT.

Plazos importantes

El alta en la AEAT debe presentarse en el plazo de treinta días desde el inicio de la actividad económica. Si presentas fuera de plazo, puedes incurrir en sanciones. Las declaraciones de IVA (modelo 303) deben presentarse trimestralmente antes del día 20 del mes siguiente al trimestre. La declaración anual de la renta (modelo 100) se presenta entre los meses de abril y junio del año siguiente. El pago del IAE municipal, si procede, debe realizarse antes del 31 de enero de cada año.

Formularios online

Errores comunes

  • Indicar un CNAE incorrecto o diferente al 46.31. Verifica que tu actividad real coincide exactamente con la descripción oficial del CNAE: comercio al por mayor de frutas y hortalizas frescas, legumbres, deshidratadas, en conserva, congeladas o setas. Un CNAE erróneo puede generar problemas con tus obligaciones fiscales y cotizaciones a la Seguridad Social.
  • Olvidar incluir el epígrafe IAE correspondiente (643) en el modelo 036. Aunque estés exento del pago del IAE por cifra de negocios inferior a 1.000.000 euros, debes registrar el epígrafe. La omisión puede causar retrasos en la tramitación y notificaciones posteriores de la Administración.
  • No registrarse previamente en Cl@ve antes de intentar presentar el modelo 036 telemáticamente. Sin credenciales válidas, no podrás acceder a la Sede Electrónica ni presentar formularios online. Completa el registro en https://clave.gob.es/clave_Home/registro.html con antelación.
  • Confundir el domicilio fiscal con el domicilio de la actividad. En el modelo 036 debes indicar el lugar donde realmente desarrollarás la actividad (almacén, oficina, punto de venta). Si utilizas un domicilio diferente para notificaciones, debes indicarlo expresamente.
  • No solicitar el alta en el IAE municipal dentro del plazo establecido. Aunque la cuota sea exenta, debes registrarte en el ayuntamiento. La falta de registro puede generar sanciones e impedir la obtención de licencias posteriores.
  • Elegir un régimen de IVA sin analizar tu previsión de facturación anual. Si esperas facturar más de 600.000 euros, deberás estar en régimen normal. Una mala elección inicial puede obligarte a cambios complicados posteriormente.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre el CNAE 46.31 y otras actividades de comercio mayorista?
El CNAE 46.31 es específico para el comercio al por mayor de frutas y hortalizas en todas sus formas (frescas, deshidratadas, en conserva, congeladas) e incluye setas. Otros CNAEs de comercio mayorista como el 46.32 (carnes) o 46.33 (productos lácteos) son para sectores diferentes. Es crucial que declares el CNAE correcto porque determina tus obligaciones tributarias, cotizaciones a la Seguridad Social como autónomo, y acceso a ayudas o subvenciones específicas del sector agroalimentario.
¿Tengo que pagar el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) si me dedico al comercio mayorista de frutas?
El IAE está exento si tu cifra de negocios anual no supera 1.000.000 euros. Como comerciante mayorista de frutas y hortalizas, si tu facturación es inferior a ese límite, estarás exento de pago. Sin embargo, debes registrarte igual en el ayuntamiento de tu municipio indicando el epígrafe 643. Si tu facturación supera el millón de euros, deberás pagar la cuota correspondiente antes del 31 de enero de cada año.
¿Qué régimen de IVA es más conveniente para un comerciante mayorista de frutas y hortalizas?
Si tu facturación anual prevista es inferior a 600.000 euros, puedes optar por el régimen simplificado de IVA, que simplifica tu contabilidad y declaraciones. Si superas esa cifra, deberás estar en régimen normal. El régimen normal requiere presentar declaraciones trimestrales (modelo 303) más detalladas, pero te permite deducir el IVA soportado en tus compras de forma más eficiente. Consulta con un gestor para elegir la opción más ventajosa según tus previsiones de negocio.
¿Cuánto tiempo tarda en procesarse mi alta en la AEAT con el CNAE 46.31?
Normalmente, la AEAT procesa el modelo 036 en un plazo de 15 a 30 días desde su presentación. Si lo presentas telemáticamente con Cl@ve, la tramitación suele ser más rápida. Recibirás una notificación confirmando tu alta y asignándote el número de contribuyente definitivo. Mientras tanto, puedes comenzar tu actividad económica, pero es recomendable esperar la confirmación oficial antes de realizar grandes inversiones o compromisos comerciales.
¿Qué obligaciones contables y registros debo mantener como comerciante mayorista de frutas?
Debes llevar un libro de registro de ventas (facturas emitidas) y un libro de registro de compras (facturas recibidas). Si estás en régimen normal de IVA, estos registros son obligatorios y deben estar informatizados. Además, debes conservar todas las facturas y documentos de compra-venta durante un mínimo de cinco años. Si utilizas un programa de facturación, asegúrate de que cumpla los requisitos de la AEAT. Te recomendamos que un gestor revise periódicamente tus registros para evitar problemas en futuras inspecciones.

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