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CNAE 46.47Trámites de alta

Alta CNAE 46.47: Comercio al por mayor de muebles para el hogar, oficinas y establecimientos comerciales, alfombras y aparatos de iluminación

Dado que los trámites de alta fiscal y seguridad social pueden ser complejos, especialmente si es tu primera vez como autónomo, te recomendamos encarecidamente que contrates los servicios de una gestoría especializada. Una gestoría te ayudará a completar correctamente todos los formularios, te asesorará sobre tus obligaciones fiscales y contables, y se encargará de presentar la documentación ante la AEAT y la Seguridad Social en tiempo y forma. El coste de una gestoría es generalmente muy inferior al de cometer errores que luego requieran subsanaciones o correcciones. Además, una gestoría te proporcionará asesoramiento continuo sobre tus obligaciones periódicas (IVA, retenciones, impuesto sobre la renta, etc.) y te ayudará a optimizar tu carga fiscal.

Pasos para darse de alta

1

Solicita tu número de identidad fiscal (NIF)

Si eres persona física, debes obtener tu NIF en la Agencia Tributaria. Si ya tienes NIF, puedes pasar al siguiente paso. Para solicitar el NIF, acude a la oficina de la AEAT más cercana a tu domicilio con tu documento de identidad original. El proceso es inmediato y gratuito, y recibirás tu número de forma instantánea.

2

Obtén el número de afiliación a la Seguridad Social

Antes de presentar el modelo 036/037, debes darte de alta como autónomo en la Seguridad Social si eres persona física. Dirígete a la Tesorería de la Seguridad Social de tu zona con tu NIF y solicita el alta en el régimen de trabajadores autónomos. Recibirás tu número de afiliación, que es imprescindible para completar la declaración censal.

3

Presenta el modelo 036 (declaración censal)

Rellena el formulario 036 con tus datos personales, información sobre tu actividad comercial (CNAE 46.47), domicilio fiscal y datos bancarios. Este modelo debe presentarse en la Agencia Tributaria en un plazo de 30 días desde el inicio de tu actividad. Puedes presentarlo de forma presencial, electrónica a través de la Sede Electrónica de la AEAT o mediante gestoría. Asegúrate de indicar correctamente el epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) correspondiente a comercio al por mayor de muebles.

4

Solicita la alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE)

En el mismo modelo 036, debes solicitar tu alta en el IAE. Como comerciante mayorista de muebles, se te asignará un epígrafe específico (generalmente del grupo 5 - Comercio). La cuota del IAE está exenta si tu cifra de negocios es inferior a 1.000.000 euros anuales, lo que aplica a la mayoría de autónomos que comienzan su actividad.

5

Solicita la autorización de actividad si es necesario

Dependiendo de tu comunidad autónoma y del tipo de establecimiento (almacén, showroom, tienda), puede ser necesario obtener licencias adicionales como la licencia de actividad o de funcionamiento. Consulta con el ayuntamiento de tu municipio para conocer los requisitos específicos de tu zona. Algunos municipios exigen declaración responsable o licencia municipal previa al inicio de la actividad.

6

Cumple con las obligaciones fiscales periódicas

Una vez dado de alta, deberás presentar periódicamente las declaraciones fiscales correspondientes: el IVA trimestralmente (modelo 303) si superas ciertos umbrales de facturación, y la declaración de la renta anual (modelo 100) si eres autónomo. Mantén una contabilidad ordenada de tus operaciones comerciales y conserva toda la documentación de compras y ventas durante el período legal establecido.

Documentos necesarios para el alta con CNAE 46.47

Documento Nacional de Identidad (DNI) o Pasaporte Original o fotocopia compulsada. Debes presentarlo para solicitar el NIF en la Agencia Tributaria si aún no lo tienes. Si ya dispones de NIF, necesitarás una copia para la presentación de documentos ante administraciones públicas.
Número de afiliación a la Seguridad Social Lo obtendrás en la Tesorería de la Seguridad Social al darte de alta como autónomo. Este número es obligatorio para rellenar el modelo 036 y debe ser solicitado antes de presentar la declaración censal en la AEAT.
Comprobante de domicilio fiscal Puede ser un recibo de luz, agua, teléfono o contrato de alquiler a tu nombre. Es necesario para acreditar tu domicilio fiscal ante la Agencia Tributaria y debe estar fechado en los últimos tres meses.
Modelo 036 (declaración censal) Formulario disponible en la Sede Electrónica de la AEAT (https://sede.agenciatributaria.gob.es) o en las oficinas de la Agencia Tributaria. Debes completarlo con tus datos, información de la actividad y datos bancarios para domiciliación de impuestos.
Datos bancarios (IBAN) Tu número de cuenta bancaria española en formato IBAN para la domiciliación de pagos de impuestos. Debes proporcionarlo en el modelo 036 para que la Agencia Tributaria pueda realizar los ingresos y devoluciones de forma automática.
Licencia municipal de actividad (si aplica) Solicitada al ayuntamiento de tu municipio. Algunos municipios exigen esta licencia previa al inicio de la actividad comercial, especialmente si tienes un establecimiento físico (almacén, showroom o tienda).
Certificado digital o Cl@ve Necesario si deseas presentar el modelo 036 de forma electrónica a través de la Sede Electrónica de la AEAT. Puedes obtener tu certificado digital en la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT) o solicitar acceso a Cl@ve en https://clave.gob.es/clave_Home/registro.html

Plazos importantes

El plazo para presentar el modelo 036 es de 30 días naturales desde el inicio de tu actividad comercial. Si no respetas este plazo, podrías enfrentarte a sanciones administrativas. Además, debes darte de alta en la Seguridad Social como autónomo antes de presentar la declaración censal. A partir de entonces, tendrás obligaciones periódicas: presentar el modelo 303 (IVA) trimestralmente si estás acogido al régimen de IVA normal, y la declaración anual de la renta (modelo 100) antes del 30 de junio del año siguiente al ejercicio fiscal. Si tu cifra de negocios supera determinados umbrales, también deberás llevar contabilidad completa y presentar cuentas anuales.

Formularios online

Errores comunes

  • No solicitar el número de afiliación a la Seguridad Social antes de presentar el modelo 036. Este es un error muy frecuente que retrasa el proceso, ya que la AEAT necesita este número para validar tu alta como autónomo. Asegúrate de darte de alta en la Seguridad Social con al menos 5 días de anticipación a la presentación de la declaración censal.
  • Indicar incorrectamente el código CNAE o el epígrafe del IAE. Muchos autónomos confunden el CNAE (46.47 en este caso) con otros códigos de actividad similares. Es fundamental que especifiques correctamente que tu actividad es comercio al por mayor de muebles, alfombras y aparatos de iluminación, no comercio minorista ni otras actividades relacionadas.
  • Olvidar presentar el modelo 036 dentro del plazo de 30 días. La presentación tardía puede resultar en sanciones administrativas. Marca en tu calendario la fecha de inicio de actividad y asegúrate de presentar el formulario antes de que venza el plazo, preferiblemente de forma telemática para tener constancia inmediata de la presentación.
  • No incluir datos bancarios correctos o incompletos en el modelo 036. Sin un IBAN válido, no podrás recibir devoluciones de IVA ni realizar domiciliaciones de pagos. Verifica que tu número de cuenta esté en formato IBAN español (24 dígitos comenzando por ES) antes de presentar el formulario.
  • No solicitar la licencia municipal de actividad cuando es obligatoria en tu municipio. Algunos ayuntamientos exigen esta licencia previa al inicio de la actividad. Si no la obtienes, podrías ser sancionado por el consistorio, independientemente de tu situación ante la AEAT.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre el modelo 036 y el modelo 037?
El modelo 036 es la declaración censal general que pueden presentar todas las personas físicas y jurídicas que inician una actividad económica. El modelo 037 es una versión simplificada destinada exclusivamente a personas físicas que no son empresarios ni profesionales con establecimiento. Como comerciante mayorista de muebles, deberás presentar el modelo 036, no el 037, ya que tu actividad requiere un establecimiento comercial (almacén o showroom).
¿Necesito inscribirme en el Registro Mercantil?
No es obligatorio inscribirse en el Registro Mercantil si eres autónomo persona física. Sin embargo, si constituyes una sociedad mercantil (sociedad limitada, anónima, etc.), entonces sí es obligatorio. Como autónomo individual dedicado al comercio al por mayor de muebles, no necesitas esta inscripción, pero sí debes darte de alta en la AEAT mediante el modelo 036 y en la Seguridad Social.
¿Cuándo debo empezar a pagar el IVA trimestral?
Debes presentar el modelo 303 (declaración trimestral de IVA) a partir del trimestre en el que inices tu actividad, siempre que estés acogido al régimen de IVA normal. Si tu cifra de negocios es inferior a 600.000 euros anuales, puedes optar por el régimen simplificado de IVA. En cualquier caso, desde el momento en que comienza tu actividad, debes emitir facturas con IVA y llevar un registro de tus operaciones comerciales.
¿Está exenta la cuota del Impuesto de Actividades Económicas (IAE)?
Sí, la cuota del IAE está exenta para autónomos cuya cifra de negocios no supere 1.000.000 euros anuales. Como comerciante mayorista que comienza su actividad, es muy probable que disfrutes de esta exención. Sin embargo, debes solicitarla expresamente en el modelo 036 indicando que tu cifra de negocios prevista es inferior a ese umbral. Aunque no pagues cuota, debes mantener tu alta en el IAE actualizada.
¿Qué documentación debo conservar como comerciante mayorista?
Debes conservar durante un mínimo de 5 años toda la documentación relacionada con tus operaciones comerciales: facturas de compra y venta, albaranes, justificantes de pago, extractos bancarios, libros de registro de IVA (modelo 303), declaraciones de la renta, nóminas de empleados (si los tienes) y cualquier otra documentación contable. Esta documentación es esencial para justificar tus ingresos ante la Agencia Tributaria en caso de inspección y para cumplir con tus obligaciones contables.

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