Saltar al contenido
CNAE 47.11Trámites de alta

Alta CNAE 47.11: Comercio al por menor no especializado con predominio de productos alimenticios, bebidas y tabaco

Aunque puedes realizar estos trámites por ti mismo a través de la Sede Electrónica de la AEAT, contratar los servicios de una gestoría te ahorrará tiempo y te garantizará que todo está correcto desde el inicio. Un gestor administrativo o asesor fiscal te ayudará a cumplimentar correctamente los formularios, a elegir el régimen fiscal más ventajoso para tu negocio (estimación objetiva, régimen de estimación directa simplificada o normal), y a gestionar todas tus obligaciones fiscales y contables posteriores. Especialmente si es tu primer negocio, contar con asesoramiento profesional es una inversión que evitará problemas futuros con la administración.

Pasos para darse de alta

1

Obtén tu número de identidad (DNI o NIE)

Antes de iniciar cualquier trámite de alta, debes tener tu Documento Nacional de Identidad (DNI) en vigor si eres ciudadano español, o tu Número de Identidad de Extranjero (NIE) si eres extranjero residente. Este documento es imprescindible para identificarte ante la administración tributaria y para acceder a la Sede Electrónica de la AEAT. Sin este documento, no podrás completar ninguno de los trámites de registro.

2

Solicita un certificado digital o Cl@ve

Para acceder a la Sede Electrónica de la AEAT y tramitar tu alta de forma telemática, necesitas un medio de autenticación válido. Puedes obtener un certificado digital en la FNMT-RCM (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre) o registrarte en el sistema Cl@ve, que es más rápido y accesible. Ambos te permitirán firmar electrónicamente los formularios de alta y acceder a tu área privada en la AEAT.

3

Prepara la documentación necesaria

Reúne todos los documentos requeridos antes de iniciar el trámite: copia del DNI o NIE, comprobante de domicilio fiscal (recibo de luz, agua o teléfono con tu nombre y dirección), y si aplica, documentación del local comercial (contrato de alquiler, escritura de propiedad o autorización del propietario). Tener toda la documentación lista agilizará significativamente el proceso y evitará retrasos.

4

Presenta el modelo 036 o 037 en la AEAT

Accede a la Sede Electrónica de la AEAT con tu certificado digital o Cl@ve y cumplimenta el formulario correspondiente. Si eres persona física y cumples los requisitos (actividad no agraria, sin establecimiento permanente en el extranjero, etc.), puedes usar el modelo 037 (versión simplificada). En caso contrario, utiliza el modelo 036. Selecciona el código CNAE 47.11 y el epígrafe IAE 477 o 478 según corresponda, indica tu domicilio fiscal y los datos de tu negocio.

5

Realiza el trámite de alta en el Régimen de la Seguridad Social

Una vez presentado el modelo 036 o 037, debes darte de alta como trabajador autónomo en la Seguridad Social si no lo estabas ya. Puedes hacerlo a través de la sede electrónica de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) o en las oficinas de la Seguridad Social. Este trámite es obligatorio y debe realizarse en el plazo de 30 días desde el inicio de la actividad. Sin este alta, no podrás ejercer legalmente como autónomo.

6

Solicita el número de identificación fiscal (NIF)

Si ya tienes DNI, tu NIF es el mismo número. Si tienes NIE, la AEAT te asignará automáticamente un NIF en el momento de tu alta censal. Este número será fundamental para todas tus obligaciones fiscales, facturas, declaraciones de impuestos y relaciones con clientes y proveedores. Conserva este número ya que lo necesitarás durante toda tu actividad empresarial.

Documentos necesarios para el alta con CNAE 47.11

Documento Nacional de Identidad (DNI) o Número de Identidad de Extranjero (NIE) Obtén el DNI en la Policía Nacional o comisaría más cercana a tu domicilio. Si eres extranjero, solicita el NIE en la Oficina de Extranjería o comisaría de policía. Ambos documentos deben estar en vigor y sin caducidad.
Comprobante de domicilio fiscal Utiliza un recibo reciente (máximo 3 meses) de suministros (electricidad, agua, gas, teléfono fijo o internet) a tu nombre en la dirección donde ejercerás la actividad. También puedes usar un certificado del padrón municipal, contrato de alquiler o escritura de propiedad si es tu vivienda habitual.
Documentación del local comercial Si alquilas el local, presenta una copia del contrato de arrendamiento firmado por ambas partes. Si es propiedad tuya, aporta la escritura de propiedad registrada. Si el local es de un tercero, obtén una autorización escrita del propietario permitiendo el uso comercial del inmueble.
Certificado digital o credenciales Cl@ve Solicita el certificado digital en la FNMT-RCM a través de https://www.fnmt.es o regístrate en Cl@ve en https://clave.gob.es/clave_Home/registro.html. Ambos te permitirán autenticarte en la Sede Electrónica de la AEAT de forma segura.
Datos de la actividad comercial Ten preparado el nombre comercial o razón social que deseas registrar, el código CNAE 47.11, el epígrafe IAE (477 o 478), descripción breve de la actividad, fecha de inicio prevista y estimación de cifra de negocios anual. Esta información la necesitarás al cumplimentar el formulario 036 o 037.
Solicitud de alta en la Seguridad Social Accede a la sede electrónica de la TGSS en https://www.seg-social.es o solicita el formulario TA.0521 en las oficinas de la Seguridad Social. Necesitarás tu NIF/NIE, datos personales y del negocio para completar el alta como trabajador autónomo.

Plazos importantes

Debes presentar el modelo 036 o 037 ante la AEAT en el plazo de 30 días desde el inicio de tu actividad comercial. Es recomendable hacerlo antes de comenzar para evitar sanciones por falta de declaración censal. El alta en la Seguridad Social como autónomo también debe realizarse dentro de 30 días desde el inicio de la actividad. Si tienes obligación de presentar IVA (cifra de negocios superior a 3.600€ anuales), debes presentar el modelo 303 trimestralmente. La declaración de la renta (modelo 100) se presenta anualmente entre abril y junio del año siguiente al ejercicio fiscal.

Formularios online

Errores comunes

  • Confundir el modelo 036 con el 037: recuerda que el 037 es solo para personas físicas que cumplen requisitos específicos (sin establecimiento permanente en el extranjero, actividad no agraria, etc.). Si no estás seguro, usa el modelo 036 que es más general.
  • Olvidar seleccionar el código CNAE 47.11 y el epígrafe IAE correcto (477 o 478): esto es fundamental para que tu actividad se clasifique correctamente y para determinar tus obligaciones fiscales. Verifica dos veces antes de enviar.
  • No darse de alta en la Seguridad Social como autónomo: muchos emprendedores olvidan este paso creyendo que solo es necesario el alta en la AEAT. Sin este trámite, estarás ejerciendo ilegalmente y sin protección social.
  • Indicar una dirección incorrecta o incompleta: asegúrate de que el domicilio fiscal coincide exactamente con el comprobante de domicilio que aportas. Cualquier discrepancia puede ralentizar el proceso.
  • No tener documentación del local comercial: si no aportas contrato de alquiler, escritura de propiedad o autorización del propietario, la AEAT puede rechazar tu solicitud de alta.
  • Presentar documentación caducada: verifica que tu DNI/NIE, comprobante de domicilio y otros documentos estén en vigor. Los documentos caducados no son válidos para el trámite de alta.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre el modelo 036 y el 037?
El modelo 036 es la declaración censal general que pueden presentar tanto personas físicas como jurídicas. El modelo 037 es una versión simplificada exclusiva para personas físicas que cumplan ciertos requisitos: que no tengan establecimiento permanente en el extranjero, que no realicen actividades agrarias, ganaderas o forestales, y que no sean impositores conjuntos de bienes. Si cumples estos requisitos, el 037 es más rápido y sencillo. Si tienes dudas, usa el 036 que es más seguro.
¿Necesito pagar algo para darme de alta con el CNAE 47.11?
No hay tarifa administrativa por presentar el modelo 036 o 037 en la AEAT. Sin embargo, sí deberás pagar la cuota de afiliación a la Seguridad Social como autónomo, que ronda los 300€ mensuales (aunque hay bonificaciones para nuevos autónomos los primeros 12 meses). Además, si tu cifra de negocios supera 1.000.000€ anuales, deberás pagar la cuota del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), que varía según el epígrafe y la provincia.
¿Cuándo debo presentar el IVA si tengo un comercio minorista?
Debes presentar el modelo 303 (declaración de IVA) trimestralmente si tu cifra de negocios anual supera 3.600€. Los trimestres vencen el 20 de abril, 20 de julio, 20 de octubre y 20 de enero. Si tu volumen es inferior a 3.600€ anuales, estás exento de presentar IVA, aunque puedes optar voluntariamente por hacerlo para recuperar el IVA soportado en compras.
¿Puedo cambiar el código CNAE después de darme de alta?
Sí, puedes cambiar el código CNAE presentando una variación de datos ante la AEAT a través del modelo 036 o 037. Esto es útil si tu actividad principal cambia o si inicialmente seleccionaste un código incorrecto. Sin embargo, es importante que el CNAE refleje tu actividad real, ya que esto afecta a tus obligaciones fiscales, el régimen de IVA y otras cuestiones administrativas.
¿Qué régimen fiscal me conviene más: estimación objetiva, estimación directa simplificada o normal?
Esto depende de tu volumen de negocio y complejidad. La estimación objetiva (módulos) es la más sencilla si tu cifra de negocios no supera ciertos límites y tienes pocos gastos. La estimación directa simplificada es intermedia y requiere llevar un registro de ingresos y gastos. La estimación directa normal es obligatoria si superas determinados umbrales de ingresos. Un gestor puede asesorarte sobre cuál es la más ventajosa en tu caso específico, considerando tus previsiones de negocio y estructura de costes.

¿Necesitas ayuda con el alta?

Un asesor fiscal puede gestionar tu alta censal, modelo 036/037 y registro en Seguridad Social. Ahorra tiempo y evita errores.

Buscar gestorías cerca de mí →
Herramienta recomendada

Ya tienes tu código. Ahora factura como un profesional con Quipu

Valoración de Quipu en Trustpilot: Trustpilot · 4.0/5 con más de 250 reseñas

Genera facturas electrónicas, calcula tus modelos trimestrales y concilia los movimientos bancarios sin hojas de cálculo. Quipu está pensado para autónomos en España.

Quipu es el software de facturación, contabilidad e impuestos de referencia para autónomos y pymes en España. Automatiza el cálculo de los modelos 303, 130 y 390, genera facturas electrónicas y concilia los movimientos bancarios desde una sola plataforma en español.

  • Plataforma más usada por autónomos en España
  • Cálculo automático de impuestos trimestrales
  • Integración bancaria
Enlace de afiliado. Si contratas Quipu a través de este enlace, recibimos una comisión sin coste adicional para ti.