¿Puedo vender vapeadores o cigarrillos electrónicos mediante máquinas automáticas con el código 664.9?▼
No, la venta de vapeadores y cigarrillos electrónicos mediante máquinas automáticas no está permitida bajo el código IAE 664.9. Estos productos tienen una regulación especial y están sometidos a restricciones normativas específicas que no permiten su comercialización a través de máquinas expendedoras automáticas. Debes consultar con la Agencia Tributaria sobre la clasificación correcta si deseas comercializar estos productos.
¿Quién paga la cuota municipal y quién la cuota nacional de las máquinas automáticas?▼
La cuota municipal la paga exclusivamente el titular del establecimiento o local donde está instalada la máquina automática. La cuota nacional, en cambio, la paga exclusivamente el propietario de los aparatos automáticos. Esta división es importante porque puede haber casos en los que el propietario de la máquina no sea el mismo que el titular del local donde se ubica.
¿Qué productos puedo vender mediante máquinas automáticas con este código?▼
Puedes vender artículos diversos como chicles, encendedores, juguetes pequeños, accesorios, dulces (no alimenticios), revistas, discos, CDs y otros productos similares de bajo valor. Están expresamente excluidos los productos alimenticios, bebidas y tabaco, que tienen códigos IAE específicos. Si tienes dudas sobre si un producto específico puede venderse bajo este código, consulta con la Agencia Tributaria.
¿Necesito licencia municipal para instalar máquinas automáticas?▼
Sí, es obligatorio obtener la licencia de actividad municipal en el ayuntamiento donde se ubicará cada máquina automática. Esta licencia debe solicitarse antes de instalar la máquina y es un requisito previo para poder ejercer la actividad. Sin esta licencia, puedes incurrir en infracciones administrativas y sanciones económicas.
¿Soy elegible para el Régimen de Estimación Objetiva (módulos) si tengo máquinas automáticas?▼
No, el código IAE 664.9 no es elegible para el Régimen de Estimación Objetiva (módulos) en el IRPF. Esto significa que si eres autónomo con máquinas automáticas, debes tributar obligatoriamente por el régimen de estimación directa, manteniendo registros contables completos de ingresos y gastos. Esta es una característica específica de esta actividad que debes tener en cuenta en tu planificación fiscal.