IAE 614.2: Comercio Mayorista Perfumería
El IAE 614.2 es el epígrafe de actividad económica que identifica el comercio mayorista de productos de perfumería y droguería.

IAE 614.2: Comercio Mayorista de Productos de Perfumería y Droguería
¿Qué es el IAE 614.2?
El IAE 614.2 es el epígrafe de actividad económica que identifica el comercio mayorista de productos de perfumería y droguería. Se trata de una actividad clasificada dentro de la sección de comercio al por mayor, específicamente dedicada a la compraventa de perfumes, cosméticos, productos de higiene personal, belleza, droguería, pinturas, barnices y productos químicos afines. En 2026, este código sigue siendo fundamental para miles de distribuidoras y mayoristas españoles que operan en el sector de la belleza, limpieza e higiene.
Esta actividad comprende el comercio al por mayor (sin transformación del producto) de:
1. Perfumería y cosméticos: perfumes, colonias, desodorantes, maquillaje, cremas faciales, tratamientos capilares2. Productos de droguería: detergentes, desinfectantes, productos de limpieza industrial y doméstica3. Higiene y belleza: jabones, geles, champús, productos de peluquería4. Productos químicos: pinturas, barnices, lacas, masillas, productos para piscinas5. Productos de conservación: desinfectantes, conservantes e higienizantes
El código CNAE asociado es 46.45, que agrupa las actividades de comercio al por mayor de perfumería y droguería en la clasificación nacional de actividades económicas.
¿Para quién está pensado el IAE 614.2?
El IAE 614.2 es obligatorio para:
- Distribuidoras mayoristas de perfumería y cosméticos
- Autónomos que se dediquen al comercio al por mayor de droguería
- Pequeñas y medianas empresas (PYMES) del sector de belleza e higiene
- Importadores de productos de perfumería y droguería
- Empresarios individuales que realicen actividades de compraventa al por mayor
- Sociedades mercantiles (S.L., S.A.) dedicadas a este sector
La inscripción en el IAE es obligatoria cuando tu facturación anual supera los 3.600 euros. Si eres autónomo o pequeño empresario en este sector, debes solicitar el alta en el IAE a través de la Administración Tributaria antes de iniciar tu actividad comercial.
Para obtener más información sobre cómo darte de alta, consulta nuestra guía completa sobre alta en IAE o descubre todos los epígrafes disponibles en el IAE.
Obligaciones Fiscales con el IAE 614.2 en 2026
Como titular del IAE 614.2, tienes varias obligaciones fiscales que debes cumplir en 2026:
Declaraciones Tributarias
- IVA trimestral: Debes presentar la declaración del Impuesto sobre el Valor Añadido cada trimestre, incluso si no tienes operaciones
- Renta anual: Presentación del Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas (IRPF) si eres autónomo, o Impuesto sobre Sociedades (IS) si eres empresa
- Declaración de operaciones intracomunitarias: Si comercializas con otros países de la UE
Contabilidad y Registros
- Libro de ventas: Registro detallado de todas tus operaciones de compraventa
- Libro de compras: Control de proveedores y mercancías adquiridas
- Facturación electrónica: Obligatoria desde 2026 para todas las operaciones B2B
- Retenciones: Si aplica, debes gestionar retenciones en operaciones específicas
Renovación Anual
Debes renovar obligatoriamente el IAE antes del 31 de diciembre de cada año. En 2026, la renovación se realiza a través del modelo 036 o 037 en la Agencia Tributaria.
Normativa de Productos
Además de obligaciones fiscales, debes cumplir con:
- Etiquetado correcto de productos químicos según normativa europea (CLP)
- Fichas de datos de seguridad (FDS) para productos químicos peligrosos
- Almacenamiento seguro de productos según su clasificación de peligrosidad
- Cumplimiento ambiental si almacenas grandes volúmenes de productos químicos
Régimen de Estimación Objetiva (Módulos IRPF)
El IAE 614.2 puede acogerse al régimen de módulos IRPF, también conocido como estimación objetiva. Este régimen simplifica significativamente tu declaración de la renta, ya que la Administración Tributaria establece unos índices de rendimiento basados en:
- Metros cuadrados de local comercial
- Personal empleado
- Potencia eléctrica contratada
- Existencias medias
Este sistema es especialmente ventajoso si tu facturación no supera ciertos límites establecidos anualmente. Para conocer si puedes aplicar este régimen en 2026 y cuál sería tu cuota estimada, te recomendamos usar una calculadora de módulos IRPF que te proporcionará una estimación personalizada.
Relación con el CNAE 46.45
El código CNAE 46.45 corresponde exactamente a la actividad de "Comercio al por mayor de perfumería y droguería". Aunque el IAE (Impuesto sobre Actividades Económicas) y el CNAE (Clasificación Nacional de Actividades Económicas) son sistemas diferentes, en este caso están completamente alineados. El CNAE se utiliza para fines estadísticos y de clasificación nacional, mientras que el IAE es una obligación fiscal.
Si necesitas convertir entre códigos IAE y CNAE o viceversa, usa nuestro conversor IAE-CNAE gratuito para asegurar que tienes la clasificación correcta.
Ejemplos Prácticos de Actividades Permitidas
Según las consultas vinculantes de la Dirección General de Tributos, bajo el IAE 614.2 se pueden realizar actividades como:
1. Comercio mayorista de papel higiénico y productos de limpieza en formatos de autoservicio
2. Distribución de productos de peluquería a salones y centros de belleza
3. Comercialización de productos químicos para piscinas (cloro, pH, desinfectantes)
4. Venta mayorista de masillas, plásticos y enlucidos sin transformación
5. Distribución de pinturas, barnices y reparadores de madera a profesionales
Certificado IAE y Documentación
Tras tu alta en el IAE 614.2, recibirás un certificado de inscripción que debes conservar. Este documento acredita tu condición de titular del epígrafe y es necesario para:
- Abrir una cuenta bancaria comercial
- Obtener licencias municipales
- Solicitar créditos o financiación
- Realizar operaciones B2B con otros mayoristas
Puedes consultar toda la información sobre el certificado IAE en nuestro portal especializado.
Preguntas Frecuentes
¿Qué es el IAE 614.2 y quién debe darse de alta?
El IAE 614.2 corresponde al comercio mayorista de productos de perfumería y droguería. Deben darse de alta todos los empresarios y autónomos que realicen actividades de compraventa al por mayor de perfumes, cosméticos, productos de higiene, belleza, droguería, pinturas, barnices y productos químicos similares. La inscripción es obligatoria en la Administración Tributaria si facturan más de 3.600 euros anuales.
¿Cuál es la diferencia entre IAE 614.2 y otros códigos de comercio mayorista?
El IAE 614.2 es específico para perfumería y droguería, mientras que otros códigos (como 614.1 para textiles o 614.3 para alimentación) cubren sectores diferentes. La diferencia radica en los productos comercializados: 614.2 incluye cosméticos, perfumes, productos de limpieza e higiene, pinturas y barnices, mientras que otros epígrafes se dedican a mercancías distintas.
¿Qué obligaciones fiscales tengo con el IAE 614.2 en 2026?
Como titular del IAE 614.2 en 2026, debes: presentar la declaración trimestral del IVA, mantener un registro de facturas de compras y ventas, declarar la renta anual (Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas si eres autónomo), llevar libros contables si superas ciertos umbrales de facturación, y renovar anualmente el IAE antes del 31 de diciembre. Además, debes cumplir con las obligaciones de etiquetado y seguridad de productos químicos.
¿Puedo aplicar el régimen de módulos IRPF con el código 614.2?
Sí, el comercio mayorista de perfumería y droguería (IAE 614.2) puede acogerse al régimen de estimación objetiva (módulos IRPF) si cumple los requisitos de facturación máxima establecidos por la Administración Tributaria. Este régimen simplifica la declaración de la renta utilizando índices de rendimiento. Te recomendamos usar una calculadora de módulos IRPF para conocer tu situación específica.
¿Qué productos puedo comercializar bajo el IAE 614.2?
Bajo el IAE 614.2 puedes comercializar: productos de perfumería (perfumes, colonias, desodorantes), cosméticos (maquillaje, cremas, tratamientos faciales), droguería (productos de limpieza, desinfectantes), higiene personal (champús, geles, jabones), belleza (tratamientos capilares, productos de peluquería), pinturas, barnices, lacas, masillas, productos químicos para piscinas y otros productos de conservación e higiene afines.
¿Necesito licencia ambiental o de actividad para el 614.2?
Dependiendo de la naturaleza específica de tu actividad y la cantidad de productos químicos que almacenes, puede ser necesaria una licencia de actividad municipal. Si comercializas productos químicos peligrosos en grandes volúmenes, podrías estar sujeto a la normativa de protección ambiental. Consulta con tu ayuntamiento y directorio de gestorías para verificar los requisitos específicos de tu localidad.
Conclusión
El IAE 614.2 es el código fundamental para cualquier negocio de comercio mayorista de perfumería y droguería en España. En 2026, mantener tu inscripción actualizada y cumplir con las obligaciones fiscales es esencial para operar legalmente. Recuerda que puedes consultar la guía completa del IAE para ampliar tu conocimiento sobre todos los aspectos de esta actividad económica.
Si tienes dudas sobre tu clasificación o necesitas verificar si tu actividad corresponde realmente al código 614.2, usa nuestro conversor IAE-CNAE gratuito para obtener una respuesta inmediata y precisa.
Preguntas Frecuentes (FAQ)
¿Qué es el IAE 614.2 y quién debe darse de alta?
El IAE 614.2 corresponde al comercio mayorista de productos de perfumería y droguería. Deben darse de alta todos los empresarios y autónomos que realicen actividades de compraventa al por mayor de perfumes, cosméticos, productos de higiene, belleza, droguería, pinturas, barnices y productos químicos similares. La inscripción es obligatoria en la Administración Tributaria si facturan más de 3.600 euros anuales.
¿Cuál es la diferencia entre IAE 614.2 y otros códigos de comercio mayorista?
El IAE 614.2 es específico para perfumería y droguería, mientras que otros códigos (como 614.1 para textiles o 614.3 para alimentación) cubren sectores diferentes. La diferencia radica en los productos comercializados: 614.2 incluye cosméticos, perfumes, productos de limpieza e higiene, pinturas y barnices, mientras que otros epígrafes se dedican a mercancías distintas.
¿Qué obligaciones fiscales tengo con el IAE 614.2 en 2026?
Como titular del IAE 614.2 en 2026, debes: presentar la declaración trimestral del IVA, mantener un registro de facturas de compras y ventas, declarar la renta anual (Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas si eres autónomo), llevar libros contables si superas ciertos umbrales de facturación, y renovar anualmente el IAE antes del 31 de diciembre. Además, debes cumplir con las obligaciones de etiquetado y seguridad de productos químicos.
¿Puedo aplicar el régimen de módulos IRPF con el código 614.2?
Sí, el comercio mayorista de perfumería y droguería (IAE 614.2) puede acogerse al régimen de estimación objetiva (módulos IRPF) si cumple los requisitos de facturación máxima establecidos por la Administración Tributaria. Este régimen simplifica la declaración de la renta utilizando índices de rendimiento. Te recomendamos usar una calculadora de módulos IRPF para conocer tu situación específica.
¿Qué productos puedo comercializar bajo el IAE 614.2?
Bajo el IAE 614.2 puedes comercializar: productos de perfumería (perfumes, colonias, desodorantes), cosméticos (maquillaje, cremas, tratamientos faciales), droguería (productos de limpieza, desinfectantes), higiene personal (champús, geles, jabones), belleza (tratamientos capilares, productos de peluquería), pinturas, barnices, lacas, masillas, productos químicos para piscinas y otros productos de conservación e higiene afines.
¿Necesito licencia ambiental o de actividad para el 614.2?
Dependiendo de la naturaleza específica de tu actividad y la cantidad de productos químicos que almacenes, puede ser necesaria una licencia de actividad municipal. Si comercializas productos químicos peligrosos en grandes volúmenes, podrías estar sujeto a la normativa de protección ambiental. Consulta con tu ayuntamiento y gestora para verificar los requisitos específicos de tu localidad.
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Fuentes: BOE, AEAT, INE, Seguridad Social

Brian Mena
Creador del Conversor IAE CNAE, Ingeniero, MiFID II, emprendedor.
Especialista en códigos de actividad económica IAE y CNAE 2025, con amplia experiencia ayudando a autónomos y empresas españolas a identificar sus epígrafes correctos. Creador del Conversor IAE-CNAE, herramienta líder para la clasificación de actividades económicas en España.


