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Plazo actualización CNAE 2025: todo lo que debes saber antes del 30 de junio de 2026

El Real Decreto 10/2025 obliga a actualizar tu código CNAE 2009 al CNAE 2025. La TGSS ya cerró su plazo y los registros de la AEAT deben adaptarse antes del 1 de enero de 2027. Te explicamos los pasos, las consecuencias y las herramientas gratuitas disponibles.

Brian Mena
9 min de lectura

Si tienes un código CNAE 2009 en tus datos fiscales, tienes fecha límite para actualizarlo. El Real Decreto 10/2025 (BOE-A-2025-587), publicado el 15 de enero de 2025, estableció la nueva Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2025) y fijó plazos concretos para que todos los registros administrativos se adapten a la nueva clasificación.

No actuar tiene consecuencias reales: desde problemas para acceder a subvenciones hasta incompatibilidades en trámites con Hacienda y la Seguridad Social. En este artículo te explicamos todo lo que necesitas saber: los plazos existentes, a quién afecta, cómo hacer el cambio paso a paso y qué riesgos corres si no lo haces.

Los plazos oficiales: TGSS y registros públicos

El RD 10/2025 establece dos plazos de transición claramente diferenciados. Es fundamental no confundirlos:

Plazo de la Seguridad Social (TGSS): 30 de junio de 2025 — ya cerrado

El artículo 6 del RD 10/2025 estableció que entre el 1 de marzo y el 30 de junio de 2025, todos los sujetos dados de alta debían comunicar su nuevo código CNAE 2025 a la Tesorería General de la Seguridad Social.

La buena noticia es que para los códigos con correspondencia 1:1 (425 de los 630 códigos clase del CNAE 2009), la TGSS realizó la asignación automática. Solo fue necesaria la comunicación manual cuando existían múltiples correspondencias posibles.

Si no completaste esta actualización a tiempo, la TGSS aplica el tipo máximo de cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales (AT/EP) entre todas las opciones posibles de tu código, lo que puede suponer un sobrecoste mensual significativo hasta que regularices.

Plazo para registros públicos: antes del 1 de enero de 2027

El artículo 6 del RD 10/2025 también establece que el resto de registros de las Administraciones Públicas del Estado deberán incorporar el uso de la CNAE 2025 antes del 1 de enero de 2027. Esto incluye los registros de la AEAT (censo de empresarios, profesionales y retenedores).

Para comunicar el cambio en la AEAT, debes presentar el modelo 036 (declaración censal). Es importante saber que el antiguo modelo 037 (declaración censal simplificada) fue suprimido por la Orden HAC/1526/2024, de 11 de diciembre, que entró en vigor el 3 de febrero de 2025. Ahora todas las declaraciones censales se realizan a través del modelo 036, cuyas herramientas de asistencia han sido mejoradas para ofrecer la misma simplicidad que antes ofrecía el 037.

Importante: No esperes al último momento. La recomendación es actualizar tu código CNAE en la AEAT lo antes posible para evitar inconsistencias en tus declaraciones fiscales y problemas con subvenciones que exigen CNAE 2025 válido.

¿A quién afecta la actualización obligatoria?

La actualización afecta a todos los contribuyentes que figuren en registros públicos con un código CNAE 2009. Se estima que más de 4 millones de autónomos y empresas en España están potencialmente afectados.

Obligados a actualizar

  • Autónomos dados de alta con un código CNAE 2009 en el censo de empresarios de la AEAT y/o en la TGSS.
  • Sociedades y empresas (SL, SA, cooperativas) inscritas con clasificación CNAE 2009.
  • Profesionales con actividades económicas clasificadas bajo el sistema antiguo.
  • Entidades sin ánimo de lucro que declaren actividades económicas.

No necesitan actualizar

  • Quienes se dieron de alta a partir del 1 de enero de 2026 (ya tienen CNAE 2025 automáticamente).
  • Quienes ya completaron la actualización ante la AEAT y la TGSS.
  • Autónomos cuyo código CNAE 2009 tenía correspondencia 1:1 y la TGSS ya asignó automáticamente el nuevo código.
  • Personas físicas sin actividad económica declarada.

Si no actualizaste en la Seguridad Social: qué hacer ahora

Aunque el plazo oficial de la TGSS venció el 30 de junio de 2025, puedes regularizar tu situación accediendo a IMPORTASS, el portal de la Seguridad Social para autónomos y empresas.

Las consecuencias de no haber actualizado incluyen:

  • Cotización por AT/EP al tipo máximo: la TGSS aplica automáticamente la tarifa más alta entre todas las posibles correspondencias de tu código CNAE 2009.
  • Posibles recargos: si la TGSS detecta inconsistencia en una revisión, podría exigir regularización retroactiva de hasta 4 años con recargos.
  • Problemas con prestaciones: las prestaciones vinculadas a tu actividad económica (IT, AT/EP) pueden verse afectadas si tu código no coincide con la actividad real.

El proceso en IMPORTASS es sencillo: accede con Cl@ve o certificado digital, ve a «Comunicar código actividad CNAE25» y selecciona tu nuevo código. No requiere documentación adicional ni espera de validación.

Cómo actualizar tu CNAE en la AEAT (modelo 036)

El proceso completo se puede realizar en menos de 15 minutos si tienes preparada la información necesaria:

Paso 1: Encuentra tu nuevo código CNAE 2025

Usa el verificador de equivalencia CNAE para introducir tu código CNAE 2009 y obtener al instante el equivalente CNAE 2025. El verificador incluye las 1.010 correspondencias oficiales del INE.

Si tu código tiene varias equivalencias posibles (por ejemplo, el CNAE 2009 4791 «Comercio al por menor por Internet» se divide en 32 códigos CNAE 2025), el verificador te muestra todas las opciones con su descripción para que elijas la más adecuada.

Paso 2: Accede a la Sede Electrónica de la AEAT

Ve a sede.agenciatributaria.gob.es e identifícate con certificado digital, DNI electrónico, Cl@ve PIN o Cl@ve Permanente.

Paso 3: Presenta el modelo 036

Busca el apartado «Censos, NIF y domicilio fiscal» y selecciona «Modelo 036 - Declaración censal». Indica «Modificación» como causa de presentación.

En el apartado de actividades económicas, da de baja tu código CNAE 2009 y da de alta el nuevo CNAE 2025. Si tienes varias actividades declaradas, actualiza cada una.

Paso 4: Firma y guarda el justificante

Revisa los datos, firma electrónicamente y descarga el justificante con CSV (Código Seguro de Verificación). Es tu prueba de cumplimiento.

Consecuencias de no actualizar el CNAE

Las consecuencias se acumulan en varios frentes:

Consecuencias fiscales

  • Sanción por infracción censal: el artículo 202 de la Ley General Tributaria (Ley 58/2003) contempla una sanción de 150 € por incumplimiento de obligaciones censales.
  • Incompatibilidad con trámites fiscales: al presentar declaraciones (IVA, IRPF, Impuesto de Sociedades), el sistema puede generar alertas o rechazos si tu CNAE no está actualizado.

Consecuencias en Seguridad Social

  • Cotización AT/EP al tipo máximo: efecto automático desde el 1 de enero de 2026 para quien no actualizó en la TGSS.
  • Regularización retroactiva: la TGSS puede reclamar diferencias de cotización de hasta 4 años con recargos.
  • Denegación de cobertura por accidente laboral: si tu CNAE no coincide con tu actividad real, la mutua puede rechazar la cobertura.

Consecuencias económicas y de acceso a ayudas

  • Pérdida de subvenciones: programas como Kit Digital (hasta 29.000 €), fondos Next Generation EU (hasta 100.000 €) y ayudas autonómicas verifican automáticamente el CNAE. Un código obsoleto significa rechazo automático de la solicitud.
  • Dificultades bancarias: las entidades financieras consultan el CNAE para evaluar riesgos. Un código obsoleto puede generar rechazos de financiación.
  • Exclusión de licitaciones públicas: las administraciones verifican el CNAE en procesos de contratación pública.
  • Pérdida de deducciones fiscales: las deducciones por I+D+i (25-42%), amortización acelerada y otros beneficios fiscales sectoriales pueden quedar excluidas si el CNAE declarado no coincide con la actividad.

Las correspondencias más buscadas

Estos son los códigos CNAE 2009 que más consultas generan en nuestra herramienta de correspondencia:

  • CNAE 2009 4110 (Promoción Inmobiliaria) → CNAE 2025 4110. Equivalencia directa 1:1.
  • CNAE 2009 5610 (Restaurantes) → Se divide en 2 códigos CNAE 2025 según el tipo de restaurante.
  • CNAE 2009 6820 (Alquiler Inmobiliario) → Se divide en 2 códigos CNAE 2025 según el tipo de inmueble.
  • CNAE 2009 4791 (Comercio por Internet) → Se divide en 32 códigos CNAE 2025 según el tipo de producto vendido online.
  • CNAE 2009 8299 (Servicios Apoyo Empresarial) → Se divide en 24 códigos CNAE 2025.

Para los códigos con múltiples equivalencias, consulta las guías de migración por sector donde explicamos los criterios de selección para cada caso.

Herramientas gratuitas para la actualización

Preguntas frecuentes

¿Puedo seguir usando el modelo 037?

No. El modelo 037 fue suprimido por la Orden HAC/1526/2024 desde el 3 de febrero de 2025. Ahora todas las declaraciones censales se realizan a través del modelo 036, que ha sido simplificado con nuevas herramientas de asistencia.

¿Qué pasa si mi código CNAE 2009 tiene varias equivalencias?

Debes elegir el código CNAE 2025 que mejor describa tu actividad principal. 425 de los 630 códigos clase del CNAE 2009 tienen correspondencia directa 1:1. Los restantes 205 se dividen en múltiples opciones. Consulta el verificador para ver todas las opciones disponibles.

¿Tengo que hacer algo si me di de alta después del 1 de enero de 2026?

No. A partir del 1 de enero de 2026, todos los nuevos registros ya utilizan exclusivamente códigos CNAE 2025.

¿Mi gestor puede hacer este trámite por mí?

Sí. Tu asesor fiscal o gestoría puede presentar el modelo 036 en tu nombre con autorización para representarte ante la AEAT. Si eres gestor, consulta nuestra guía para gestorías.

¿El cambio de CNAE afecta a mi epígrafe del IAE?

No directamente. El IAE tiene su propia clasificación de epígrafes que no cambia con el CNAE 2025. Sin embargo, conviene verificar la coherencia entre ambos. Puedes usar nuestro conversor IAE ↔ CNAE para comprobarlo.

¿La actualización del CNAE afecta a mi declaración de IVA o IRPF?

No directamente. El CNAE es una clasificación estadística, no un régimen fiscal. Tu tipo de IVA, tus obligaciones de retención y tu régimen de IRPF no cambian por actualizar el código CNAE.

Calendario recomendado de actuación

  • Ahora: Identifica tu código CNAE 2009 actual y busca su equivalencia con el verificador.
  • Esta semana: Si no actualizaste en la TGSS, hazlo ya en IMPORTASS. Dejarás de pagar la cotización AT/EP al tipo máximo.
  • Próximas semanas: Presenta el modelo 036 en la Sede Electrónica de la AEAT. No esperes a la fecha límite.
  • Después: Verifica que el cambio se ha procesado correctamente solicitando un certificado de situación censal.

Conclusión

La actualización del CNAE 2009 al CNAE 2025 no es opcional: es una obligación legal establecida por el Real Decreto 10/2025. Las consecuencias de no actuar van desde la sanción de 150 € por infracción censal hasta la pérdida de subvenciones de hasta 100.000 € y la cotización al tipo máximo en la Seguridad Social.

El proceso es sencillo y se completa en minutos. Usa nuestras herramientas gratuitas para encontrar tu equivalencia, sigue los pasos del modelo 036, y guarda tu justificante.

Fuentes oficiales

Fuentes: AEAT (aeat.es), TGSS, BOE, INE (ine.es), www.conversoriaecnae.es

Brian Mena

Brian Mena

Creador del Conversor IAE CNAE, Ingeniero, MiFID II, emprendedor.

Especialista en códigos de actividad económica IAE y CNAE 2025, con amplia experiencia ayudando a autónomos y empresas españolas a identificar sus epígrafes correctos. Creador del Conversor IAE-CNAE, herramienta líder para la clasificación de actividades económicas en España.

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