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CNAE 64.21Trámites de alta

Alta CNAE 64.21: Actividades de sociedades holding

Te recomendamos encarecidamente que contrates los servicios de una gestoría especializada en asesoramiento fiscal y mercantil para sociedades holding. Un gestor experto te ayudará a cumplimentar correctamente el modelo 036, a estructurar adecuadamente tu sociedad holding desde el punto de vista fiscal, a optimizar tu régimen de IVA y a cumplir con todas tus obligaciones tributarias periódicas, incluyendo la presentación de la declaración anual del Impuesto sobre Sociedades y las declaraciones informativas de participaciones. Esto te permitirá evitar sanciones y aprovechar al máximo los beneficios fiscales que ofrece la estructura de holding.

Pasos para darse de alta

1

Obtén tu NIF o CIF

Si aún no dispones de Número de Identificación Fiscal, debes solicitarlo en la Delegación de la AEAT correspondiente a tu domicilio. Para sociedades limitadas o anónimas, necesitarás solicitar el CIF (Código de Identificación Fiscal) en la misma Delegación. Este documento es imprescindible para cualquier tramitación fiscal y será tu identificador único ante la administración tributaria.

2

Prepara la documentación necesaria

Reúne toda la documentación requerida incluyendo copia del CIF, estatutos sociales de tu holding, documento de identidad del representante legal, justificante de domicilio actualizado y, si aplica, documentación que acredite la participación dominante en las filiales. Es fundamental que toda la documentación esté actualizada y sea legible para evitar rechazos o retrasos en el trámite.

3

Presenta el modelo 036 o 037 en la AEAT

Debes presentar la declaración censal utilizando el modelo 036 (formulario general) ya que las actividades de holding no cumplen los requisitos para usar el modelo 037 simplificado. Puedes presentarlo de forma presencial en la Delegación de la AEAT de tu provincia, por correo certificado o a través de la Sede Electrónica de la AEAT utilizando certificado digital o Cl@ve. En el modelo 036 deberás indicar el código CNAE 64.21 y el epígrafe IAE correspondiente a actividades de sociedades holding.

4

Solicita alta en el Régimen de IVA correspondiente

En el mismo modelo 036, deberás indicar si te acoge al régimen general de IVA o si solicitas alguna exención. Como sociedad holding dedicada únicamente a la tenencia de participaciones, es probable que tengas derecho a exención de IVA en tus operaciones de gestión de participaciones. Asegúrate de marcar correctamente el régimen que te corresponde según tu situación específica y la normativa vigente.

5

Solicita alta en el Régimen de IRPF o Impuesto sobre Sociedades

Las sociedades holding están sujetas al Impuesto sobre Sociedades. Deberás indicar en el modelo 036 que te das de alta en este régimen y que tienes obligación de presentar declaración anual del Impuesto sobre Sociedades (modelo 200). Si eres una persona física, deberás indicar que tienes obligación de presentar IRPF si obtienes rentas de la actividad. Esto determinará tu calendario fiscal y tus obligaciones de presentación de declaraciones periódicas.

6

Recibe confirmación de alta y conserva la documentación

Una vez presentado el modelo 036, la AEAT te enviará una confirmación de alta con tu número de referencia y el resguardo de presentación. Conserva este documento junto con copia de toda la documentación presentada durante un mínimo de cuatro años, ya que la administración tributaria puede requerirla en cualquier momento para verificar la exactitud de los datos declarados.

Documentos necesarios para el alta con CNAE 64.21

CIF (Código de Identificación Fiscal) Solicítalo en la Delegación de la AEAT de tu provincia o a través de la Sede Electrónica de la AEAT. Si ya lo tienes, necesitarás una copia certificada o fotocopia compulsada. Para obtenerlo, debes presentar los estatutos sociales de tu sociedad y documento de identidad del representante legal.
Estatutos sociales de la sociedad holding Obtén copia certificada del Registro Mercantil Central o del Registro Mercantil de tu provincia. Estos estatutos deben reflejar claramente que la actividad principal es la tenencia de participaciones en otras sociedades. Si aún no está inscrita, deberás presentar los estatutos originales o copia compulsada ante notario.
Documento de identidad del representante legal Copia del DNI, NIE o pasaporte de la persona que actúa como representante legal de la sociedad holding. Este documento debe estar en vigor y ser legible. Si la copia se presenta de forma telemática, debe estar debidamente autenticada mediante certificado digital o firma electrónica.
Justificante de domicilio fiscal actualizado Obtén un recibo de servicios (agua, electricidad, gas, teléfono) a nombre de la sociedad o del representante legal con antigüedad no superior a tres meses, o una declaración jurada del domicilio. También es válido un contrato de arrendamiento o documento de propiedad que acredite el domicilio donde ejercerá la actividad la sociedad holding.
Documentación acreditativa de participaciones en filiales Reúne copias de los estatutos o actas de constitución de las sociedades filiales, certificados de participación accionarial, documentos de adquisición de acciones o participaciones, y cualquier otra documentación que acredite la tenencia de una participación dominante. Esta documentación debe demostrar que la sociedad holding mantiene una participación significativa en las filiales.
Modelo 036 (Declaración censal) Descárgalo desde la Sede Electrónica de la AEAT o solicítalo en la Delegación. Debes completarlo con todos los datos de la sociedad, indicando el código CNAE 64.21, el epígrafe IAE correspondiente, el régimen de IVA aplicable y el régimen de Impuesto sobre Sociedades. Asegúrate de que todos los campos estén correctamente cumplimentados antes de presentarlo.

Plazos importantes

Debes presentar el modelo 036 en la AEAT dentro de los treinta días naturales siguientes al inicio de la actividad. Si no cumples este plazo, la administración tributaria puede imponerte sanciones económicas. Además, una vez dado de alta, tienes obligación de presentar declaración anual del Impuesto sobre Sociedades (modelo 200) antes del 25 de julio del año siguiente al del cierre del ejercicio social. Si obtienes rentas de dividendos o intereses de tus participaciones, deberás declararlas en el modelo 200 y cumplir con las obligaciones de retención y presentación de declaraciones informativas si procede.

Formularios online

Errores comunes

  • Confundir el CNAE 64.21 con otros códigos de servicios financieros: asegúrate de que tu actividad es únicamente la tenencia de participaciones dominantes en filiales sin prestar servicios de gestión o administración a las mismas, ya que eso cambiaría el CNAE correspondiente.
  • No indicar correctamente el epígrafe IAE en el modelo 036: las sociedades holding tienen un epígrafe específico en el IAE, y es fundamental que lo declares correctamente para evitar problemas con la cuota de actividad económica, aunque puedas estar exento si tu cifra de negocios es inferior a 1.000.000 euros.
  • Olvidar incluir documentación que acredite la participación dominante en las filiales: la AEAT puede rechazar tu solicitud si no demuestras claramente que posees una participación mayoritaria o controladora en las sociedades filiales, lo cual es esencial para justificar que la actividad encaja en el CNAE 64.21.
  • Presentar estatutos sociales desactualizados o no inscritos en el Registro Mercantil: debes asegurar que los estatutos reflejan claramente que la actividad es la tenencia de participaciones y que están debidamente inscritos en el registro correspondiente.
  • No distinguir entre régimen de IVA general y exención: como sociedad holding, es probable que tengas derecho a exención de IVA en tus operaciones, pero debes solicitarlo expresamente en el modelo 036 y demostrar que cumples los requisitos legales para ello.
  • Confundir la presentación del modelo 036 con otros modelos tributarios: el 036 es la declaración censal de inicio de actividad, no es la declaración anual del Impuesto sobre Sociedades (modelo 200) ni una declaración de IVA (modelo 303).

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre una sociedad holding y una sociedad de gestión?
Una sociedad holding (CNAE 64.21) se dedica exclusivamente a la tenencia de participaciones dominantes en otras sociedades filiales sin prestar ningún servicio de gestión o administración a las mismas. Una sociedad de gestión, por el contrario, además de poseer participaciones, administra, gestiona o presta servicios a las empresas filiales, lo que implica un CNAE diferente (generalmente 70.10 o similares). Es fundamental que tu sociedad no realice actividades de gestión o administración de las filiales para poder utilizar el CNAE 64.21.
¿Tengo que pagar cuota de IAE como sociedad holding?
Las sociedades holding están sujetas al IAE (Impuesto sobre Actividades Económicas), pero tienen derecho a exención si su cifra de negocios anual es inferior a 1.000.000 de euros. Si tu cifra de negocios es superior a este umbral, deberás abonar la cuota correspondiente al epígrafe de actividades de sociedades holding. En cualquier caso, debes declarar tu actividad en el modelo 036 indicando el epígrafe IAE que te corresponde.
¿Estoy exento de IVA como sociedad holding?
Las operaciones de tenencia y gestión de participaciones en otras sociedades están exentas de IVA según la normativa vigente. Sin embargo, debes solicitar expresamente esta exención en el modelo 036 y cumplir con los requisitos legales para ello. Si realizas alguna operación adicional que no sea la tenencia de participaciones (como préstamos a filiales o servicios de asesoramiento), esa parte podría estar sujeta a IVA. Consulta con tu asesor fiscal para asegurar que declares correctamente tu régimen de IVA.
¿Cuál es el plazo para presentar la declaración anual del Impuesto sobre Sociedades?
Debes presentar la declaración anual del Impuesto sobre Sociedades (modelo 200) antes del 25 de julio del año siguiente al del cierre del ejercicio social. Por ejemplo, si tu ejercicio social es el año natural (del 1 de enero al 31 de diciembre), debes presentar la declaración del ejercicio 2023 antes del 25 de julio de 2024. Si no cumples este plazo, la administración tributaria puede imponerte sanciones económicas por presentación fuera de plazo.
¿Necesito un certificado digital para presentar el modelo 036 telemáticamente?
Para presentar el modelo 036 a través de la Sede Electrónica de la AEAT, puedes utilizar certificado digital (certificado de persona jurídica o representante) o el sistema Cl@ve. Si no dispones de certificado digital, puedes obtenerlo en la FNMT (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre) o utilizar Cl@ve, que es más sencillo y no requiere certificado. También tienes la opción de presentar el modelo 036 de forma presencial en la Delegación de la AEAT de tu provincia o por correo certificado.

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