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Modelo 123 2026: Guía completa de retenciones por dividendos e intereses

Guía práctica del Modelo 123 para 2026: quién debe presentarlo, plazos, cómo rellenarlo paso a paso, errores frecuentes y relación con IAE y CNAE en retenciones por dividendos e intereses.

Brian Mena
8 min de lectura

Guía Modelo 123 2026: Retenciones de Capital Mobiliario

Si tu empresa ha decidido repartir dividendos a sus socios, o si has pagado intereses por un préstamo que alguien te ha concedido para tu negocio, tienes una cita trimestral con el Modelo 123. Este formulario es el instrumento para ingresar en Hacienda las retenciones que estás obligado a aplicar sobre esos pagos. En esta guía para 2026, te explicamos paso a paso quién debe presentarlo y cómo hacerlo sin errores.

¿Qué es el Modelo 123?

El Modelo 123 es la declaración trimestral (o mensual para grandes empresas) de las retenciones e ingresos a cuenta del IRPF, el Impuesto sobre Sociedades y el Impuesto sobre la Renta de no Residentes (con establecimiento permanente) relativas a determinados rendimientos del capital mobiliario.

En términos sencillos: cuando pagas intereses o dividendos, la ley te obliga a "quedarte" con una parte de ese dinero (normalmente el 19%) y entregárselo a Hacienda en nombre de quien recibe el pago. El Modelo 123 es donde liquidas ese dinero retenido.

¿Quién debe presentar el Modelo 123?

Están obligados a presentar el Modelo 123 todas las personas físicas (autónomos), jurídicas (sociedades) y demás entidades que paguen rentas del capital mobiliario sujetas a retención.

Conceptos más comunes sujetos a este modelo:

  • Dividendos: Pagos de beneficios de una sociedad a sus socios.
  • Intereses de préstamos: Cuando un particular o una empresa (que no sea un banco) te presta dinero y tú le pagas intereses.
  • Intereses de obligaciones y bonos: Emisiones de deuda privada.
  • Rendimientos por propiedad intelectual/industrial: Cuando el perceptor no realiza una actividad profesional con ellos (en cuyo caso iría al Modelo 111).

¿Quién NO debe presentarlo?

Aquellos que no hayan realizado ningún pago de este tipo en el periodo. A diferencia del IVA, si no hay retenciones que ingresar, no es necesario presentar el modelo con resultado cero.

Plazos de presentación del Modelo 123 (2026)

Sigue el calendario estándar de retenciones periódicas:

  1. Primer Trimestre (1T): Del 1 al 20 de abril de 2026.
  2. Segundo Trimestre (2T): Del 1 al 20 de julio de 2026.
  3. Tercer Trimestre (3T): Del 1 al 20 de octubre de 2026.
  4. Cuarto Trimestre (4T): Del 1 al 20 de enero de 2027.

Recuerda que para domiciliar el pago, el plazo termina el día 15 de los meses citados.

Cómo rellenar el Modelo 123 paso a paso

El formulario es corto pero requiere precisión en los cálculos.

Identificación y Devengo

Introduce el NIF de tu entidad, el año (2026) y el trimestre correspondiente.

Liquidación (Datos económicos)

  • Casilla 01 (Número de perceptores): Cuántas personas o entidades han recibido los pagos.
  • Casilla 02 (Base de las retenciones): El importe total bruto de los intereses o dividendos pagados.
  • Casilla 03 (Retenciones e ingresos a cuenta): El importe retenido. En 2026, el tipo general sigue siendo del 19%.

Casillas de periodos anteriores y resultado

  • Casilla 05: Resultados de declaraciones anteriores por el mismo concepto y periodo (solo si es una declaración complementaria).
  • Casilla 06: Resultado final de la declaración.

Presentación telemática

La presentación es obligatoriamente telemática para sociedades y muy recomendable para autónomos, a través de la web de la AEAT con Certificado Digital o Cl@ve PIN.

Errores comunes al presentar el Modelo 123

  1. Confundir intereses bancarios con privados: Por los intereses que te cobra el banco no tienes que retener nada (el banco ya se encarga). El 123 es para préstamos "entre tú y yo" o entre empresas.
  2. Olvidar el resumen anual (Modelo 193): Todo lo que declares en los cuatro Modelos 123 del año debe estar resumido y detallado por perceptores en el Modelo 193 que se presenta en enero.
  3. Aplicar un tipo de retención incorrecto: Aunque el general es el 19%, existen casos específicos o convenios internacionales (si el perceptor es no residente con EP) que podrían variar el porcentaje.
  4. No retener en préstamos de socios: Es un error clásico en las PYMEs. Si el socio presta dinero a su propia empresa, la empresa debe retener el 19% de los intereses pagados al socio e ingresarlos en el 123.
  5. Informar en el Modelo 111: Los dividendos e intereses nunca van en el 111 (que es para nóminas y profesionales); van siempre en el 123.

Relación del Modelo 123 con el IAE y CNAE

El Modelo 123 está muy vinculado a la gestión financiera de la actividad económica (IAE). Mientras que el IAE define qué haces para ganar dinero, el Modelo 123 refleja cómo retribuyes el capital que ha financiado esa actividad.

El código CNAE puede dar pistas a Hacienda sobre la coherencia de estos pagos. Por ejemplo, una empresa dedicada a la "Gestión de fondos" (CNAE específico) tendrá un volumen de Modelos 123 mucho más alto y frecuente que una panadería. Hacienda cruza estos datos para detectar posibles repartos de dividendos encubiertos o préstamos ficticios que busquen reducir la base imponible del Impuesto sobre Sociedades.

Puedes verificar las obligaciones financieras de tu sector en nuestro Conversor IAE CNAE.

Preguntas frecuentes sobre el Modelo 123

¿Qué pasa si el préstamo no tiene intereses?

Si el préstamo es gratuito (interés 0%), no hay base sobre la que retener y no se presenta el Modelo 123. Sin embargo, Hacienda suele presumir que los préstamos entre partes vinculadas (socio-sociedad) son retribuidos al valor de mercado, por lo que hay que tener mucho cuidado con los préstamos a tipo cero.

¿Se declaran los dividendos en especie?

Sí. Si la empresa reparte beneficios entregando bienes (ej. un coche o acciones), se debe calcular el ingreso a cuenta sobre el valor de mercado del bien y declararlo en el Modelo 123.

¿Cómo afecta el Bizum si lo uso para pagar intereses?

Si usas Bizum profesional para pagar intereses de un préstamo vinculado a tu actividad, la obligación es la misma: retener el 19% e ingresarlo mediante el Modelo 123. El medio de pago no exime de la obligación fiscal.

¿Qué es el "devengo" en el Modelo 123?

La retención debe ingresarse en el trimestre en que el rendimiento sea exigible o se pague, lo que ocurra primero. Si los intereses vencen el 31 de marzo, deben ir al 1T aunque no los pagues físicamente hasta abril.

¿Tengo que presentar el 123 si el perceptor es una empresa?

Sí. La obligación de retener sobre intereses y dividendos existe independientemente de que quien cobre sea una persona física o una sociedad jurídica.

Información Importante: Esta guía tiene fines divulgativos. La normativa tributaria sobre rendimientos del capital es extensa; te aconsejamos consultar con un gestor fiscal titulado.

Modelo 123 2026: Guía completa de retenciones por dividendos e intereses

Si tu empresa reparte dividendos a sus socios, o si has solicitado un préstamo a un particular para financiar tu negocio, hay un modelo de Hacienda que debes conocer obligatoriamente: el Modelo 123.

A menudo eclipsado por los omnipresentes modelos de IVA (303) o retenciones de nóminas (111), el Modelo 123 es fundamental para legalizar los rendimientos del capital mobiliario. No presentarlo a tiempo o ignorar la obligación de retener puede acarrear sanciones importantes. En esta guía para 2026, te explicamos cómo gestionarlo correctamente.

¿Qué es el Modelo 123 y cuándo es obligatorio presentarlo?

El Modelo 123 es la declaración de Retenciones e ingresos a cuenta del IRPF, Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes (establecimientos permanentes) sobre determinados rendimientos del capital mobiliario y otras rentas.

En términos sencillos: cuando una persona o empresa paga intereses o dividendos a otra, está obligada a "quitarle" un porcentaje a ese pago y entregárselo a Hacienda en nombre del beneficiario. Esa entrega se realiza a través del Modelo 123.

Fuentes: Contenido elaborado a partir de normativa tributaria española sobre rendimientos del capital mobiliario y obligaciones de retención para el ejercicio 2026.

Brian Mena

Brian Mena

Creador del Conversor IAE CNAE, Ingeniero, MiFID II, emprendedor.

Especialista en códigos de actividad económica IAE y CNAE 2025, con amplia experiencia ayudando a autónomos y empresas españolas a identificar sus epígrafes correctos. Creador del Conversor IAE-CNAE, herramienta líder para la clasificación de actividades económicas en España.

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