Te recomendamos encarecidamente que contrates los servicios de una gestoría especializada en entidades financieras y cuentas fiduciarias. Una gestoría experta te ayudará a cumplir correctamente con todas las obligaciones fiscales, mercantiles y contables específicas de tu actividad, garantizando que los contratos de fideicomiso estén debidamente registrados y que las rentas de la propiedad se declaren adecuadamente. Además, te asesorarán sobre la estructura fiscal más eficiente para tu entidad patrimonial y te evitarán problemas con la AEAT en futuras inspecciones.
Pasos para darse de alta
Obtén el NIF provisional
Si eres una persona jurídica (sociedad mercantil o civil), debes solicitar un NIF provisional ante la Delegación de Hacienda correspondiente o a través de la Sede Electrónica de la AEAT. Este trámite es gratuito y necesario para poder realizar la declaración censal. Presenta los estatutos sociales, acta de constitución y el formulario de solicitud de NIF. El NIF provisional te permitirá operar mientras se tramita tu alta definitiva en el Registro Mercantil.
Inscríbete en el Registro Mercantil
Como entidad que realiza actividades de cuentas fiduciarias, patrimoniales o de agencia, debes inscribirte en el Registro Mercantil Provincial correspondiente al domicilio social de tu empresa. Presenta los estatutos sociales, el acta de constitución, el poder notarial del representante legal y el comprobante del NIF provisional. Esta inscripción es obligatoria y previa al alta en Hacienda, generalmente se realiza ante el Notario que autoriza la escritura de constitución.
Presenta la declaración censal (modelo 036 o 037)
Debes presentar la declaración censal ante la AEAT en los treinta días siguientes al inicio de tu actividad. Como persona jurídica dedicada a actividades fiduciarias, deberás utilizar el modelo 036 (no el 037, que es solo para personas físicas que cumplen determinados requisitos). Incluye el epígrafe IAE correspondiente a tu actividad (consulta con la AEAT cuál es el epígrafe específico para cuentas fiduciarias o patrimoniales en tu comunidad autónoma). Puedes presentarla de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la AEAT o presencialmente en la Delegación de Hacienda.
Solicita el código de identificación fiscal definitivo
Una vez presentada la declaración censal y completada la inscripción en el Registro Mercantil, la AEAT te asignará automáticamente un NIF definitivo. Recibirás una comunicación oficial confirmando tu alta en el censo de contribuyentes. A partir de ese momento, puedes operar con tu NIF definitivo y estás obligado a cumplir con todas las obligaciones fiscales correspondientes a tu actividad, incluyendo la presentación de declaraciones periódicas si corresponde.
Registra el contrato de fideicomiso o agencia
Debes registrar ante la AEAT los contratos de fideicomiso, testamento o agencia que constituyen la base de tu actividad. Este registro es importante para demostrar la naturaleza de tu actividad y justificar los ingresos que obtengas por intereses, dividendos y rentas de la propiedad. Mantén copia de todos los contratos debidamente firmados y archivados, ya que la AEAT puede solicitarlos en caso de inspección o verificación.
Documentos necesarios para el alta con CNAE 64.32
Plazos importantes
Tienes treinta días desde el inicio de tu actividad para presentar la declaración censal modelo 036 ante la AEAT. Si no cumples este plazo, puedes ser sancionado con multas administrativas. Una vez presentada, recibirás confirmación de tu alta en el censo de contribuyentes, generalmente en un plazo de quince a treinta días. A partir de entonces, estás obligado a cumplir con las obligaciones fiscales periódicas: si realizas operaciones sujetas a IVA, deberás presentar trimestralmente el modelo 303 (Declaración-liquidación del IVA); además, debes presentar anualmente la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Jurídicas (IS) antes del 25 de abril del año siguiente al ejercicio fiscal. Como entidad patrimonial, también deberás declarar el Impuesto sobre el Patrimonio si corresponde según tu situación particular.
Formularios online
Errores comunes
- ✗Confundir el CNAE 64.32 con otras actividades financieras como gestión de carteras (CNAE 66.30) o administración de fondos de inversión. El CNAE 64.32 es específico para cuentas fiduciarias sin gestión activa, donde solo se perciben rentas de la propiedad.
- ✗Olvidar registrar los contratos de fideicomiso o agencia ante la AEAT, lo que puede causar problemas en inspecciones al no poder justificar la naturaleza y origen de los ingresos obtenidos.
- ✗Utilizar el modelo 037 en lugar del 036 para la declaración censal. El modelo 037 solo es válido para personas físicas que cumplen requisitos específicos; como sociedad mercantil, debes usar obligatoriamente el modelo 036.
- ✗No incluir el epígrafe IAE correcto en la declaración censal, lo que puede retrasar tu alta o generar problemas de clasificación fiscal posterior.
- ✗Presentar la declaración censal fuera del plazo de treinta días desde el inicio de la actividad, incurriendo en sanciones administrativas por presentación extemporánea.
- ✗No mantener actualizado el domicilio fiscal y los datos de contacto ante la AEAT, lo que dificulta la comunicación de obligaciones futuras o notificaciones de inspecciones.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la diferencia entre el CNAE 64.32 y otras actividades financieras como la gestión de carteras?▼
¿Necesito inscribirme obligatoriamente en el Registro Mercantil antes de presentar el modelo 036?▼
¿Estoy obligado a presentar declaraciones de IVA si mi actividad es solo de rentas de la propiedad?▼
¿Qué epígrafe IAE debo indicar en el modelo 036 para actividades de cuentas fiduciarias?▼
¿Cuáles son las obligaciones contables y fiscales anuales como entidad de cuentas fiduciarias?▼
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