Calendario fiscal 2026 para Otros servicios financieros, excepto seguros y fondos de pensiones n.c.o.p.
CNAE 64995 modelos aplicables · 23 plazos
Si tu actividad se encuadra en el CNAE 6499 (otros servicios financieros, excepto seguros y fondos de pensiones), como mediación de créditos, gestión de cobros o asesoría financiera independiente, tu calendario fiscal 2026 combina obligaciones trimestrales de IVA (Modelo 303) con pagos fraccionados del IRPF (Modelo 130) si tributas en estimación directa. Además, deberás presentar la declaración anual de operaciones con terceros (Modelo 347) antes del 28 de febrero y la declaración de IRPF (Modelo 100) antes del 30 de junio. Por la naturaleza de tu sector, es habitual que factures a empresas y aplicando inversión del sujeto pasivo en ciertas operaciones financieras; esto afecta al Modelo 303, donde deberás reflejar correctamente el IVA repercutido y soportado. No olvides mantener actualizados tus datos censales con el Modelo 036 antes de fin de año si cambias de domicilio, actividad o régimen. Consulta la tabla con las fechas exactas para cada periodo.
En el Modelo 303, ¿tengo que incluir las operaciones financieras exentas de IVA (como concesión de créditos)?
Sí, aunque la mayoría de los servicios financieros están exentos de IVA (art. 20 LIVA), debes reflejarlos en el Modelo 303 en la casilla correspondiente a operaciones exentas con derecho a deducción (si las hay) o sin derecho. Si solo realizas operaciones exentas sin deducción, tu Modelo 303 será de IVA a ingresar cero o a compensar, pero igualmente obligatorio presentarlo trimestralmente. Además, si también facturas servicios no exentos (ej. asesoramiento), deberás desglosar.
Si soy autónomo y realizo gestión de cobros para terceros, ¿estoy obligado a presentar el Modelo 347 por esos importes?
Sí, el Modelo 347 (declaración anual de operaciones con terceros) es obligatorio cuando el importe total de tus operaciones con un cliente o proveedor supere los 3.005,06 € durante el año natural. En tu actividad de gestión de cobros, los importes que manejes por cuenta de terceros no se consideran operaciones propias, pero las comisiones que percibas sí. Deberás incluir a cada cliente que te haya pagado comisiones por encima de ese umbral. El plazo de presentación es hasta el 28 de febrero de 2026 (datos de 2025) y cada año sucesivo.
Al presentar el Modelo 130 (pago fraccionado), ¿puedo deducir los gastos de personal o solo los directamente imputables a la actividad?
En el régimen de estimación directa, los pagos fraccionados se calculan sobre la base de los ingresos y gastos del trimestre. Puedes deducir todos los gastos fiscalmente deducibles del IRPF, incluidos sueldos y salarios de empleados, seguridad social a cargo de la empresa, alquileres, suministros y otros necesarios para obtener los ingresos. Eso sí, lleva un control exacto: el resultado del Modelo 130 es el rendimiento neto trimestral (ingresos – gastos) al que aplicas el porcentaje del 20% (o tipo reducido si aplica). No olvides que en el Modelo 130 también debes restar los pagos fraccionados de trimestres anteriores del mismo año.