Modelo 347
Modelo 347
Declaración anual de operaciones con terceras personas
Declaración anual de operaciones con terceros, presentada en febrero, para informar de transacciones que superen 3.005,06 € anuales por persona o entidad.
¿Qué es el modelo 347?
El Modelo 347 es una declaración informativa anual que debes presentar si realizas operaciones con terceras personas o entidades que superen determinados umbrales. Su objetivo es que la Agencia Tributaria pueda cruzar los datos de tus facturas con los de tus clientes o proveedores para detectar discrepancias en IVA e IRPF. La presentación es obligatoria para autónomos, sociedades, comunidades de bienes y otras entidades que actúen como empresarios o profesionales. No es una autoliquidación que genere ingreso o devolución, sino un mero suministro de información. El plazo de presentación finaliza el 2 de marzo de 2026 para el ejercicio 2025. Aunque parezca un trámite administrativo más, el 347 es una de las declaraciones más auditadas por Hacienda, por lo que es crítico rellenarlo correctamente. El modelo recoge todas las operaciones con cada persona o entidad, desglosadas trimestralmente, incluyendo compras, ventas, cobros por cuenta de terceros, subvenciones y arrendamientos de locales de negocio. También deben declararse las cantidades percibidas en metálico superiores a 6.000 €. Existen operaciones excluidas, como las facturas sin IVA por estar fuera del ámbito empresarial o las que ya se declaran en otros modelos específicos (aduanas, seguros, etc.). No presentarlo o hacerlo con errores puede acarrear sanciones que van desde 20 € por dato hasta 20.000 €.
El Modelo 347 es la Declaración Anual de Operaciones con Terceros, regulada en los artículos 31 a 35 del Reglamento General de las Actuaciones y los Procedimientos de Gestión e Inspección Tributaria (RGAT). En ella debes relacionar todas las operaciones que hayas realizado con cada persona o entidad cuando el importe total anual supere los 3.005,06 € (o 300,51 € si actúas como cobrador por cuenta de terceros de honorarios profesionales o derechos de autor). El importe se declara neto de devoluciones, descuentos y bonificaciones, e incluye el IVA repercutido o soportado si la operación está sujeta y no exenta. La información se suministra desglosada por trimestres, salvo para las operaciones acogidas al criterio de caja del IVA, que se declaran de forma anual. El modelo también incluye una sección específica para arrendamientos de locales de negocio, donde se detalla la referencia catastral, la dirección y el importe anual del alquiler. No debes confundir el 347 con el modelo 340 (suprimido) ni con el SII, aunque los sujetos pasivos acogidos al Suministro Inmediato de Información del IVA están exentos de presentar el 347.
Cómo rellenar
El formulario se divide en tres bloques: datos del declarante, resumen de operaciones y hojas interiores detalladas. En la primera página se recogen los datos identificativos: NIF del declarante (casilla NIF declarante), apellidos y nombre o razón social, ejercicio (casilla Ejercicio), persona de contacto y teléfono. Si presentas una declaración complementaria, marca la casilla Complementaria e incluye el número justificante anterior; si es sustitutiva, marca Sustitutiva y el mismo número. En el resumen se consignan el número total de personas y entidades relacionadas (Nº total de personas y entidades relacionadas), el importe total anual de las operaciones relacionadas (Importe total anual de las operaciones relacionadas), el número total de inmuebles arrendados (Nº total de inmuebles relacionados) y el importe total de arrendamientos (Importe total de operaciones de arrendamiento). Las hojas interiores se cumplimentan para cada persona o entidad con la que hayas superado el umbral. Debes indicar su NIF (NIF declarado) o NIF de operador comunitario si es de la UE, y su nombre completo. A continuación, selecciona la clave de operación: A (compras), B (ventas), C (cobros por cuenta), D (adquisiciones al margen de la actividad), E (subvenciones), F (ventas agencia viaje) o G (compras agencia viaje). Desglosa el importe anual en las cuatro casillas trimestrales (primer, segundo, tercer y cuarto trimestre) y suma el total en Importe anual de las operaciones. Si la operación está acogida al criterio de caja, marca la casilla Operaciones régimen especial criterio de caja IVA y rellena el importe anual correspondiente en Importe anual de las operaciones devengadas conforme al criterio de caja del IVA. Para arrendamientos de locales de negocio, utiliza la sección específica: casilla Arrendamiento local de negocio marcada, y completa los datos catastrales y de dirección: código de situación, referencia catastral, tipo de vía, nombre vía pública, número, calificador, portal, escalera, planta, puerta, código postal, localidad, municipio y bloque. Después, introduce el importe del arrendamiento en Importe de la operación (inmueble). Si has percibido cantidades en metálico superiores a 6.000 € de una misma persona, rellena la casilla Importe percibido en metálico e indica el ejercicio del cobro en metálico. Por último, para transmisiones de inmuebles sujetas a IVA, utiliza las casillas de importe percibido por trimestres.
Plazos 2026
| Periodo | Inicio | Fin | Domiciliación | Notas |
|---|---|---|---|---|
| anual | 1 de febrero de 2026 | 2 de marzo de 2026 | — | Presentación durante el mes de febrero de 2026, correspondiente al ejercicio 2025. Si por razones técnicas no se pudiera presentar telemáticamente, se dispondrá de los 4 días naturales siguientes. |
Casillas principales
| Casilla | Etiqueta | Tipo | Calculada |
|---|---|---|---|
| Apellidos y nombre (declarado) | Apellidos y nombre o razón social del declarado Nombre completo o razón social de la persona o entidad declarada. | text | — |
| Apellidos y nombre o razón social | Apellidos y nombre o razón social del declarante Nombre completo o razón social del declarante. | text | — |
| Arrendamiento local de negocio | Arrendamiento de local de negocio Arrendadores y arrendatarios marcan con 'X' para identificar arrendamientos de locales de negocio, declarándolos separadamente. | text | — |
| BLOQUE | Bloque Bloque del local de negocio arrendado. | text | — |
| CALIFICADOR DEL NÚMERO | Calificador del número Dato que completa el número de casa (bis, duplicado, moderno, etc.). | text | — |
| Clave operación | Clave de la operación Indica el tipo de operación: A (compras), B (ventas), C (cobros por cuenta), D (adquisiciones al margen de actividad), E (subvenciones por AAPP), F (ventas agencia viaje), G (compras agencia viaje). | code | — |
| CÓDIGO DE MUNICIPIO | Código de municipio INE Código de municipio normalizado según el INE. | text | — |
| Código país | Código de país del declarado Código de país para no residentes que no operan con establecimiento permanente (cuando provincia es clave 99). | code | — |
| CÓDIGO POSTAL | Código postal Código postal correspondiente a la dirección del local de negocio arrendado. | text | — |
| Código provincia | Código de provincia del declarado Código de provincia del declarado. Para no residentes sin establecimiento permanente, código 99. | code | — |
Mostrando las primeras 10 de 57 casillas.
Ejemplo práctico del Modelo 347
María es autónoma y vende productos de artesanía. Durante 2025 ha realizado ventas a un cliente, «Tienda Decor S.L.», por un total de 14.500 €, con IVA incluido. El desglose trimestral es: 1T: 3.000 €, 2T: 4.500 €, 3T: 3.500 €, 4T: 3.500 €. Como el importe anual supera los 3.005,06 €, debe declarar todas las operaciones. Cumplimenta una hoja interior con el NIF de Tienda Decor, nombre, clave B (ventas), y anota en cada trimestre el importe neto de devoluciones (sin descontar IVA, ya que las ventas están sujetas y no exentas). El importe total anual lo escribe en Importe anual de las operaciones: 14.500 €. Además, María alquila un local de negocio a la empresa «Inmobiliaria Centro S.L.» por 8.000 € al año. En otra hoja interior, marca la casilla Arrendamiento local de negocio y completa la dirección del local (calle Mayor 10, 28001 Madrid, referencia catastral 1234567VK1234A0001W). Introduce el importe del arrendamiento: 8.000 €. Finalmente, resume en la primera página: número total de declarados = 2, importe total anual = 22.500 €, número de inmuebles = 1, importe total arrendamientos = 8.000 €.
¿Quién está obligado a presentar el Modelo 347?
Están obligados a presentar el Modelo 347 los empresarios y profesionales (autónomos, sociedades, comunidades de bienes, etc.) que realicen actividades económicas y cuyo importe de operaciones con una misma persona o entidad supere los 3.005,06 € durante el año natural. También deben presentarlo quienes actúen como cobradores por cuenta de terceros (por ejemplo, colegios profesionales que cobren honorarios de sus colegiados) si el importe total cobrado supera los 300,51 €. Quedan excluidas las operaciones sin factura, las realizadas al margen de la actividad empresarial, las efectuadas a título gratuito no sujetas o exentas de IVA, y los arrendamientos de bienes exentos de IVA realizados por personas físicas al margen de cualquier otra actividad. Los sujetos pasivos acogidos al Suministro Inmediato de Información (SII) del IVA no están obligados a presentar el modelo.
Códigos IAE a los que aplica
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Checklist de preparacion
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Errores frecuentes
Errores frecuentes al presentar el Modelo 347
- No declarar operaciones que superan el umbral: Olvidar incluir a un cliente o proveedor con el que se ha facturado más de 3.005,06 € en el año. Revisa el listado de operaciones acumuladas antes de presentar.
- No incluir el IVA en el importe declarado: Para operaciones sujetas y no exentas de IVA, el importe debe incluir el impuesto repercutido o soportado, así como los recargos de equivalencia y compensaciones REAGP. Si lo omites, el dato será incorrecto.
- Confundir complementaria con sustitutiva: La declaración complementaria añade operaciones omitidas manteniendo la original; la sustitutiva anula y reemplaza completamente la anterior. Usar la incorrecta puede duplicar datos o dejar sin efecto la presentación.
- No desglosar trimestralmente los importes: Aunque el total anual sea correcto, es obligatorio indicar los importes de cada trimestre. No hacerlo se considera inexactitud y puede dar lugar a sanción.
- Declarar arrendamientos de vivienda en lugar de local de negocio: El modelo 347 solo incluye arrendamientos de locales de negocio. Los arrendamientos de vivienda están excluidos, salvo que se realicen como actividad empresarial (ej. alquiler turístico).
Sanciones y recargos del Modelo 347
Presentar el Modelo 347 fuera de plazo, de forma incompleta, inexacta o con datos falsos conlleva una multa pecuniaria fija de 20 € por cada dato o conjunto de datos, con un mínimo de 300 € y un máximo de 20.000 € (artículo 198.2 LGT; artículo 199 LGT cuando se presenta con datos incorrectos). Si la presentación extemporánea se realiza sin requerimiento previo de la Administración, las cuantías y los límites se reducen a la mitad: mínimo 150 € y máximo 10.000 €. En caso de resistencia, obstrucción, excusa o negativa a las actuaciones de la AEAT, se aplica el artículo 203 LGT, con multas fijas de 150 €, 300 € y 600 € por desatender requerimientos sucesivos.
Los autónomos que presentan el Modelo 347 también declaran
Enlaces oficiales
Sede Electrónica AEAT — Modelo 347
https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/G407.shtml
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Año fiscal de referencia: 2026.