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Calendario fiscal 2026 para Construcción de edificios residenciales

CNAE 41016 modelos aplicables · 24 plazos

Si tu actividad es la construcción de edificios residenciales (CNAE 4101), tu calendario fiscal para 2026 se articula en torno al IVA y al IRPF. Al tratarse de una actividad con frecuencia sujeta al régimen general de IVA (tipo reducido del 10% para obras de rehabilitación o viviendas, salvo excepciones), deberás presentar el Modelo 303 cada trimestre, además del resumen anual (Modelo 390) antes del 30 de enero de 2026. En el IRPF, si tributas por estimación directa, presentarás el Modelo 130 trimestralmente y la declaración anual (Modelo 100) hasta el 30 de junio. No olvides el Modelo 347 (operaciones con terceros) que vence el 28 de febrero, ni el Modelo 036 para cualquier modificación censal. Todos los plazos están fijados por la Agencia Tributaria; conviene tener presente que los pagos trimestrales de IVA incluyen declaraciones mensuales (12 períodos) si estás en el régimen de SII o grandes empresas, pero aquí se reflejan los plazos mensuales habituales. Planifica tus obligaciones con antelación para evitar recargos.

Modelos aplicables

Timeline 2026

Enero 2026

30 ene 2026ya vencido

Febrero 2026

28 feb 2026ya vencido
28 feb 2026ya vencido

Marzo 2026

30 mar 2026ya vencido

Abril 2026

20 abr 2026ya vencido
20 abr 2026ya vencido
30 abr 2026ya vencido

Mayo 2026

30 may 2026próximo

Junio 2026

30 jun 2026
30 jun 2026

Julio 2026

20 jul 2026
20 jul 2026
30 jul 2026

Agosto 2026

30 ago 2026

Septiembre 2026

30 sep 2026

Octubre 2026

20 oct 2026
20 oct 2026
30 oct 2026

Noviembre 2026

30 nov 2026

Diciembre 2026

30 dic 2026
31 dic 2026

Enero 2027

30 ene 2027
30 ene 2027
30 ene 2027
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Preguntas frecuentes

¿Puedo aplicar el tipo reducido de IVA del 10% en todas las obras de construcción de viviendas?

No. El tipo reducido del 10% en el IVA (art. 91.Uno.2.7º LIVA) se aplica a las ejecuciones de obra de construcción o rehabilitación de viviendas, siempre que el destinatario sea el promotor y la obra se destine a vivienda. Sin embargo, no se aplica a obras de nueva construcción realizadas para su venta si el promotor no es el destinatario final. También queda excluido el 10% si se trata de obras de urbanización o si el contratista aporta materiales por un importe superior al 40% del coste total. Revisa cada caso según las condiciones del proyecto para evitar rectificaciones.

Estoy en estimación directa simplificada. ¿El Modelo 130 se calcula igual que en otras actividades?

Sí, el Modelo 130 para construcción en estimación directa simplificada se calcula aplicando el 20% sobre el rendimiento neto del trimestre (ingresos menos gastos), aunque desde 2023 el porcentaje es del 20% salvo para el primer año de actividad (7%). Ten en cuenta que en construcción es habitual tener facturas de subcontratas y materiales que debes incluir como gasto. Si el resultado es negativo, puedes compensarlo en trimestres posteriores dentro del mismo ejercicio. No obstante, el cálculo es análogo al de cualquier actividad en este régimen.

Tengo varios proyectos abiertos y facturo a plazos. ¿Cómo afecta al IVA trimestral si en un trimestre no cobro ninguna factura?

El IVA se devenga con la emisión de la factura y en el momento de la prestación del servicio (Ley 37/1992, art. 75). Si prestas el servicio y emites factura, aunque el cobro se retrase, debes declarar el IVA en el trimestre de la emisión. No esperes al cobro. Si aplicas el criterio de caja (régimen especial de IVA de caja), sí puedes diferir el devengo hasta el cobro efectivo, pero solo si eres autónomo o pyme con facturación inferior a 100.000 € y no todos tus clientes son grandes empresas. Valora si te conviene acogerte a dicho régimen comunicándolo a Hacienda.

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URL canónica: https://www.conversoriaecnae.es/calendario-fiscal/actividad/cnae/4101/construccion-de-edificios-residenciales