Saltar al contenido

Calendario fiscal 2026 para Comercio al por menor de otros productos nuevos

CNAE 47786 modelos aplicables · 24 plazos

Si tu negocio es el comercio al por menor de otros productos nuevos (CNAE 4778), tu calendario fiscal 2026 se articula en torno al IVA y al IRPF. Al tratarse de una actividad de venta directa al consumidor final, estarás sujeto al régimen general del IVA, salvo que optes por el recargo de equivalencia si cumples los requisitos del artículo 148 LIVA. Esto implica presentar el Modelo 303 trimestralmente (plazos: abril, julio, octubre y enero) y el resumen anual Modelo 390 antes del 30 de enero. En IRPF, si determinas el rendimiento por estimación directa, debes presentar los pagos fraccionados del Modelo 130 (abril, julio, octubre y enero) y la declaración anual Modelo 100 hasta el 30 de junio. Además, si realizas operaciones con terceros por importe superior a 3.005,06 € anuales, deberás presentar el Modelo 347 antes del 28 de febrero. No olvides mantener al día tu declaración censal (Modelo 036) ante cualquier modificación. Conoce las fechas exactas y evita recargos.

Modelos aplicables

Timeline 2026

Enero 2026

30 ene 2026ya vencido

Febrero 2026

28 feb 2026ya vencido
28 feb 2026ya vencido

Marzo 2026

30 mar 2026ya vencido

Abril 2026

20 abr 2026ya vencido
20 abr 2026ya vencido
30 abr 2026ya vencido

Mayo 2026

30 may 2026próximo

Junio 2026

30 jun 2026
30 jun 2026

Julio 2026

20 jul 2026
20 jul 2026
30 jul 2026

Agosto 2026

30 ago 2026

Septiembre 2026

30 sep 2026

Octubre 2026

20 oct 2026
20 oct 2026
30 oct 2026

Noviembre 2026

30 nov 2026

Diciembre 2026

30 dic 2026
31 dic 2026

Enero 2027

30 ene 2027
30 ene 2027
30 ene 2027
Suscribirse al calendario (.ics)

Preguntas frecuentes

¿Estoy obligado a presentar el Modelo 303 aunque haya facturado menos de 12.000 € al trimestre?

Sí. La obligación de presentar el Modelo 303 es independiente del volumen de facturación si estás en el régimen general del IVA. Debes declarar todas las operaciones del trimestre, aunque el resultado sea a devolver o a ingresar cero. Solo quedas exento si te acoges al recargo de equivalencia (SUJETOS PASIVOS REVOLUTIVOS), pero en ese caso no presentas 303, sino que el IVA lo repercute tu proveedor. Según la AEAT, la presentación es obligatoria para todos los sujetos pasivos del IVA no acogidos a regímenes especiales que eximan de dicha declaración. Consulta el artículo 71 del Reglamento del IVA.

Si compro mercancías a proveedores de la UE, ¿tengo que presentar el Modelo 349 además del 303?

Sí. Aunque tu CNAE 4778 no incluya el modelo 349 entre los más habituales, si realizas adquisiciones intracomunitarias de bienes (por ejemplo, compras a proveedores de otros Estados miembros), estás obligado a presentar la declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias (Modelo 349) con periodicidad trimestral o mensual según el volumen. Esta obligación es adicional al Modelo 303 y al 390. La AEAT exige el 349 cuando el importe de las adquisiciones supere 15.000 € en el trimestre (o 50.000 € en el año anterior). Revisa tu cadena de suministro antes de enero.

¿El Modelo 347 lo presento si solo vendo al público y no tengo grandes proveedores?

Depende del importe total de tus operaciones con cada persona o entidad. El Modelo 347 es obligatorio si el conjunto de tus entregas de bienes o prestaciones de servicios con un mismo cliente o proveedor supera los 3.005,06 € anuales (IVA incluido). Aunque vendas solo al público, si tienes un proveedor al que has comprado, por ejemplo, 4.000 € en mercancía, debes incluirle. Además, también deben declararse las operaciones con la Administración y las subvenciones. Según el artículo 32 del Reglamento de declaración de operaciones con terceros, la obligación se extiende a todos los empresarios y profesionales, salvo excepciones como operaciones a las que se aplique el régimen de recargo de equivalencia. Revisa tus facturas de 2025 antes del 28 de febrero de 2026.

Volver al calendario fiscal completo

URL canónica: https://www.conversoriaecnae.es/calendario-fiscal/actividad/cnae/4778/comercio-al-por-menor-de-otros-productos-nuevos