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Calendario fiscal 2026 para Servicios ocasionales de catering

CNAE 56216 modelos aplicables · 24 plazos

Si tu actividad es la de servicios ocasionales de catering (CNAE 5621), tu calendario fiscal 2026 combina obligaciones trimestrales y anuales. En el IVA, presentarás el Modelo 303 cada trimestre (abril, julio, octubre y enero) o mensualmente si te has acogido al régimen de devolución mensual (REDEME); los plazos mensuales adicionales que ves corresponden a esa opción. Además, deberás liquidar los pagos fraccionados del IRPF mediante el Modelo 130 si tributas por estimación directa – solo cuando el resultado sea positivo. Las declaraciones anuales incluyen el resumen de IVA (Modelo 390), la declaración de operaciones con terceros (Modelo 347) y la declaración de IRPF (Modelo 100). No olvides el alta censal (Modelo 036) antes de empezar. La mayoría de estos plazos figuran en el calendario oficial de la AEAT para 2026, consultable en su sede electrónica.

Modelos aplicables

Timeline 2026

Enero 2026

30 ene 2026ya vencido

Febrero 2026

28 feb 2026ya vencido
28 feb 2026ya vencido

Marzo 2026

30 mar 2026ya vencido

Abril 2026

20 abr 2026ya vencido
20 abr 2026ya vencido
30 abr 2026ya vencido

Mayo 2026

30 may 2026próximo

Junio 2026

30 jun 2026
30 jun 2026

Julio 2026

20 jul 2026
20 jul 2026
30 jul 2026

Agosto 2026

30 ago 2026

Septiembre 2026

30 sep 2026

Octubre 2026

20 oct 2026
20 oct 2026
30 oct 2026

Noviembre 2026

30 nov 2026

Diciembre 2026

30 dic 2026
31 dic 2026

Enero 2027

30 ene 2027
30 ene 2027
30 ene 2027
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Preguntas frecuentes

Si no he tenido ingresos en un trimestre, ¿tengo que presentar igualmente el Modelo 303?

Sí. La autoliquidación trimestral de IVA es obligatoria incluso cuando el importe a ingresar sea cero. Debes presentar el modelo 303 con todos los datos a cero. No hacerlo puede acarrear sanciones según lo dispuesto en la Ley 37/1992 del IVA y la normativa de la AEAT.

¿Puedo presentar el Modelo 303 mensualmente en lugar de trimestralmente?

Sí, si cumples los requisitos para acogerte al régimen de devolución mensual (REDEME). Esta opción es obligatoria para empresas con volumen de operaciones superior a 6.010.121,04 € o que realicen comercio mayorista de tabaco. Para el resto es voluntaria. Debes comunicar la opción mediante el Modelo 036, y una vez elegida, deberás presentar el 303 cada mes. La AEAT detalla los plazos en su calendario fiscal.

¿Estoy obligado a presentar el Modelo 130 si mi actividad ha dado pérdidas en el trimestre?

No. El Modelo 130 solo se presenta cuando el resultado del pago fraccionado es positivo. Si el cálculo da cero o negativo, no estás obligado a presentarlo. El pago fraccionado se calcula sobre el rendimiento neto del trimestre aplicando el porcentaje legal (normalmente el 20%). Así lo establece el artículo 101 de la Ley 35/2006 del IRPF. Si no hay rendimiento positivo, no hay ingreso a cuenta.

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URL canónica: https://www.conversoriaecnae.es/calendario-fiscal/actividad/cnae/5621/servicios-ocasionales-de-catering