Calendario fiscal 2026 para Todas las demás actividades profesionales, científicas y técnicas n.c.o.p.
CNAE 74996 modelos aplicables · 24 plazos
Si tu actividad profesional se encuadra en el CNAE 7499 (otras actividades profesionales, científicas y técnicas n.c.o.p.), tu calendario fiscal de 2026 combina obligaciones trimestrales y anuales. Al tratarse de una actividad en estimación directa (salvo que tributes en módulos, para lo que debes comprobar la Orden HFP/.../2025), deberás liquidar el IVA cada trimestre mediante el Modelo 303 y realizar pagos fraccionados del IRPF con el Modelo 130. Además, cada año presentas la declaración de IRPF (Modelo 100), el resumen anual de IVA (Modelo 390) y, si superas los umbrales legales, la declaración de operaciones con terceros (Modelo 347) antes del 28 de febrero. Las fechas clave se concentran en abril, julio, octubre y enero, con plazos adicionales para los modelos mensuales de IVA (régimen general). Revisa tu situación censal en el Modelo 036 y ten a mano tus facturas para evitar retrasos.
¿Tengo que presentar el Modelo 303 aunque no haya tenido ingresos en el trimestre?
Sí. La declaración trimestral de IVA es obligatoria incluso si el resultado es cero. Debes presentar el Modelo 303 dentro del plazo (hasta el 20 de abril, 20 de julio, 20 de octubre y 30 de enero) indicando el importe de la base imponible y cuota, aunque sean cero. Si no presentas la declaración a cero, Hacienda puede sancionarte por incumplimiento formal. Excepción: si estás en el régimen simplificado de IVA (módulos), las reglas varían, pero lo habitual en CNAE 7499 es estimación directa.
¿Puedo presentar el Modelo 130 solo si he tenido beneficios en el trimestre?
No. El Modelo 130 es un pago fraccionado obligatorio para autónomos en estimación directa. Se calcula sobre el rendimiento neto del trimestre (ingresos menos gastos deducibles) aplicando el 20 % (tipo general, salvo si eres empresa de nueva creación, que tributas al 20 % o al 15 % según ejercicios). Aunque el resultado sea negativo o cero, debes presentarlo igual (con importe 0). Si no lo haces, la Agencia Tributaria puede requerírtelo. La obligación es trimestral, con plazos coincidentes con el Modelo 303.
¿Estoy obligado al Modelo 347 si todos mis clientes son particulares?
Depende de los importes. El Modelo 347 es una declaración anual de operaciones con terceros que presentas si el total de tus operaciones (entregas o prestaciones de servicios) con una misma persona o entidad supera los 3.005,06 euros al año, con independencia de que sea particular o empresa. Si facturas menos de esa cantidad a cada cliente particular, no estás obligado a declararlo. No obstante, si superas el límite con algún cliente, debes presentar el modelo incluyendo todas las operaciones con ese cliente. La fecha límite es el 28 de febrero de 2027 (para el ejercicio 2026).