Si eres economista y tu actividad está encuadrada en el epígrafe IAE 741, tu calendario fiscal 2026 se articula en torno a las obligaciones trimestrales del IVA (Modelo 303) y los pagos fraccionados del IRPF por estimación directa (Modelo 130). Además, deberás presentar la declaración anual de IRPF (Modelo 100) antes del 30 de junio, el resumen anual de IVA (Modelo 390) en enero, y la declaración de operaciones con terceros (Modelo 347) si superas los 3.005,06 € con un cliente o tienes más de 50.000 € en operaciones globales. No olvides mantener actualizado tu censo con el Modelo 036. Recuerda que los plazos de los modelos mensuales de IVA (régimen de devolución mensual) son diferentes; si estás en el régimen general trimestral, atento a los días 20 de abril, julio, octubre y enero.
¿Estoy obligado a presentar el Modelo 130 si estoy en estimación objetiva (módulos)?
No, los economistas no pueden aplicar el régimen de módulos. La actividad profesional de economista se realiza en estimación directa, sea normal o simplificada. Por tanto, sí debes presentar el Modelo 130 trimestralmente, con independencia de que tu resultado sea cero o positivo.
¿Tengo que presentar el Modelo 347 aunque facture menos de 3.005 € a cada cliente?
El límite para declarar operaciones con un mismo cliente es de 3.005,06 € anuales (IVA incluido). Si ninguna de tus facturas individuales supera esa cifra, no estás obligado a incluirlas en el Modelo 347. No obstante, si el conjunto de tus operaciones supera los 50.000 € anuales (IVA excluido) con todas tus contrapartes, la declaración es obligatoria incluso si ningún cliente individual supera el umbral.
¿Si no he tenido actividad en un trimestre, debo presentar el Modelo 303 a cero?
Sí. La autoliquidación trimestral de IVA es obligatoria aunque no tengas ingresos ni gastos. Debes presentar el Modelo 303 con resultado cero dentro del plazo (hasta el 20 del mes siguiente al trimestre). Lo mismo aplica para el Modelo 130 de IRPF: aunque el resultado sea cero, debes presentarlo.