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Calculadora de retención de IRPF para autónomos

Por Brian Mena GómezActualizado

Última actualización: 5 de junio de 2026

La retención de IRPF en una factura de profesional es la parte que el pagador descuenta y adelanta a Hacienda a cuenta de tu IRPF. El tipo general es del 15 %; los nuevos autónomos profesionales pueden aplicar el 7 % el año de alta y los dos siguientes, y en módulos se retiene el 1 %. Esta calculadora te da la retención y el líquido a cobrar.

Tipo de retención

Introduce la base imponible de tu factura para calcular la retención.

Qué tipo de retención te corresponde

Los autónomos profesionales aplican, con carácter general, una retención del 15 % sobre la base imponible de sus facturas. Los nuevos profesionales pueden aplicar un tipo reducido del 7 % durante el año de inicio de la actividad y los dos siguientes, siempre que lo comuniquen por escrito al pagador. En estimación objetiva (módulos) de ciertas actividades empresariales, la retención es del 1 %.

La retención solo se aplica cuando facturas a una empresa o a otro autónomo (que actúan como retenedores). Al facturar a un particular o consumidor final no se practica retención.

Quién retiene, quién ingresa y cómo se regulariza

El pagador es quien retiene el porcentaje de tu factura y lo ingresa en Hacienda mediante el modelo 111 (autoliquidación trimestral de retenciones) y el resumen anual modelo 190. Tú, como profesional, emites la factura con la retención ya descontada y la deduces después: las retenciones soportadas se restan en tus pagos fraccionados (modelo 130) y, finalmente, en tu declaración anual de la renta (modelo 100). Si te han retenido de más, la diferencia se devuelve en la renta.

Cómo calcular la retención de IRPF de una factura

  1. Parte de la base imponible. Toma el importe de tus servicios antes de impuestos: esa es la base imponible sobre la que se calcula la retención.
  2. Elige el tipo de retención. Aplica el 15 % general, el 7 % si eres nuevo autónomo profesional (año de alta + 2 siguientes) o el 1 % si tributas en módulos.
  3. Calcula la retención y el líquido. Multiplica la base por el tipo para obtener la retención. Resta esa retención a la base para conocer el importe líquido que te abonará el cliente.

Preguntas frecuentes

¿Qué retención de IRPF debe aplicar un autónomo en sus facturas?

Los autónomos profesionales aplican el 15 % general. Los nuevos profesionales pueden usar el 7 % en el año de alta y los dos siguientes, comunicándolo al pagador. En estimación objetiva (módulos) de ciertas actividades empresariales se retiene el 1 %. La retención solo se practica al facturar a empresas u otros autónomos.

¿Cuándo puedo aplicar el 7 % en lugar del 15 %?

Un autónomo profesional puede aplicar el 7 % en el año en que inicia la actividad y en los dos años naturales siguientes, siempre que lo comunique por escrito al pagador. Pasado ese periodo, el tipo vuelve al 15 % general.

¿La retención es un coste adicional?

No. Es un adelanto de tu propio IRPF: el cliente te paga menos, pero esa cantidad la ingresa Hacienda a tu nombre. Cuando hagas la declaración de la renta, las retenciones soportadas se restan de tu cuota; si te han retenido de más, te lo devuelven.

¿Quién ingresa la retención en Hacienda?

El pagador (la empresa o el autónomo que recibe tu factura). Declara e ingresa las retenciones con el modelo 111 cada trimestre y presenta el resumen anual con el modelo 190. Tú deduces esas retenciones en tus pagos fraccionados y en la declaración anual.

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Fuentes oficiales

Información elaborada a partir de la normativa publicada en el BOE y de la información oficial de la Agencia Tributaria (AEAT) y la Seguridad Social, verificada el 5 de junio de 2026.

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