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CNAE 2025: plazo general de 1 mes (modelo 036) · Verificar código →

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Calendario fiscal 2026 para Comercio al por mayor de otros artículos de uso doméstico

CNAE 46497 modelos aplicables · 43 plazos

Si tu actividad es el comercio al por mayor de otros artículos de uso doméstico (CNAE 4649), tu calendario fiscal 2026 se centra en tres ejes: IVA trimestral (Modelo 303) con su resumen anual (Modelo 390), pagos fraccionados del IRPF (Modelo 130) si tributas por estimación directa, y la declaración anual de operaciones con terceros (Modelo 347). Como mayorista, es probable que realices operaciones con la UE, lo que te obligará al Modelo 349 (mensual o trimestral según el volumen). Recuerda que el alta censal (Modelo 036) se hace una vez, pero puedes tener que presentar variaciones. Los plazos clave: el primer trimestre vence en abril, el segundo en julio, el tercero en octubre y el cuarto en enero de 2027. El Modelo 100 (IRPF) se presenta hasta el 30 de junio. Lleva un control mensual de facturación para evitar sorpresas.

Modelos aplicables

Timeline 2026

Enero 2026

30 ene 2026ya vencido

Febrero 2026

20 feb 2026ya vencido
Modelo 349Mensual (ej. enero)
20 feb 2026ya vencido

Marzo 2026

02 mar 2026ya vencido
02 mar 2026ya vencido
20 mar 2026ya vencido
30 mar 2026ya vencido

Abril 2026

20 abr 2026ya vencido
20 abr 2026ya vencido
20 abr 2026ya vencido
20 abr 2026ya vencido
30 abr 2026ya vencido

Mayo 2026

20 may 2026ya vencido

Junio 2026

01 jun 2026ya vencido
22 jun 2026ya vencido
30 jun 2026ya vencido
30 jun 2026ya vencido

Julio 2026

20 jul 2026ya vencido
20 jul 2026ya vencido
20 jul 2026ya vencido
20 jul 2026ya vencido
30 jul 2026ya vencido

Agosto 2026

31 ago 2026ya vencido

Septiembre 2026

21 sep 2026ya vencido
Modelo 349Mensual (julio)
21 sep 2026ya vencido
30 sep 2026ya vencido

Octubre 2026

20 oct 2026próximo
20 oct 2026próximo
20 oct 2026próximo
20 oct 2026próximo
30 oct 2026próximo

Noviembre 2026

20 nov 2026
30 nov 2026
30 nov 2026

Diciembre 2026

21 dic 2026
30 dic 2026
31 dic 2026
31 dic 2026
31 dic 2026

Enero 2027

01 feb 2027(prorrogado)
01 feb 2027(prorrogado)
01 feb 2027(prorrogado)
01 feb 2027(prorrogado)
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Preguntas frecuentes

¿Estoy obligado a presentar el Modelo 349 si no realizo operaciones intracomunitarias?

No. El Modelo 349 solo se exige cuando realizas entregas o adquisiciones intracomunitarias de bienes o servicios que superen los 100.000 euros anuales (o 50.000 en algunos casos), o si operas con operadores intracomunitarios de forma habitual. Si no tienes actividad con otros países de la UE, no debes presentarlo. En caso de duda, consulta el artículo 164.Uno.10 de la Ley del IVA.

¿Qué sanciones puede tener no presentar el Modelo 347 a tiempo?

La no presentación del Modelo 347 (declaración anual de operaciones con terceros) se considera infracción grave. La sanción mínima es de 300 euros si no se presenta dentro del plazo, y puede aumentar hasta 20.000 euros si hay ocultación de datos. Además, se aplica un recargo del 1% por cada mes de retraso, hasta el 15% si se presenta fuera de plazo sin requerimiento previo (artículo 198 y 199 LGT). Si tus operaciones con un cliente o proveedor superan los 3.005,06 euros anuales (o 600 euros si se trata de personas jurídicas), estás obligado a declararlo.

Si estoy en estimación directa, ¿puedo presentar el Modelo 130 trimestral aunque mis ingresos sean bajos?

Sí. El Modelo 130 es obligatorio para autónomos en estimación directa (tanto simplificada como normal) con independencia del nivel de ingresos. Se presenta cada trimestre (abril, julio, octubre y enero del año siguiente) y se calcula sobre el beneficio del trimestre. Si no has tenido ingresos, puedes presentarlo a cero. No obstante, si optaste por estimación objetiva (módulos), deberías usar el Modelo 131, no el 130. Revisa tu situación en la AEAT para confirmar el régimen.

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URL canónica: https://www.conversoriaecnae.es/calendario-fiscal/actividad/cnae/4649/comercio-al-por-mayor-de-otros-articulos-de-uso-domestico