Calendario fiscal 2026 para Comercio al por mayor de otra maquinaria y equipo
CNAE 46647 modelos aplicables · 30 plazos
Como mayorista de maquinaria y equipo (CNAE 4664), tu calendario fiscal exige una rutina trimestral intensa: presentar el Modelo 303 de IVA y el Modelo 130 de pago fraccionado del IRPF (si tributas en estimación directa). Si realizas operaciones intracomunitarias, añade el Modelo 349 cada trimestre (o mensualmente si estás en el Régimen de Devolución Mensual). No olvides el Modelo 347 antes del 28 de febrero, ni la declaración resumen anual del IVA (Modelo 390) antes del 30 de enero de 2027. La declaración anual del IRPF (Modelo 100) se presenta hasta el 30 de junio de 2026. El alta censal (Modelo 036) debe mantenerse actualizada, con plazo máximo el 31 de diciembre de 2026. Todos los plazos están fijados por la AEAT y recogidos en la normativa del IVA (Ley 37/1992) y del IRPF (Ley 35/2006).
¿Estoy obligado a presentar el Modelo 349 si no he realizado operaciones intracomunitarias en el trimestre?
Sí, si estás inscrito en el Registro de Operadores Intracomunitarios o has realizado alguna operación con otro estado miembro durante el año natural. Aunque en un trimestre concreto no haya habido movimiento, debes presentar la declaración informativa con valor cero (art. 2 del Reglamento del IVA, aprobado por Real Decreto 1624/1992). Hacienda puede sancionar su omisión incluso sin cuota.
Si soy autónomo en estimación directa simplificada, ¿qué modelo de pago fraccionado utilizo: 130 o 131?
Utilizas el Modelo 130 si tu actividad empresarial tributa en estimación directa normal o simplificada. El Modelo 131 es específico para actividades agrícolas, ganaderas, forestales y pesqueras en estimación directa o por módulos. Como mayorista de maquinaria, tu epígrafe IAE encaja en el Modelo 130 (art. 101 Ley IRPF y Orden HFP/1359/2023).
Si facturo a clientes que no me exigen factura, ¿puedo saltarme el Modelo 347?
No. La obligación de presentar el Modelo 347 se activa si superas los 3.005,06 € anuales con un mismo cliente o proveedor, independientemente de que se haya emitido factura o no. La Ley General Tributaria (art. 93) y la Orden EHA/3012/2008 exigen declarar todas las operaciones que excedan ese umbral, incluyendo las realizadas con particulares. Hacienda cruza estos datos con tus autoliquidaciones de IVA.