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Calendario fiscal 2026 para Fabricación de puertas y ventanas de madera

CNAE 16256 modelos aplicables · 24 plazos

Si tu actividad es la fabricación de puertas y ventanas de madera (CNAE 1625), tu calendario fiscal 2026 se articula principalmente en torno al IVA y al IRPF en estimación directa. Como fabricante, tributas por el IVA al tipo general del 21 % y debes presentar el modelo 303 de forma trimestral (con plazos que finalizan el 20 de abril, 20 de julio, 20 de octubre y 30 de enero de 2027). Además, cada trimestre ingresarás el pago fraccionado del IRPF mediante el modelo 130. Al cierre del ejercicio, no olvides el resumen anual de IVA (modelo 390, hasta el 30 de enero de 2026) y la declaración de operaciones con terceros (modelo 347, hasta el 28 de febrero de 2026). Si has iniciado la actividad, también debes darte de alta a través del modelo 036 antes del 31 de diciembre. La declaración anual de la renta (modelo 100) se presenta hasta el 30 de junio. Ten en cuenta que los plazos mensuales del modelo 303 corresponden a las autoliquidaciones del mes anterior si estás inscrito en el REDEME; en caso contrario, solo presentas trimestralmente.

Modelos aplicables

Timeline 2026

Enero 2026

30 ene 2026ya vencido

Febrero 2026

28 feb 2026ya vencido
28 feb 2026ya vencido

Marzo 2026

30 mar 2026ya vencido

Abril 2026

20 abr 2026ya vencido
20 abr 2026ya vencido
30 abr 2026ya vencido

Mayo 2026

30 may 2026próximo

Junio 2026

30 jun 2026
30 jun 2026

Julio 2026

20 jul 2026
20 jul 2026
30 jul 2026

Agosto 2026

30 ago 2026

Septiembre 2026

30 sep 2026

Octubre 2026

20 oct 2026
20 oct 2026
30 oct 2026

Noviembre 2026

30 nov 2026

Diciembre 2026

30 dic 2026
31 dic 2026

Enero 2027

30 ene 2027
30 ene 2027
30 ene 2027
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Preguntas frecuentes

Si en un trimestre no he tenido actividad ni ingresos, ¿tengo que presentar igualmente el modelo 303?

Sí. La autoliquidación trimestral del IVA (modelo 303) es obligatoria aunque el resultado sea cero o negativo. Hacienda (AEAT) exige su presentación para mantener tu censo actualizado y evitar requerimientos. Si no presentas, podrías recibir una sanción por omisión según el artículo 198 de la Ley General Tributaria.

Estoy obligado a presentar el modelo 347. ¿A partir de qué importe debo hacerlo?

El modelo 347 (Declaración anual de operaciones con terceros) debe presentarse si realizas operaciones con una misma persona o entidad que en su conjunto superen los 3.005,06 € durante el ejercicio. En tu actividad, es habitual tener proveedores de madera, herrajes o barnices, y clientes (carpinterías, constructoras, particulares). Si con alguno de ellos superas ese umbral, debes incluirlo en la declaración. El plazo de presentación en 2026 es hasta el 28 de febrero.

He visto que existe un modelo 131 para pagos fraccionados. ¿Puedo utilizarlo yo en mi taller de fabricación?

No. El modelo 131 es para autónomos que tributan por el régimen de estimación objetiva (módulos). La fabricación de puertas y ventanas de madera (CNAE 1625) no es una actividad incluida en la Orden HFP/1172/2022 que regula los módulos, salvo excepciones muy concretas. Por tanto, tributas por el régimen de estimación directa y debes presentar el modelo 130 trimestralmente. Consulta con tu gestoría si tienes dudas sobre tu régimen.

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URL canónica: https://www.conversoriaecnae.es/calendario-fiscal/actividad/cnae/1625/fabricacion-de-puertas-y-ventanas-de-madera