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Calendario fiscal 2026 para Comercio al por mayor de productos de perfumería y cosmética

CNAE 46457 modelos aplicables · 30 plazos

Si tu actividad es el comercio al por mayor de productos de perfumería y cosmética (CNAE 4645), tu calendario fiscal 2026 se articula en torno a las obligaciones periódicas de IVA e IRPF. Al operar como mayorista, tributas en régimen general de IVA, con autoliquidaciones trimestrales (Modelo 303) hasta el día 20 del mes siguiente a cada trimestre, más el resumen anual (Modelo 390) en enero. Los pagos fraccionados del IRPF (Modelo 130) se presentan también trimestralmente, salvo que optes por estimación objetiva (módulos), poco frecuente en este sector. Si realizas operaciones con proveedores o clientes de la UE, deberás presentar el Modelo 349 (mensual o trimestral según volumen). Además, la declaración anual de operaciones con terceros (Modelo 347) es obligatoria si superas los 3.005,06€ con una persona o entidad. Recuerda que el alta censal (Modelo 036) se gestiona al inicio y en cualquier modificación de datos. Estas fechas están fijadas por la Agencia Tributaria (AEAT) conforme a la Ley General Tributaria.

Modelos aplicables

Timeline 2026

Enero 2026

30 ene 2026ya vencido

Febrero 2026

Modelo 349Mensual (ej. enero)
20 feb 2026ya vencido
28 feb 2026ya vencido
28 feb 2026ya vencido

Marzo 2026

30 mar 2026ya vencido

Abril 2026

20 abr 2026ya vencido
20 abr 2026ya vencido
20 abr 2026ya vencido
30 abr 2026ya vencido

Mayo 2026

30 may 2026próximo

Junio 2026

30 jun 2026
30 jun 2026

Julio 2026

20 jul 2026
20 jul 2026
20 jul 2026
30 jul 2026

Agosto 2026

30 ago 2026

Septiembre 2026

Modelo 349Mensual (julio)
20 sep 2026
30 sep 2026

Octubre 2026

20 oct 2026
20 oct 2026
20 oct 2026
30 oct 2026

Noviembre 2026

30 nov 2026

Diciembre 2026

30 dic 2026
31 dic 2026

Enero 2027

30 ene 2027
30 ene 2027
30 ene 2027
30 ene 2027
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Preguntas frecuentes

¿Estoy obligado a presentar el Modelo 349 si solo vendo en España?

No. El Modelo 349 es exclusivo para operaciones intracomunitarias de bienes o servicios (entregas y adquisiciones con empresas de la UE). Si tu actividad de mayorista se limita al territorio español, no tienes que presentarlo. Solo si facturas a clientes o compras a proveedores establecidos en otros Estados miembros (salvo excepciones por umbrales), deberás incluirlo en tu calendario fiscal, con periodicidad mensual o trimestral según la cuantía.

¿El Modelo 347 es obligatorio aunque mis clientes sean consumidores finales?

Sí, si con algún cliente o proveedor las operaciones anuales superan 3.005,06€ (IVA excluido). En el comercio mayorista de perfumería y cosmética es habitual tener cuentas con grandes almacenes, distribuidores o cadenas, por lo que deberás presentar el Modelo 347 antes del 28 de febrero de cada año. La declaración incluye los datos de terceros con los que hayas realizado operaciones por encima de ese umbral, tanto de ventas como de compras. Fuente: AEAT, art. 31 del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria.

Si soy autónomo, ¿puedo pagar el IRPF trimestralmente con el Modelo 130 aunque esté en estimación directa?

Sí. El Modelo 130 es el pago fraccionado del IRPF para autónomos que tributan en estimación directa (normal). Se presenta trimestralmente (abril, julio, octubre y enero). En tu caso, como mayorista de perfumería y cosmética, la estimación directa es la opción más común al tener ingresos por encima de los límites de módulos. El importe se calcula sobre el rendimiento neto del trimestre, aplicando el porcentaje que corresponda (habitualmente 20% para actividades empresariales). Recuerda que el pago del último trimestre se realiza en enero del año siguiente junto con la declaración anual (Modelo 100).

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URL canónica: https://www.conversoriaecnae.es/calendario-fiscal/actividad/cnae/4645/comercio-al-por-mayor-de-productos-de-perfumeria-y-cosmetica