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Calendario fiscal 2026 para Otro comercio al por mayor especializado n.c.o.p.

CNAE 46897 modelos aplicables · 30 plazos

Si tu actividad se encuadra en el CNAE 4689 (otro comercio al por mayor especializado n.c.o.p.), tu calendario fiscal dependerá del volumen de operaciones y de si realizas operaciones intracomunitarias. Como mayorista, tendrás que presentar trimestralmente el Modelo 303 de IVA, salvo que estés acogido al régimen especial de comerciante minorista (REP) – poco habitual en este epígrafe–. Además, si tributas en IRPF por estimación directa, deberás presentar el Modelo 130 cada trimestre. No olvides la declaración anual de operaciones con terceros (Modelo 347) si superas los 3.005,06 € anuales con un mismo proveedor o cliente, y el resumen anual de IVA (Modelo 390) antes del 30 de enero del año siguiente. Si comercias con países de la UE, el Modelo 349 se añade a tu lista. Todo ello según la normativa de la AEAT y el Reglamento del IVA (Real Decreto 1624/1992).

Modelos aplicables

Timeline 2026

Enero 2026

30 ene 2026ya vencido

Febrero 2026

Modelo 349Mensual (ej. enero)
20 feb 2026ya vencido
28 feb 2026ya vencido
28 feb 2026ya vencido

Marzo 2026

30 mar 2026ya vencido

Abril 2026

20 abr 2026ya vencido
20 abr 2026ya vencido
20 abr 2026ya vencido
30 abr 2026ya vencido

Mayo 2026

30 may 2026próximo

Junio 2026

30 jun 2026
30 jun 2026

Julio 2026

20 jul 2026
20 jul 2026
20 jul 2026
30 jul 2026

Agosto 2026

30 ago 2026

Septiembre 2026

Modelo 349Mensual (julio)
20 sep 2026
30 sep 2026

Octubre 2026

20 oct 2026
20 oct 2026
20 oct 2026
30 oct 2026

Noviembre 2026

30 nov 2026

Diciembre 2026

30 dic 2026
31 dic 2026

Enero 2027

30 ene 2027
30 ene 2027
30 ene 2027
30 ene 2027
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Preguntas frecuentes

¿Estoy obligado a presentar el Modelo 303 si mis ventas son solo a otras empresas y no a consumidores finales?

Sí. El Modelo 303 es obligatorio para cualquier empresario o profesional que realice entregas de bienes o prestaciones de servicios sujetas al IVA, con independencia de que el destinatario sea otro empresario. Solo quedas exonerado si estás acogido al régimen especial de comerciante minorista (REP) o al régimen simplificado, pero en el comercio mayorista lo habitual es tributar en el régimen general. Fuente: arts. 164 y ss. Ley 37/1992 del IVA y Orden HFP/133/2023.

¿Qué umbral tengo que superar para estar obligado a presentar el Modelo 347?

Debes presentar el Modelo 347 cuando las operaciones con una misma persona o entidad (física o jurídica) superen los 3.005,06 € durante el año natural. Se contabilizan tanto las ventas como las compras, incluyendo las operaciones exentas o no sujetas. Si realizas operaciones intracomunitarias, también se incluyen. Fuente: art. 1.1 Orden EHA/3012/2008 y art. 32.1 RD 1065/2007.

Soy mayorista y compro mercancía a proveedores de la UE, ¿tengo que presentar el Modelo 349 mensual o trimestral?

Depende de tu volumen de operaciones intracomunitarias. Si el total de adquisiciones intracomunitarias del año anterior superó los 10.000 € (excluyendo IVA), estás obligado a declarar mensualmente (modelo 349 mensual). Si no alcanzas ese umbral, puedes optar por la declaración trimestral. No obstante, si te has acogido al SII (Suministro Inmediato de Información del IVA), la declaración será mensual en todo caso. Fuente: art. 79 RD 1624/1992 y Resolución de la AEAT de 2016.

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URL canónica: https://www.conversoriaecnae.es/calendario-fiscal/actividad/cnae/4689/otro-comercio-al-por-mayor-especializado-ncop