Calendario fiscal 2026 para Servicios técnicos de ingeniería y otras actividades relacionadas con el asesoramiento técnico
CNAE 71126 modelos aplicables · 24 plazos
Si tu actividad es la de servicios técnicos de ingeniería o asesoramiento técnico (CNAE 7112), tu calendario fiscal como autónomo o pyme se organiza en torno a obligaciones trimestrales y anuales. Trimestralmente tendrás que presentar el Modelo 303 de IVA (autoliquidación) y el Modelo 130 de pago fraccionado del IRPF si tributas en estimación directa. A cierre de año, se añaden el Modelo 390 (resumen anual de IVA), el Modelo 347 (operaciones con terceros) y la declaración anual de IRPF (Modelo 100). Es habitual que los ingenieros emitan facturas con retención de IRPF, aunque esa obligación (Modelo 111/115) no aparece aquí porque la tabla recoge los modelos más comunes del epígrafe. Ten en cuenta que incluso en periodos sin facturación debes presentar los trimestrales; Hacienda no admite omisiones.
¿Tengo que presentar el Modelo 303 aunque no haya tenido ingresos en el trimestre?
Sí. El Modelo 303 es una autoliquidación trimestral de IVA obligatoria incluso si el resultado es cero o negativo. Si no presentas, Hacienda puede sancionarte por omisión. En la declaración puedes reflejar IVA soportado pendiente de compensar, pero el modelo debe enviarse dentro del plazo.
¿Cuál es la diferencia entre el Modelo 130 (pago fraccionado) y el Modelo 100 (declaración anual)?
El Modelo 130 es el pago a cuenta trimestral del IRPF que realizas durante el año, calculado sobre tus ingresos y gastos reales si estás en estimación directa. Se presenta en abril, julio, octubre y enero del año siguiente. El Modelo 100 es la declaración anual completa de IRPF, donde liquidas la diferencia entre lo ingresado como pagos fraccionados y tu cuota definitiva. Se presenta en junio de 2026 para el ejercicio 2025, y en junio de 2027 para el ejercicio 2026.
Si solo tengo uno o dos clientes al año, ¿estoy obligado a presentar el Modelo 347?
Sí, si el importe total de tus operaciones con cada cliente supera los 3.005,06 euros anuales (o con proveedores, si te lo facturan a ti). En ingeniería es frecuente que los proyectos superen ese umbral. El Modelo 347 se presenta anualmente en febrero y recoge todas las operaciones con terceros que superen dicho límite. Si no alcanzas el límite con ningún cliente, no estás obligado, pero revisa si tienes operaciones con la administración pública, ya que ahí el límite es más bajo.