Te recomendamos encarecidamente que contrates los servicios de una gestoría especializada en agricultura para asegurar que tu alta se realiza correctamente y que cumples con todas las obligaciones fiscales, contables y laborales. Una gestoría agraria te ayudará a obtener el NIEA, presentar correctamente el modelo 036, acceder a ayudas de la PAC, mantener la contabilidad actualizada y cumplir con las obligaciones de declaración de la renta y cotización a la Seguridad Social. El coste de una gestoría es generalmente muy inferior a las sanciones que podrías recibir por errores en los trámites administrativos, y te permitirá concentrarte en la gestión de tu explotación agraria.
Pasos para darse de alta
Solicita el número de identificación fiscal (NIF)
Si aún no dispones de NIF, debes solicitarlo en la Delegación de la Agencia Tributaria más cercana a tu domicilio o a través de la sede electrónica. Necesitarás tu documento de identidad (DNI, pasaporte o NIE) y un comprobante de domicilio. El NIF es imprescindible para cualquier actividad económica en España y te permitirá realizar todos los trámites posteriores ante la administración tributaria.
Obtén el número de identificación de explotación agraria (NIEA)
Debes solicitar el NIEA ante la Consejería de Agricultura de tu comunidad autónoma, ya que es obligatorio para cualquier explotación agraria. Este número identifica tu explotación agrícola y es necesario para acceder a ayudas de la PAC (Política Agraria Común) y otros programas de apoyo al sector. El trámite es gratuito y puede realizarse presencialmente o telemáticamente a través de la plataforma de tu comunidad autónoma.
Presenta la declaración censal (modelo 036 o 037)
Debes darte de alta en el censo de la Agencia Tributaria presentando el modelo 036 (si eres persona jurídica o persona física que no cumpla los requisitos del 037) o el modelo 037 (si eres persona física con actividad agrícola y cumples ciertos requisitos de simplificación). En este formulario indicarás el código CNAE 01.11 y el epígrafe IAE correspondiente a tu actividad. La presentación debe realizarse en los 10 días siguientes al inicio de tu actividad económica, preferiblemente de forma telemática a través de la sede electrónica de la AEAT.
Solicita la inscripción en el Registro de Explotaciones Agrarias (REA)
Aunque no es obligatorio en todas las comunidades autónomas, es altamente recomendable inscribirse en el REA para acceder a información oficial sobre tu explotación y para participar en programas de subvenciones agrarias. Este registro lo gestiona la Consejería de Agricultura de tu comunidad autónoma y proporciona un código de identificación único para tu explotación. La inscripción facilita el cumplimiento de obligaciones agroambientales y el acceso a ayudas comunitarias.
Abre una cuenta bancaria a nombre de tu negocio agrícola
Es recomendable abrir una cuenta bancaria separada para tu actividad agrícola, aunque no sea obligatorio. Esto te permitirá llevar una contabilidad clara y separada, facilitar las auditorías fiscales y cumplir mejor con tus obligaciones contables. Muchos bancos ofrecen cuentas especiales para autónomos y pequeñas empresas agrarias con comisiones reducidas y servicios adaptados al sector.
Cumple con las obligaciones de registro en el sistema de información de la AEAT
Una vez dado de alta, debes mantener actualizada tu información fiscal en el censo de la AEAT. Si tu situación cambia (cambio de domicilio, fin de la actividad, cambio de régimen tributario), debes comunicarlo a través del modelo 036 de modificación de datos. Es importante mantener una comunicación fluida con la administración tributaria para evitar sanciones por falta de actualización de datos.
Documentos necesarios para el alta con CNAE 01.11
Plazos importantes
Debes presentar la declaración censal (modelo 036 o 037) en los 10 días naturales siguientes al inicio de tu actividad económica. Si no lo haces en plazo, la AEAT puede imponerte una sanción. El NIEA debe solicitarse también en los primeros meses de actividad para poder acceder a ayudas de la PAC, que tienen convocatorias anuales con plazos específicos (generalmente entre mayo y junio). A partir de tu alta, deberás cumplir con obligaciones periódicas como la presentación de la declaración de la renta (modelo 100) antes del 30 de junio del año siguiente, y si tienes trabajadores, deberás presentar nóminas y cotizaciones a la Seguridad Social mensualmente. Si superas los 600.000 euros de cifra de negocios, deberás presentar el modelo 303 de IVA trimestral o mensual, según el régimen que elijas.
Formularios online
Errores comunes
- ✗Confundir el CNAE 01.11 con otros códigos agrarios como 01.19 (cultivo de otros cereales) o 01.21 (cultivo de hortalizas). Es fundamental indicar correctamente el CNAE 01.11 si tu actividad es específicamente el cultivo de cereales, leguminosas y oleaginosas, ya que esto determina tu clasificación estadística y el epígrafe IAE que debes utilizar.
- ✗Olvidar solicitar el NIEA antes de iniciar la actividad o hacerlo demasiado tarde, lo que puede impedir el acceso a ayudas de la PAC con convocatorias ya cerradas. El NIEA es imprescindible para cualquier explotación agraria y debe obtenerse cuanto antes, preferiblemente antes de presentar el modelo 036.
- ✗No distinguir entre el modelo 036 (declaración censal general) y el modelo 037 (declaración censal simplificada). Si eres persona física y cumples ciertos requisitos de simplificación, puedes usar el 037, pero si tienes dudas, es más seguro utilizar el 036. Usar el modelo incorrecto puede retrasar tu alta.
- ✗Indicar un epígrafe IAE incorrecto o incompatible con el CNAE 01.11. Debes consultar la tabla de correspondencia entre CNAE y epígrafes IAE para asegurarte de que el epígrafe que indiques es el correcto para el cultivo de cereales, leguminosas y oleaginosas.
- ✗No actualizar la información fiscal si cambias de domicilio, adquieres maquinaria nueva o modificas la superficie cultivada. Estos cambios deben comunicarse a la AEAT a través del modelo 036 de modificación, ya que afectan a tu clasificación y a tus obligaciones fiscales.
- ✗Presentar la declaración censal sin haber obtenido antes el NIF. El NIF es imprescindible y debe solicitarse en primer lugar, ya que sin él no podrás cumplimentar correctamente el modelo 036 o 037.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la diferencia entre el CNAE 01.11 y otros códigos agrarios?▼
¿Necesito obtener el NIEA antes de presentar el modelo 036?▼
¿Cuál es la cuota del IAE para el cultivo de cereales, leguminosas y oleaginosas?▼
¿Qué obligaciones fiscales tengo una vez dado de alta con el CNAE 01.11?▼
¿Puedo usar el modelo 037 para darme de alta con el CNAE 01.11?▼
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