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CNAE 06.10Trámites de alta

Alta CNAE 06.10: Extracción de crudo de petróleo

Dado la complejidad de los trámites de alta para actividades de extracción de crudo de petróleo, incluyendo la normativa ambiental, de seguridad y las obligaciones específicas del sector energético, te recomendamos encarecidamente que contrates los servicios de una gestoría especializada en actividades petroleras. Una gestoría profesional te asesorará sobre todos los requisitos legales, gestionará tu alta en la AEAT, Seguridad Social y Censo de Actividades Petroleras, y te mantendrá informado sobre tus obligaciones fiscales y laborales continuadas. Esto te permitirá enfocarte en el desarrollo de tu negocio mientras aseguras que todos tus trámites están en regla desde el primer momento.

Pasos para darse de alta

1

Obtén el número de identificación fiscal (NIF)

Antes de realizar cualquier trámite de alta, debes solicitar tu Número de Identificación Fiscal (NIF) en la Delegación de la AEAT más cercana a tu domicilio o a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. Este documento es imprescindible para poder formalizar tu alta como empresario individual o sociedad mercantil en el Registro Mercantil y en el censo de la AEAT. Si eres una persona jurídica (sociedad anónima, limitada, etc.), necesitarás el NIF de la entidad que debe ser solicitado previamente.

2

Realiza el alta en el Registro Mercantil

Debes inscribir tu empresa en el Registro Mercantil Provincial correspondiente al domicilio de tu establecimiento principal. Esta inscripción es obligatoria para empresarios individuales y personas jurídicas que desarrollen actividades mercantiles. Presenta la solicitud de inscripción junto con los estatutos sociales (si aplica), el acta de constitución, y la documentación que acredite tu identidad y representación. El plazo de inscripción es de aproximadamente una semana desde la presentación de la solicitud.

3

Presenta el modelo 036 o 037 en la AEAT

Debes formalizar tu alta en el censo de la AEAT presentando el modelo 036 (declaración censal general) o el modelo 037 (declaración censal simplificada, solo si eres persona física y cumples requisitos específicos). En este formulario debes indicar el código CNAE 06.10 y el epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) 11.1. Puedes presentar el modelo de forma presencial en cualquier Delegación de la AEAT, por correo certificado, o a través de la Sede Electrónica si dispones de certificado digital o Cl@ve. El alta surtirá efecto desde la fecha de presentación del modelo.

4

Solicita la afiliación a la Seguridad Social

Como empresario individual, debes solicitar tu afiliación y alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o en el Régimen General si tienes empleados. Las personas jurídicas deben afiliarse al Régimen General de la Seguridad Social. Realiza la solicitud en la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) presentando tu NIF, documentación de identidad y el modelo de afiliación correspondiente. Esta gestión debe completarse antes de iniciar la actividad económica.

5

Cumple con la inscripción en el Censo de Actividades Petroleras

Dado que desarrollas actividades de extracción de crudo de petróleo, debes registrarte en el Censo de Actividades Petroleras gestionado por la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Esta inscripción es específica para actividades de hidrocarburos y requiere documentación adicional sobre tus operaciones, instalaciones y cumplimiento de normativa ambiental y de seguridad en la extracción.

Documentos necesarios para el alta con CNAE 06.10

Documento Nacional de Identidad (DNI) o Pasaporte Debes obtenerlo en la comisaría de policía nacional, jefatura de policía nacional o delegación de policía nacional de tu localidad. Si eres extranjero, necesitarás el Número de Identidad de Extranjero (NIE) que se solicita en la Oficina de Extranjería de tu provincia.
Solicitud de NIF Puedes solicitarlo en cualquier Delegación de la AEAT o a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. Para personas jurídicas, el NIF se asigna automáticamente en el momento de la inscripción en el Registro Mercantil.
Estatutos sociales y acta de constitución (si aplica) Estos documentos deben ser redactados por un notario o asesor legal y presentados ante el Notario para su otorgamiento. Posteriormente, se inscriben en el Registro Mercantil Provincial.
Modelo 036 o 037 (declaración censal) Descarga el formulario desde la Sede Electrónica de la AEAT o solicítalo en cualquier Delegación. El modelo 036 está disponible en formato papel e imprimible desde la web de la AEAT, mientras que el modelo 037 solo se utiliza en casos específicos de personas físicas.
Certificado de inscripción en el Registro Mercantil Se obtiene del Registro Mercantil Provincial donde has inscrito tu empresa. Puedes solicitarlo de forma presencial o a través del registro telemático si dispones de acceso electrónico.
Documentación de autorización ambiental y de seguridad Debes obtener los permisos de la Dirección General de Política Energética y Minas, así como la autorización ambiental integrada de la Comunidad Autónoma donde realices la extracción. Estos documentos son obligatorios para actividades de extracción de hidrocarburos.
Solicitud de afiliación a la Seguridad Social Obtén el modelo de afiliación en la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) de tu provincia, o descárgalo desde la web de la Seguridad Social. También puedes realizar la afiliación de forma telemática si dispones de certificado digital.

Plazos importantes

Debes presentar el modelo 036 o 037 ante la AEAT en el plazo de 10 días hábiles desde el inicio de tu actividad económica. La solicitud de afiliación a la Seguridad Social debe realizarse antes de iniciar la actividad, siendo recomendable hacerlo con una antelación de al menos 5 días. Para actividades de extracción de petróleo, la inscripción en el Censo de Actividades Petroleras debe completarse antes de comenzar cualquier operación. Recuerda que el incumplimiento de estos plazos puede acarrear sanciones administrativas y la pérdida de derechos a determinadas prestaciones sociales.

Formularios online

Errores comunes

  • Confundir el código CNAE 06.10 con otros códigos de extracción de minerales. Asegúrate de que tu actividad se ajusta exactamente a la extracción de crudo de petróleo y no a otras actividades de minería o tratamiento de minerales, ya que cada una tiene su propio código CNAE y obligaciones fiscales específicas.
  • Olvidar la inscripción obligatoria en el Censo de Actividades Petroleras antes de iniciar operaciones. Esta es una obligación específica para actividades de hidrocarburos que muchos emprendedores pasan por alto, lo que puede resultar en sanciones administrativas importantes.
  • Presentar el modelo 037 siendo una persona jurídica o cuando la actividad no cumple los requisitos de simplificación. El modelo 037 solo es válido para personas físicas con determinadas características, por lo que si eres una sociedad mercantil debes usar obligatoriamente el modelo 036.
  • No obtener las autorizaciones ambientales previas a la presentación del modelo 036. Para actividades de extracción de petróleo, necesitas tener en orden los permisos ambientales y de seguridad antes de formalizar tu alta fiscal.
  • Indicar un epígrafe del IAE incorrecto. Debes asegurar que utilizas el epígrafe 11.1 correspondiente a la extracción de petróleo bruto, no confundiéndolo con otros epígrafes de actividades relacionadas pero diferentes.
  • No realizar la afiliación a la Seguridad Social en el plazo correcto. Muchos emprendedores olvidan que la afiliación debe hacerse antes del inicio de la actividad, no después, lo que puede generar problemas con cotizaciones y derechos a prestaciones.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre el CNAE 06.10 y otros códigos de extracción?
El CNAE 06.10 es específico para la extracción de crudo de petróleo, incluyendo esquisto bituminoso y arenas alquitraníferas. Otros códigos como 06.20 corresponden a la extracción de gas natural, y 07.10 a la extracción de minerales de hierro. Es importante que selecciones el código correcto porque determina tus obligaciones fiscales, el epígrafe del IAE y los permisos específicos que necesitas obtener.
¿Necesito un permiso especial para comenzar a extraer petróleo además del alta en la AEAT?
Sí, absolutamente. Además del alta en la AEAT con el modelo 036, necesitas obtener una concesión o autorización de la Dirección General de Política Energética y Minas, así como la autorización ambiental integrada de la Comunidad Autónoma donde realices la extracción. También debes inscribirte en el Censo de Actividades Petroleras. Estos permisos son previos e imprescindibles para poder iniciar cualquier operación de extracción.
¿Cuál es la cuota del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) para el epígrafe 11.1?
La cuota del IAE para el epígrafe 11.1 (Extracción de petróleo bruto y gas natural) depende de tu cifra de negocios anual. Si tu cifra de negocios es inferior a 1.000.000 euros, estarás exento del pago del IAE como autónomo. Para cifras superiores, deberás consultar las tarifas vigentes publicadas anualmente por el Ministerio de Hacienda. Si eres una sociedad mercantil, el cálculo puede ser diferente según el volumen de facturación.
¿Puedo usar el modelo 037 simplificado para darme de alta como empresa de extracción de petróleo?
No, el modelo 037 no es aplicable para actividades de extracción de petróleo. El modelo 037 es una declaración censal simplificada que solo pueden usar personas físicas que desarrollen determinadas actividades de servicios, comercio o profesiones liberales con requisitos muy específicos. Para la extracción de crudo de petróleo, debes usar obligatoriamente el modelo 036, independientemente de si eres persona física o jurídica.
¿Cuánto tiempo tarda en resolverse el alta en la AEAT una vez presentado el modelo 036?
El alta en la AEAT surtirá efecto desde la fecha de presentación del modelo 036, sin necesidad de esperar una resolución posterior. Recibirás un número de referencia de presentación que confirma tu alta. Sin embargo, para actividades de extracción de petróleo, el tiempo total del proceso completo (incluyendo permisos ambientales y del Censo de Actividades Petroleras) puede tomar varias semanas o meses dependiendo de la complejidad de tu proyecto y los requisitos específicos de la Comunidad Autónoma donde operes.

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