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CNAE 08.93Trámites de alta

Alta CNAE 08.93: Extracción de sal

Te recomendamos encarecidamente que contrates los servicios de una gestoría especializada en actividades extractivas y minería. Un gestor experto te ayudará a navegar la compleja normativa ambiental, tributaria y laboral aplicable a la extracción de sal, asegurando que cumples todos los requisitos legales y evitando costosos errores administrativos. Además, te asesorará sobre las obligaciones periódicas, la optimización fiscal y el cumplimiento de las inspecciones y auditorías que requiere este tipo de actividad.

Pasos para darse de alta

1

Obtén tu número de identificación fiscal (NIF)

Si aún no dispones de NIF, debes solicitarlo en la Delegación de la AEAT más cercana a tu domicilio o a través de la Sede Electrónica de la AEAT. Este número es imprescindible para cualquier trámite fiscal y será tu identificador único ante la administración tributaria. El proceso es rápido y gratuito, y lo necesitarás para todos los pasos siguientes.

2

Regístrate en el sistema Cl@ve para acceso electrónico

Accede a https://clave.gob.es/clave_Home/registro.html y crea tu cuenta Cl@ve con tu NIF y datos personales. Este sistema te permitirá acceder de forma segura a la Sede Electrónica de la AEAT y presentar telemáticamente todos tus trámites. Es obligatorio para realizar gestiones con la administración tributaria de forma electrónica.

3

Presenta el modelo 036 (declaración censal de alta)

Accede a https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/GC36.shtml e introduce el código CNAE 08.93 como tu actividad principal de extracción de sal. Debes indicar también el epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) correspondiente a tu actividad extractiva. Este formulario comunica a la AEAT el inicio de tu actividad económica y es obligatorio presentarlo dentro de los 10 días siguientes al inicio de la misma.

4

Solicita de alta en el Régimen de la Seguridad Social

Si eres autónomo, debes darte de alta en la Seguridad Social como trabajador autónomo en el plazo de 30 días desde el inicio de la actividad. Si tienes trabajadores, también debes afiliarlos y darles de alta en el régimen correspondiente. Puedes realizar este trámite en la Tesorería de la Seguridad Social o en línea a través de su plataforma.

5

Comunica el inicio de actividad en la Comunidad Autónoma

Dependiendo de tu comunidad autónoma, es posible que debas presentar una comunicación de inicio de actividad ante la administración autonómica. Algunos territorios requieren este trámite adicional para actividades de extracción. Consulta con la delegación de tu comunidad autónoma para conocer los requisitos específicos.

6

Solicita licencias ambientales y de actividad

La extracción de sal requiere autorizaciones específicas de carácter ambiental ante la administración ambiental de tu comunidad autónoma, así como posibles licencias de actividad municipal. Debes verificar los requisitos concretos según la ubicación de tu explotación salina y presentar la documentación técnica requerida.

Documentos necesarios para el alta con CNAE 08.93

Documento Nacional de Identidad (DNI) o Número de Identidad de Extranjero (NIE) Original y copia. El DNI lo obtiene en la Dirección General de la Policía Nacional, y el NIE en la oficina de extranjería de tu provincia. Son documentos de identidad obligatorios para cualquier trámite fiscal.
Justificante de domicilio Recibo de suministro eléctrico, agua, gas o teléfono de los últimos tres meses, o certificado del ayuntamiento. Este documento acredita tu domicilio fiscal ante la AEAT y es necesario para el registro censal.
Documentación técnica y ambiental de la explotación Planos de la ubicación de la explotación salina, descripción del proceso de extracción (subterránea o por evaporación), autorización ambiental de la comunidad autónoma, y licencia de actividad municipal. Estos documentos demuestran que cumples con la normativa ambiental aplicable a la extracción de sal.
Certificado de compatibilidad de uso del suelo Solicitado al ayuntamiento del municipio donde se ubique la explotación. Este certificado acredita que la actividad de extracción de sal es compatible con la clasificación y uso del terreno según el plan urbanístico local.
Autorización de la administración hidráulica (si aplica) Confederación Hidrográfica correspondiente. Si tu actividad implica la extracción de agua salina o la evaporación de aguas, necesitas autorización de la cuenca hidrográfica competente para el aprovechamiento de recursos hídricos.
Seguro de responsabilidad civil (si es obligatorio) Póliza de seguro contratada con una aseguradora. Algunas comunidades autónomas exigen un seguro de responsabilidad civil para actividades extractivas como garantía ante posibles daños ambientales.

Plazos importantes

Debes presentar el modelo 036 de declaración censal dentro de los 10 días naturales siguientes al inicio de tu actividad de extracción de sal. Si eres autónomo, tu alta en la Seguridad Social debe efectuarse en el plazo de 30 días desde el comienzo de la actividad. Las obligaciones periódicas incluyen la presentación de declaraciones trimestrales del IVA (modelo 303) si tienes obligación de declarar, así como la declaración anual de impuesto sobre la renta (modelo 100) antes del 30 de junio del año siguiente al ejercicio fiscal. Además, debes mantener actualizada tu situación ante la administración ambiental y cumplir con las inspecciones periódicas que correspondan a tu actividad extractiva.

Formularios online

Errores comunes

  • No indicar correctamente el código CNAE 08.93 en el modelo 036, confundiéndolo con otras actividades de extracción o procesamiento de minerales. Debes asegurarte de que el CNAE corresponde específicamente a la extracción de sal, ya sea de yacimientos subterráneos o por evaporación.
  • Olvidar solicitar las autorizaciones ambientales previas a la presentación del modelo 036. La administración tributaria puede requerir la documentación ambiental, y sin ella tu alta podría ser rechazada o quedar condicionada.
  • Confundir el modelo 036 con el modelo 037 o presentar el formulario incorrecto. El modelo 036 es la declaración censal general obligatoria para tu tipo de actividad; el modelo 037 es una versión simplificada que no aplica en el caso de actividades extractivas.
  • No comunicar el cambio de domicilio o ubicación de la explotación a la AEAT en caso de que sea necesario trasladar las instalaciones. Cualquier cambio significativo debe comunicarse mediante el modelo 036 modificado.
  • Incumplir los plazos de presentación de las autorizaciones ambientales antes de iniciar la actividad, lo que puede resultar en sanciones administrativas y paralizacion de la explotación.

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre el modelo 036 y el modelo 037?
El modelo 036 es la declaración censal general que se presenta para dar de alta en cualquier actividad económica y es obligatorio para todos. El modelo 037 es una versión simplificada que solo pueden utilizar personas físicas que cumplen ciertos requisitos muy específicos (como no tener trabajadores y estar en determinados regímenes fiscales). Para la extracción de sal, debes usar el modelo 036 porque es una actividad que generalmente requiere trabajadores e instalaciones complejas.
¿Necesito una autorización ambiental antes de presentar el modelo 036?
Sí, es altamente recomendable y en muchos casos obligatorio obtener la autorización ambiental de tu comunidad autónoma antes de iniciar la actividad y presentar el modelo 036. La extracción de sal es una actividad que impacta el medio ambiente, especialmente en lo relacionado con la gestión del agua y los residuos salinos. Sin esta autorización, la AEAT puede rechazar tu alta o condicionarla a su presentación.
¿Cuál es el epígrafe del IAE para la extracción de sal?
El epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) para la extracción de sal corresponde generalmente a la sección A (Agricultura, ganadería, caza y silvicultura) o a la sección C (Industrias extractivas), dependiendo de si tu actividad es extractiva pura o incluye transformación. Debes consultar con la AEAT o tu gestor para identificar el epígrafe exacto según tu caso específico. Recuerda que si tu cifra de negocios es inferior a 1.000.000 euros, podrías estar exento del pago de la cuota del IAE.
¿Qué obligaciones fiscales tengo una vez dada de alta?
Una vez dado de alta con el código CNAE 08.93, debes cumplir con varias obligaciones: presentar declaraciones trimestrales del IVA (modelo 303) si tienes obligación de declarar, presentar la declaración anual de impuesto sobre la renta de las personas físicas (modelo 100) antes del 30 de junio del año siguiente, mantener un libro de registro de ingresos y gastos, conservar la documentación contable durante seis años, y cumplir con cualquier obligación específica que establezca tu comunidad autónoma para actividades extractivas.
¿Cuánto tiempo tarda la AEAT en procesar mi modelo 036 de alta?
La AEAT generalmente procesa el modelo 036 en un plazo de 1 a 3 semanas desde su presentación telemática. Una vez aprobado, recibirás una confirmación con tu número de referencia censal. Sin embargo, si falta documentación o hay inconsistencias, la administración puede solicitar información adicional, lo que podría alargar el proceso. Es importante que presentes toda la documentación correcta desde el primer momento para evitar retrasos.

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