Te recomendamos encarecidamente contratar a una gestoría especializada en actividades alimentarias para garantizar el cumplimiento de todos los trámites fiscales, contables y sanitarios. Una gestoría experimentada te ayudará a elaborar correctamente el plan APPCC, a navegar la compleja normativa de higiene alimentaria, a gestionar tus obligaciones tributarias (IVA, IRPF, retenciones) y a mantener tus registros contables en orden. El coste de una gestoría es mínimo comparado con el riesgo de sanciones, multas sanitarias o la clausura de tu actividad por incumplimientos normativos.
Pasos para darse de alta
Obtener el Número de Identidad Fiscal (NIF)
Si aún no dispones de NIF, debes solicitarlo en la delegación de la AEAT correspondiente a tu domicilio o en línea a través de la Sede Electrónica de la AEAT. Necesitarás presentar tu documento de identidad original y rellenar el modelo 290. Este paso es fundamental porque sin NIF no puedes realizar ningún trámite fiscal ni registrarte como autónomo o empresa.
Darse de alta en el Régimen de Autónomos (si aplica) o registrarse como empresa
Si eres persona física, debes solicitar el alta en el Régimen de Autónomos de la Seguridad Social presentando el modelo TA.0521 en la Tesorería de la Seguridad Social. Si constituyes una sociedad mercantil, primero debes inscribirla en el Registro Mercantil Central o Provincial. Este trámite es obligatorio antes de iniciar la actividad y tiene plazos específicos según la forma jurídica elegida.
Presentar la declaración censal (modelo 036 o 037) en la AEAT
Debes rellenar y presentar el modelo 036 (declaración censal general) si eres persona física o jurídica, o el modelo 037 si eres persona física que cumple determinados requisitos de simplicidad. En este formulario indicarás el código CNAE 10.13 y el epígrafe IAE 642.1. La presentación puede realizarse presencialmente en cualquier oficina de la AEAT o telemáticamente a través de la Sede Electrónica utilizando certificado digital o Cl@ve.
Solicitar licencias y autorizaciones sanitarias específicas
Antes de iniciar la actividad de elaboración de productos cárnicos, debes obtener la autorización sanitaria de tu Comunidad Autónoma y, si aplica, del Ayuntamiento. Debes presentar un plan de análisis de peligros y puntos de control crítico (APPCC) y cumplir con la normativa de higiene alimentaria. También necesitas solicitar la licencia de actividad comercial o industrial en el Ayuntamiento de tu localidad, que incluye inspección de las instalaciones.
Registrarse en el Registro de Operadores de Empresas Alimentarias (ROEA)
Como productor de alimentos, debes registrarte en el ROEA de tu Comunidad Autónoma. Este registro es obligatorio para todos los operadores de empresas alimentarias y permite la trazabilidad de los productos. El registro se realiza ante la autoridad sanitaria competente y es necesario para poder comercializar tus productos de forma legal.
Documentos necesarios para el alta con CNAE 10.13
Plazos importantes
Debes presentar la declaración censal (modelo 036 o 037) ante la AEAT dentro de los 10 días hábiles siguientes al inicio de la actividad; si no lo haces, puedes incurrir en sanciones. El alta en el Régimen de Autónomos debe realizarse antes de iniciar la actividad, con plazo de 30 días desde el comienzo. Las autorizaciones sanitarias y licencias municipales deben obtenerse antes de comenzar la producción, aunque los plazos varían según la Comunidad Autónoma y el municipio. Tienes obligaciones tributarias periódicas: presentar declaraciones de IVA (modelo 303) trimestralmente si superas ciertos umbrales, y declaración anual de la renta (modelo 100 si eres autónomo). Además, debes cumplir con obligaciones contables y de registro de operarios según la normativa de higiene alimentaria.
Formularios online
Errores comunes
- ✗No indicar correctamente el código CNAE 10.13 o confundirlo con otros códigos de fabricación de alimentos. Debes asegurarte de que el CNAE refleja exactamente tu actividad de elaboración de productos cárnicos, ya que esto afecta a tus obligaciones fiscales y a la clasificación estadística de tu empresa.
- ✗Olvidar registrarse en el ROEA (Registro de Operadores de Empresas Alimentarias) antes de iniciar la producción. Este es un error grave que puede resultar en sanciones administrativas y la prohibición de comercializar tus productos, por lo que debes completar este trámite ante la autoridad sanitaria autonómica.
- ✗No presentar el plan APPCC completo y validado. La normativa de higiene alimentaria exige un análisis detallado de peligros, y presentar un documento incompleto o genérico puede resultar en la denegación de la autorización sanitaria y retrasos significativos en el inicio de la actividad.
- ✗Confundir el modelo 036 con el 037 o presentar el formulario incorrecto. El modelo 036 es la declaración general aplicable a casi todos los casos, mientras que el 037 es simplificado y solo aplica a autónomos con actividades muy específicas; usar el incorrecto puede invalidar tu registro.
- ✗No cumplir con los requisitos de infraestructura sanitaria (separación de zonas, equipamiento específico, sistemas de refrigeración) que exige la normativa para la elaboración de productos cárnicos. Esto puede resultar en el rechazo de la autorización sanitaria y la necesidad de invertir en reformas costosas.
- ✗Presentar la documentación fuera de plazo. El incumplimiento de los plazos de 10 días hábiles para la declaración censal o de 30 días para el alta en Seguridad Social puede resultar en sanciones administrativas y complicaciones futuras en tus obligaciones tributarias.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la diferencia entre el código CNAE 10.13 y otros códigos de alimentación?▼
¿Tengo que ser autónomo o puedo constituir una sociedad limitada?▼
¿Cuándo debo empezar a presentar declaraciones de IVA?▼
¿Qué es el epígrafe IAE y por qué aparece en mi declaración censal?▼
¿Qué sucede si no obtengo la autorización sanitaria antes de iniciar la producción?▼
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