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CNAE 10.53Trámites de alta

Alta CNAE 10.53: Fabricación de quesos

Dado que el proceso de alta para una fábrica de quesos implica múltiples trámites administrativos, sanitarios y fiscales complejos, te recomendamos encarecidamente contratar los servicios de una gestoría especializada en empresas alimentarias. Una gestoría te ayudará a navegar los requisitos sanitarios, fiscales y laborales, garantizando que todos los trámites se realicen correctamente y dentro de los plazos establecidos. Esto te permitirá enfocarte en desarrollar tu negocio quesero sin preocupaciones administrativas.

Pasos para darse de alta

1

Obtener el Número de Identidad Fiscal (NIF)

Si eres persona física, debes solicitar tu NIF en la Delegación de la AEAT más cercana o a través de la Sede Electrónica de la AEAT. Si eres sociedad mercantil, el NIF se asigna automáticamente en el Registro Mercantil. Este número es imprescindible para cualquier trámite fiscal y será tu identificativo único ante la Administración Tributaria.

2

Registrarse en el sistema Cl@ve

Accede a https://clave.gob.es/clave_Home/registro.html para crear tu cuenta de autenticación electrónica. Este sistema te permitirá acceder a la Sede Electrónica de la AEAT y realizar todos los trámites de forma telemática de manera segura. Necesitarás tu NIF y un correo electrónico válido para completar el registro.

3

Presentar el modelo 036 (declaración censal)

Accede a https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/GC36.shtml y rellena el formulario 036 indicando tu actividad económica con el código CNAE 10.53 y el epígrafe IAE correspondiente a la fabricación de quesos. Debes presentar este modelo en los 10 primeros días hábiles del mes siguiente al inicio de tu actividad. Este trámite registra tu negocio ante Hacienda y es obligatorio para cualquier actividad económica.

4

Solicitar la licencia de actividad y autorización sanitaria

Antes de comenzar la producción, debes solicitar la licencia de actividad en el ayuntamiento correspondiente y obtener la autorización sanitaria de la Consejería de Salud de tu comunidad autónoma. Para la fabricación de quesos, necesitarás cumplir con la normativa de higiene alimentaria (Reglamento CE 852/2004) y disponer de instalaciones que cumplan los requisitos sanitarios establecidos. Este trámite es previo al alta fiscal y puede tardar varias semanas.

5

Registrarse en el Censo de Empresas Alimentarias (CEA)

Debes inscribir tu empresa quesera en el Censo de Empresas Alimentarias de tu comunidad autónoma, ya que es un requisito obligatorio para cualquier establecimiento que produzca alimentos. Este registro garantiza que tu actividad cumple con la normativa de seguridad alimentaria y permite el seguimiento sanitario de tu producción.

6

Solicitar el alta en la Seguridad Social

Si eres autónomo, debes darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) en la Seguridad Social. Si tienes empleados, deberás inscribir la empresa como afiliada y darte de alta como representante legal. Este trámite debe realizarse antes de que comience la actividad o en el plazo de 30 días desde su inicio.

Documentos necesarios para el alta con CNAE 10.53

Número de Identidad Fiscal (NIF) Solicítalo en la Delegación de la AEAT más cercana a tu domicilio o a través de la Sede Electrónica de la AEAT (https://sede.agenciatributaria.gob.es). Si eres sociedad mercantil, se asigna automáticamente en el Registro Mercantil.
Licencia de actividad municipal Obtenerla en el Ayuntamiento del municipio donde ubicarás tu fábrica de quesos. Necesitarás presentar un proyecto técnico que describa las instalaciones y los procesos de producción.
Autorización sanitaria de la Consejería de Salud Solicitarla en la Consejería de Salud de tu comunidad autónoma. Requiere inspección de las instalaciones y cumplimiento de los requisitos de higiene alimentaria según el Reglamento CE 852/2004.
Certificado de registro en el Censo de Empresas Alimentarias (CEA) Obtenerlo en la Consejería de Agricultura o el organismo equivalente de tu comunidad autónoma tras completar el registro de tu empresa quesera.
Documento de identidad (DNI o pasaporte) Presentar tu DNI original o pasaporte válido en cualquier trámite presencial ante la AEAT o administraciones locales.
Certificado de alta en la Seguridad Social Obtenerlo en la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) tras completar tu afiliación como autónomo o empresa en el RETA o régimen general.
Justificante de presentación del modelo 036 Lo recibirás en la Sede Electrónica de la AEAT (https://sede.agenciatributaria.gob.es) tras presentar telemáticamente tu declaración censal con autenticación Cl@ve.

Plazos importantes

Debes presentar el modelo 036 en los 10 primeros días hábiles del mes siguiente al inicio de tu actividad económica. La solicitud de la licencia de actividad debe hacerse antes de comenzar la producción, pudiendo tardar entre 1 y 3 meses según el municipio. El alta en la Seguridad Social debe completarse en el plazo de 30 días desde el inicio de la actividad. Posteriormente, tendrás obligaciones periódicas como la presentación de la declaración del IVA trimestral (modelo 303) si superas el umbral de inmovilizado, la declaración anual del IRPF (modelo 100) si eres autónomo, y el cumplimiento de las inspecciones sanitarias periódicas que establezca tu comunidad autónoma.

Formularios online

Errores comunes

  • No solicitar la autorización sanitaria antes de presentar el modelo 036. Muchos emprendedores cometen el error de darse de alta fiscalmente sin haber obtenido previamente la licencia de actividad y la autorización sanitaria, lo que puede resultar en sanciones administrativas.
  • Indicar un código CNAE incorrecto en el modelo 036. Es fundamental que especifiques el código CNAE 10.53 de forma precisa, ya que de lo contrario podrías estar mal clasificado fiscalmente y perder beneficios o estar sujeto a obligaciones tributarias incorrectas.
  • Olvidar el registro en el Censo de Empresas Alimentarias (CEA). Este trámite es obligatorio para cualquier empresa que produzca alimentos y su omisión puede resultar en multas de la Consejería de Salud.
  • No incluir el epígrafe IAE correspondiente en el modelo 036. Aunque el CNAE 10.53 es correcto, debes también indicar el epígrafe IAE de la actividad quesera en el formulario para que la administración tenga constancia de tu obligación de pago del Impuesto de Actividades Económicas.
  • Presentar el modelo 036 fuera del plazo legal. Si no lo presentas en los 10 primeros días hábiles del mes siguiente al inicio de la actividad, podrías ser sancionado por falta de declaración censal.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre el CNAE 10.53 y otros códigos relacionados con la alimentación?
El CNAE 10.53 se refiere específicamente a la fabricación de quesos y cuajada, diferenciándose de otros códigos como el 10.51 (producción de leche líquida) o el 10.61 (molienda de cereales). Es importante indicar el código correcto para que tu actividad esté clasificada adecuadamente en los registros estadísticos y fiscales del INE y la AEAT.
¿Necesito pagar cuota de IAE si me doy de alta con el CNAE 10.53?
La cuota del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) está exenta para autónomos cuya cifra de negocios anual sea inferior a 1.000.000 de euros. Si tu facturación es superior a esa cantidad, sí deberás pagar la cuota correspondiente al epígrafe de fabricación de quesos. Es recomendable consultar con una gestoría para conocer la cuota exacta según tu comunidad autónoma.
¿Qué obligaciones tributarias periódicas tendré como fabricante de quesos?
Tendrás obligación de presentar la declaración del IVA trimestral (modelo 303) si realizas operaciones sujetas a IVA. Si eres autónomo, deberás presentar la declaración anual del IRPF (modelo 100) con tus ingresos y gastos. Además, si tienes empleados, deberás presentar nóminas mensuales y hacer retenciones de IRPF. Todas estas obligaciones pueden gestionarse a través de la Sede Electrónica de la AEAT.
¿Cuánto tiempo tarda el proceso completo de alta desde que decido empezar?
El proceso completo puede tardar entre 2 y 4 meses. La obtención del NIF tarda 1-2 días, la licencia de actividad municipal 1-3 meses, la autorización sanitaria 2-4 semanas, y el registro en el CEA 1-2 semanas. El modelo 036 se presenta al inicio de la actividad. Te recomendamos comenzar los trámites con suficiente antelación para no retrasar el inicio de tu negocio.
¿Puedo cambiar mi código CNAE después de darlo de alta con el 10.53?
Sí, puedes modificar tu código CNAE presentando una declaración censal complementaria (modelo 036) si realizas cambios significativos en tu actividad. Sin embargo, si únicamente añades nuevas actividades complementarias (como la venta minorista de tus quesos), deberás indicar un segundo CNAE sin eliminar el principal. Para cualquier cambio, es recomendable asesorarse con una gestoría para hacerlo correctamente.

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