Te recomendamos encarecidamente que contrates los servicios de una gestoría especializada en actividades alimentarias para asegurar que todos tus trámites se realizan correctamente y en los plazos establecidos. Una gestoría te ayudará a navegar la compleja normativa de higiene alimentaria, a mantener tu contabilidad en orden, y a cumplir con todas tus obligaciones fiscales y de seguridad social desde el primer día. Esto te permitirá concentrarte en lo que realmente importa: fabricar productos de calidad sin preocupaciones administrativas.
Pasos para darse de alta
Obtén tu Número de Identidad Fiscal (NIF)
Si aún no tienes NIF, debes solicitar uno en la Delegación de la AEAT de tu provincia. Como persona física que va a ejercer una actividad económica, necesitarás este número para todos los trámites posteriores. El NIF es imprescindible para darte de alta en el censo de actividades económicas y para poder presentar cualquier declaración tributaria.
Accede a la Sede Electrónica de la AEAT con Cl@ve
Regístrate en el sistema Cl@ve si aún no lo has hecho, utilizando tu NIF y datos personales verificados. Una vez registrado, podrás acceder a la Sede Electrónica de la AEAT donde encontrarás todos los formularios y trámites necesarios. Cl@ve es el sistema de autenticación seguro que utiliza la AEAT para garantizar la identidad de los contribuyentes.
Presenta el modelo 036 (o 037 si cumples requisitos)
Rellena el modelo 036 de declaración censal si eres persona física sin limitaciones, o el modelo 037 si cumples los requisitos de simplificación (actividad no profesional, sin local comercial, etc.). En este formulario debes indicar el código CNAE 10.72 y el epígrafe IAE 105.2. Debes presentar este modelo en los 10 días hábiles siguientes al inicio de tu actividad económica en la fabricación de galletas y productos de panadería.
Solicita el alta en el Régimen de la Seguridad Social
Como autónomo que inicia una actividad económica, debes darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social. Esto lo harás a través del formulario TA.0521 en la Tesorería de la Seguridad Social de tu zona. El alta en la Seguridad Social debe realizarse antes o simultáneamente con el alta fiscal en la AEAT.
Obtén la licencia de actividad municipal
Solicita la licencia de actividad económica en el Ayuntamiento de tu localidad, ya que la fabricación de productos alimentarios requiere autorización municipal. Deberás presentar documentación sobre el local, cumplimiento de normativas de higiene alimentaria, y otros requisitos locales. Esta licencia es obligatoria para poder ejercer legalmente tu actividad.
Registra tu actividad en la autoridad sanitaria
Como fabricante de productos alimentarios, debes registrar tu empresa en la autoridad sanitaria correspondiente (Consejería de Salud de tu comunidad autónoma). Necesitarás cumplir con la normativa de higiene alimentaria, tener un plan de autocontrol APPCC, y contar con las instalaciones adecuadas. Este registro es obligatorio para poder comercializar productos alimentarios de larga duración.
Documentos necesarios para el alta con CNAE 10.72
Plazos importantes
Debes presentar el modelo 036 (o 037) en los 10 días hábiles siguientes al inicio de tu actividad económica en la fabricación de galletas y productos de panadería. El alta en la Seguridad Social como autónomo debe realizarse antes o al mismo tiempo que el alta fiscal. La licencia de actividad municipal debe obtenerse antes de iniciar la actividad. El registro en la autoridad sanitaria debe completarse antes de poner en el mercado tus primeros productos alimentarios, siendo obligatorio cumplir con todos los requisitos de higiene desde el primer día de producción.
Formularios online
Errores comunes
- ✗No indicar correctamente el código CNAE 10.72 en el modelo 036, lo que puede causar que la actividad se registre de forma incorrecta y afecte a tus obligaciones fiscales y cotización en la Seguridad Social.
- ✗Olvidar obtener la licencia de actividad municipal antes de iniciar la producción, lo que puede resultar en sanciones administrativas y cierre de la actividad por parte del Ayuntamiento.
- ✗No registrar la empresa en la autoridad sanitaria ni cumplir con los requisitos de higiene alimentaria (APPCC), que es obligatorio para fabricantes de productos alimentarios y puede resultar en multas importantes.
- ✗Presentar el modelo 036 fuera del plazo de 10 días hábiles, lo que genera sanciones por presentación tardía incluso si la actividad ya ha comenzado.
- ✗Confundir el epígrafe IAE correcto (105.2) con otros relacionados con alimentación, causando que la cuota del IAE sea incorrecta o que se te asignen obligaciones fiscales que no corresponden.
- ✗No darse de alta en la Seguridad Social como autónomo antes de iniciar la actividad, lo que deja sin cobertura social y genera deudas con la Tesorería de la Seguridad Social.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la diferencia entre el modelo 036 y el 037?▼
¿Tengo que pagar cuota de IAE siendo autónomo con cifra de negocios baja?▼
¿Qué es el código CNAE y por qué es importante para mi actividad?▼
¿Necesito algún certificado especial para fabricar productos alimentarios?▼
¿Cuándo debo presentar mis declaraciones de IVA y IRPF?▼
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