Te recomendamos encarecidamente contratar los servicios de una gestoría especializada en empresas alimentarias. Un gestor experimentado te guiará a través de todos los trámites fiscales, sanitarios y laborales, evitando costosos errores administrativos. Además, te asesorará sobre cumplimiento normativo en seguridad alimentaria y te ayudará con obligaciones periódicas como declaraciones de impuestos y cotizaciones a la Seguridad Social.
Pasos para darse de alta
Obtener el Número de Identidad Fiscal (NIF)
Debes solicitar un NIF provisional si eres persona física. Puedes hacerlo en la Delegación de la AEAT más cercana a tu domicilio presentando tu DNI o pasaporte. Este trámite es gratuito y necesario para cualquier actividad económica en España. El NIF te identificará ante la administración tributaria durante todo el proceso de alta.
Registrarse en el Censo de Actividades Económicas (Modelo 036 o 037)
Debes presentar el modelo 036 (declaración censal general) o 037 (versión simplificada si cumples requisitos) en la AEAT. Este formulario comunica al fisco que inicias la actividad de elaboración de preparados alimenticios dietéticos. Puedes presentarlo telemáticamente a través de la Sede Electrónica de la AEAT o en papel en cualquier delegación. El plazo es antes de iniciar la actividad o dentro de los 10 días posteriores al inicio.
Obtener licencia de actividad municipal y autorización sanitaria
Contacta con el ayuntamiento de tu municipio para solicitar la licencia de actividad económica. Además, siendo una actividad alimentaria, necesitas autorización de la autoridad sanitaria competente (Consejería de Salud de tu comunidad autónoma). Este trámite verifica que tus instalaciones cumplen con normativas de higiene y seguridad alimentaria según el Reglamento (CE) 852/2004.
Registrarse en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias (RGSEAA)
Es obligatorio inscribirse en el RGSEAA para cualquier empresa que fabrique, transforme o distribuya alimentos. Debes hacerlo a través de la plataforma online del RGSEAA proporcionando datos de tu empresa, instalaciones y actividades. Este registro es fundamental para garantizar la trazabilidad y control sanitario de tus productos alimenticios.
Realizar el alta en el régimen de Seguridad Social correspondiente
Como autónomo o responsable de la empresa, debes darte de alta en la Seguridad Social en el régimen de autónomos o como empresa según corresponda. Puedes hacerlo telemáticamente a través de la Sede de la Tesorería General de la Seguridad Social. Este trámite es obligatorio antes de iniciar la actividad y es esencial para tener cobertura sanitaria y prestaciones sociales.
Documentos necesarios para el alta con CNAE 10.86
Plazos importantes
El plazo para presentar el modelo 036 o 037 ante la AEAT es antes de iniciar la actividad o como máximo dentro de los 10 días posteriores al inicio. La solicitud de licencia municipal debe presentarse antes de comenzar la actividad, con un plazo de respuesta típicamente de 30 días. El registro en el RGSEAA debe completarse antes de comercializar tus productos alimenticios. El alta en la Seguridad Social debe realizarse antes de iniciar la actividad económica. Recuerda que las obligaciones fiscales posteriores incluyen la presentación trimestral del modelo 303 (IVA) si tienes cuota de IVA, y la declaración anual del modelo 100 (IRPF) si eres autónomo.
Formularios online
Errores comunes
- ✗Confundir el código CNAE 10.86 con otros códigos de elaboración de alimentos. Este código es específico para preparados alimenticios homogeneizados y dietéticos, no para producción general de alimentos. Si tu actividad es diferente, debes usar otro CNAE correspondiente.
- ✗Olvidar solicitar la autorización sanitaria antes de comenzar la actividad. Esta es una autorización previa obligatoria para empresas alimentarias que no puede tramitarse después de iniciar la producción. Sin ella, incumples la normativa de seguridad alimentaria.
- ✗No registrarse en el RGSEAA pensando que solo es necesario el alta fiscal. El RGSEAA es un requisito legal independiente del registro en la AEAT. Ambos son obligatorios para cualquier empresa que elabore alimentos.
- ✗Presentar el modelo 037 cuando deberías presentar el 036. El modelo 037 solo es válido para personas físicas con actividades muy específicas. Como elaborador de alimentos dietéticos, probablemente necesites el modelo 036.
- ✗No incluir correctamente el epígrafe IAE en el modelo 036. Aunque uses el CNAE 10.86, debes indicar también el epígrafe IAE correspondiente a tu actividad. Consulta con la AEAT cuál es el epígrafe exacto para tu tipo de producción.
- ✗Incumplir con las normativas de etiquetado y composición de alimentos dietéticos. Estos productos están sujetos a regulaciones específicas sobre información nutricional y declaraciones de propiedades. Debes conocer el Reglamento (UE) 1169/2011 sobre información alimentaria.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la diferencia entre el CNAE 10.86 y otros códigos de elaboración de alimentos?▼
¿Es obligatorio el registro en el RGSEAA para mi empresa de alimentos dietéticos?▼
¿Cuánto tiempo tarda todo el proceso de alta desde que inicio los trámites?▼
¿Qué obligaciones fiscales tendré una vez dado de alta con el CNAE 10.86?▼
¿Necesito un certificado de alineación o aprobación de proyectos antes de solicitar la licencia municipal?▼
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