Dada la complejidad de los trámites de alta para una actividad de fabricación de telas no tejidas, que implica coordinación entre la AEAT, la Seguridad Social y posiblemente el Registro Mercantil, te recomendamos encarecidamente que contrates los servicios de una gestoría especializada. Un gestor administrativo o asesor fiscal puede encargarse de presentar todos los formularios en tiempo y forma, garantizar el cumplimiento de plazos, y asesorarte sobre tus obligaciones fiscales y contables futuras como fabricante textil. Esto te permitirá concentrarte en el inicio de tu actividad con la seguridad de que todos los trámites administrativos están en manos de profesionales cualificados.
Pasos para darse de alta
Obtén tu número de identidad y documenta tu situación fiscal
Antes de iniciar cualquier trámite, debes tener tu DNI o NIE en vigor. Si eres persona física, verifica que no estés dado de alta en otra actividad económica como autónomo o empresario. Si eres sociedad mercantil, necesitarás el CIF de la empresa. Reúne toda la documentación de identidad que te será requerida en los siguientes pasos.
Solicita el alta censal mediante el modelo 036 o 037
Debes presentar la declaración censal ante la Agencia Tributaria en los 10 días posteriores al inicio de tu actividad. Como fabricante de telas no tejidas, deberás cumplimentar el modelo 036 (declaración censal general) si eres sociedad mercantil, o el modelo 036/037 si eres persona física. En este formulario indicarás el código CNAE 13.95 y el epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) correspondiente a fabricación textil. Puedes presentarlo de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la AEAT o en papel en cualquier delegación.
Solicita el alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE)
Al presentar el modelo 036/037, automáticamente te darás de alta en el IAE. Sin embargo, debes conocer que como fabricante de telas no tejidas, estarás exento del pago de la cuota del IAE si tu cifra anual de negocios no supera 1.000.000 euros. En caso de superar esta cantidad, deberás abonar la cuota correspondiente al epígrafe de fabricación textil. Verifica con la Administración que tu situación de exención o pago está correctamente registrada.
Solicita el alta en el Régimen de la Seguridad Social correspondiente
Si eres persona física autónoma, debes darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) ante la Seguridad Social en el plazo de 30 días desde el inicio de tu actividad. Si eres sociedad mercantil, deberás darte de alta en el Régimen General de la Seguridad Social como empresa. Este trámite se realiza en la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) y es fundamental para poder ejercer tu actividad de fabricación de telas no tejidas de forma legal.
Obtén el Certificado Digital o Cl@ve para futuras gestiones telemáticas
Para realizar trámites posteriores con la AEAT de forma electrónica (presentación de declaraciones, consultas, etc.), necesitarás autenticarte. Puedes obtener un Certificado Digital de persona física o jurídica, o utilizar el sistema Cl@ve. Ambos te permitirán acceder a la Sede Electrónica de la AEAT y realizar todas tus obligaciones fiscales de forma telemática y segura.
Registra tu actividad en el Registro Mercantil si corresponde
Si constituyes una sociedad mercantil (SL, SA, etc.), deberás inscribir tu empresa en el Registro Mercantil Provincial correspondiente al domicilio de tu establecimiento. Este registro es obligatorio para sociedades y proporciona publicidad oficial a tu empresa. Aunque seas autónomo, es recomendable registrarte en el Registro de Autónomos para mayor seguridad jurídica.
Documentos necesarios para el alta con CNAE 13.95
Plazos importantes
Debes presentar el modelo 036 ante la AEAT en los 10 días posteriores al inicio de tu actividad de fabricación de telas no tejidas. Simultáneamente, tienes 30 días para darte de alta en la Seguridad Social si eres autónomo. A partir de tu alta, estarás obligado a presentar declaraciones de IVA trimestrales (modelo 303) si superas ciertos umbrales de ingresos, y la declaración anual de la renta (modelo 100) antes del 1 de julio del año siguiente. Si tu cifra de negocios supera 1.000.000 euros anuales, deberás abonar la cuota del IAE de forma anual.
Formularios online
Errores comunes
- ✗Confundir el código CNAE 13.95 con otros códigos textiles. Asegúrate de que tu actividad es específicamente la fabricación de telas no tejidas y no la fabricación de textiles tejidos (CNAE 13.10-13.20), ya que los requisitos y obligaciones pueden variar según la clasificación exacta.
- ✗No presentar el modelo 036 dentro del plazo de 10 días desde el inicio de la actividad. Esta presentación tardía puede resultar en sanciones administrativas. Verifica que tu fecha de inicio de actividad sea correcta en el formulario.
- ✗Omitir el epígrafe del IAE correspondiente a fabricación textil en el modelo 036/037. Aunque estés exento de pago si tu cifra de negocios es inferior a 1.000.000 euros, debes indicar el epígrafe correcto para que conste tu actividad en el registro de la AEAT.
- ✗No darse de alta en la Seguridad Social en el plazo de 30 días si eres autónomo. Esta falta de alta puede impedir el ejercicio legal de tu actividad y resultar en sanciones. Asegúrate de completar este trámite simultáneamente con el alta censal.
- ✗Proporcionar datos incompletos o incorrectos sobre tu domicilio o actividad. Cualquier error en la dirección del establecimiento o en la descripción de tu actividad puede retrasar el procesamiento de tu solicitud o causar problemas en futuras inspecciones.
- ✗No conservar copia de la documentación presentada. Guarda todos los justificantes de presentación de modelos, altas en Seguridad Social y correspondencia con la AEAT para futuras consultas o aclaraciones.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la diferencia entre el modelo 036 y el 037 para darse de alta?▼
¿Estoy obligado a pagar la cuota del IAE como fabricante de telas no tejidas?▼
¿Qué obligaciones fiscales tendré una vez dado de alta con el CNAE 13.95?▼
¿Puedo cambiar mi código CNAE después de darme de alta?▼
¿Necesito algún permiso especial o licencia para fabricar telas no tejidas?▼
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