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CNAE 18.12Trámites de alta

Alta CNAE 18.12: Otras actividades de impresión y artes gráficas

Considera la posibilidad de contratar a una gestoría especializada en artes gráficas e impresión para que te acompañe en todo el proceso de alta y en la gestión posterior de tus obligaciones fiscales. Una gestoría experimentada puede ayudarte a evitar errores en la clasificación CNAE, optimizar tu régimen fiscal (autónomo, sociedad limitada, etc.), gestionar correctamente la presentación de modelos 036/037, 303 de IVA y 100 de Renta, y asesorarte sobre incentivos fiscales específicos para el sector de artes gráficas. El coste de una gestoría es generalmente menor que las sanciones que podrías recibir por errores administrativos.

Pasos para darse de alta

1

Obtén tu número de identidad fiscal (NIF)

Si aún no dispones de NIF, debes solicitarlo en la Delegación de la Agencia Tributaria más cercana a tu domicilio o a través de la Sede Electrónica de la AEAT. Necesitarás presentar tu documento de identidad original. Si eres ciudadano extranjero sin NIE, deberás tramitar primero el Número de Identidad de Extranjero. Este paso es fundamental, ya que sin NIF no puedes realizar ningún trámite fiscal.

2

Prepara la documentación necesaria

Reúne todos los documentos requeridos: fotocopia de tu DNI o pasaporte, comprobante de domicilio (recibo de servicios o contrato de alquiler), documentación bancaria si vas a solicitar ayudas, y cualquier certificado de formación profesional o técnica relacionada con artes gráficas que poseas. Asegúrate de que todos los documentos estén actualizados y legibles. Organiza la documentación de forma clara para agilizar el proceso.

3

Presenta la declaración censal (modelo 036 o 037)

Accede a la Sede Electrónica de la AEAT e introduce el modelo 036 (si eres persona jurídica o persona física sin requisitos para el 037) o modelo 037 (si eres persona física autónoma que cumple los requisitos de simplificación). En el modelo deberás indicar el código CNAE 18.12 y el epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) correspondiente a impresión y artes gráficas. Completa todos los campos obligatorios con precisión, especialmente los datos de actividad económica y domicilio fiscal.

4

Realiza el alta en el Régimen de la Seguridad Social

Si eres autónomo, debes darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social. Puedes hacerlo presencialmente en la Tesorería de la Seguridad Social de tu zona o a través de la Sede de la Seguridad Social. Necesitarás tu NIF y la documentación de identidad. El alta en la Seguridad Social debe realizarse en un plazo máximo de 30 días desde el inicio de tu actividad económica.

5

Solicita la afiliación y alta en el IAE

Una vez presentado el modelo 036/037, la AEAT te asignará automáticamente un número de identificación en el Impuesto de Actividades Económicas. Verifica que el epígrafe asignado es correcto para tu actividad de impresión y artes gráficas. Si tu cifra de negocios es inferior a 1.000.000€, estarás exento del pago de la cuota del IAE. Guarda el justificante de presentación del modelo 036/037, ya que lo necesitarás para otros trámites.

6

Abre una cuenta bancaria a nombre de tu actividad

Es altamente recomendable abrir una cuenta bancaria específica para tu actividad de impresión y artes gráficas. Esto te facilitará la contabilidad y la presentación de cuentas anuales. Acude a tu banco con tu NIF, documentación de identidad y el justificante de presentación del modelo 036/037. Una cuenta separada también mejora la organización de tus registros contables y facilita las inspecciones tributarias.

Documentos necesarios para el alta con CNAE 18.12

DNI o pasaporte en vigor Debes presentar una fotocopia compulsada o verificada del documento de identidad. Si eres ciudadano extranjero, necesitarás el NIE expedido por la Delegación de la Policía Nacional. Puedes obtener copias compulsadas en notarías, juzgados o en la propia AEAT.
Comprobante de domicilio fiscal Presenta un recibo de servicios (electricidad, agua, gas, teléfono) de los últimos tres meses, un contrato de alquiler vigente, o un certificado de empadronamiento. El comprobante debe estar a tu nombre y mostrar claramente la dirección donde ejercerás la actividad de impresión y artes gráficas.
Documentación sobre locales e instalaciones Si dispones de un local comercial o taller, aporta documentación que acredite tu derecho de uso: escritura de propiedad, contrato de alquiler, o contrato de comodato. Para actividades de impresión, es importante documentar dónde ubicarás los equipos de impresión y las áreas de trabajo.
Número de cuenta bancaria Proporciona el IBAN de tu cuenta bancaria personal o de la empresa. Este dato es necesario para que la AEAT pueda comunicarse contigo y para facilitar futuras devoluciones de impuestos. Obtén esta información de tu banco o del extracto de cuenta.
Declaración de inicio de actividad (modelo 036 o 037) Completa y firma el modelo 036 (declaración censal general) o modelo 037 (declaración censal simplificada para autónomos). Estos formularios están disponibles en la Sede Electrónica de la AEAT. El modelo debe incluir el código CNAE 18.12 y el epígrafe del IAE correspondiente a impresión y artes gráficas.
Solicitud de afiliación a la Seguridad Social (si eres autónomo) Completa el formulario de alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos). Lo puedes obtener en la Tesorería de la Seguridad Social, en su sede electrónica o a través de cualquier oficina de gestión de la Seguridad Social. Este documento es obligatorio si vas a ejercer la actividad por cuenta propia.

Plazos importantes

El alta en la AEAT mediante el modelo 036/037 debe realizarse antes de iniciar la actividad económica, aunque legalmente tienes un plazo de 10 días desde el comienzo de la actividad. El alta en la Seguridad Social como autónomo debe efectuarse dentro de los 30 días posteriores al inicio de la actividad. Si tienes obligaciones de IVA, debes presentar declaraciones trimestrales (modelo 303) antes del día 20 del mes siguiente al trimestre. La declaración anual de la Renta (modelo 100) debe presentarse entre abril y junio del año siguiente al ejercicio fiscal. Es recomendable adelantarte a estos plazos para evitar sanciones por presentación tardía.

Formularios online

Errores comunes

  • Indicar un código CNAE incorrecto o genérico en lugar de 18.12. Muchos autónomos seleccionan códigos CNAE relacionados con actividades administrativas en lugar de especificar correctamente que se dedican a impresión y artes gráficas, lo que puede causar problemas en futuras inspecciones tributarias.
  • Confundir el modelo 036 con el 037. El modelo 037 solo es válido para personas físicas autónomas que cumplen ciertos requisitos de simplificación. Si no cumples los requisitos, debes usar obligatoriamente el modelo 036, y usar el formulario incorrecto puede resultar en el rechazo de tu solicitud.
  • Olvidar el alta en la Seguridad Social como autónomo. Muchos emprendedores presentan el modelo 036/037 pero no se dan de alta en el RETA, lo que genera problemas legales y sanciones. El alta en la Seguridad Social es obligatoria y debe realizarse en paralelo al alta en Hacienda.
  • No especificar correctamente el epígrafe del IAE. Para actividades de impresión y artes gráficas, debes indicar el epígrafe correcto (generalmente 721 o similares según el tipo de impresión). Un epígrafe incorrecto puede afectar a tu clasificación tributaria y a tus obligaciones fiscales.
  • Proporcionar un domicilio fiscal incorrecto o que no sea el real lugar de ejercicio de la actividad. La AEAT puede verificar que realmente ejerces la actividad en el domicilio declarado, y un error aquí puede resultar en inspecciones o sanciones.
  • No tener actualizado el comprobante de domicilio. Si el documento que acredita tu domicilio tiene más de tres meses, la AEAT puede rechazarlo. Asegúrate de que cualquier factura de servicios o documento que presentes sea reciente y esté a tu nombre.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre el modelo 036 y el modelo 037?
El modelo 036 es la declaración censal general que pueden presentar cualquier persona física o jurídica que inicia una actividad económica. El modelo 037 es una versión simplificada exclusivamente para personas físicas autónomas que cumplen ciertos requisitos: no tener trabajadores, no ser retenedor de IRPF, no tener obligaciones de presentar IVA trimestral, y no superar determinados límites de ingresos. Si eres autónomo en impresión y artes gráficas y cumples estos requisitos, puedes usar el 037, que es más sencillo. Si tienes dudas sobre cuál corresponde, la AEAT puede asesorarte a través de su teléfono de información.
¿Necesito registrar mi marca o nombre comercial antes de darme de alta?
No es obligatorio registrar tu marca antes de presentar el modelo 036/037, pero es recomendable hacerlo posteriormente si deseas proteger tu identidad comercial. Si pretendes usar un nombre que no sea el tuyo, debes registrarlo en el Registro Mercantil Provincial y luego comunicar el cambio a la AEAT. Para actividades de impresión y artes gráficas, especialmente si creas diseños originales, también puedes considerar registrar tus obras en la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) para proteger tu propiedad intelectual.
¿Estoy obligado a llevar contabilidad siendo autónomo en impresión y artes gráficas?
Como autónomo, estás obligado a llevar un registro de ingresos y gastos (contabilidad simplificada) si tu cifra de negocios no supera 600.000€ anuales. Si superas esa cantidad, debes llevar contabilidad completa con libro diario e inventario. En cualquier caso, debes conservar todos los documentos justificativos (facturas, recibos, nóminas de empleados si los tienes) durante cinco años. Es altamente recomendable utilizar software de contabilidad o contratar a un gestor para que lleve correctamente tus registros contables.
¿Cuál es mi régimen de IVA siendo autónomo en impresión y artes gráficas?
Como autónomo en impresión y artes gráficas, estás sujeto al IVA estándar (actualmente 21%) sobre tus servicios de impresión. Debes presentar declaraciones trimestrales del modelo 303 si tu volumen de operaciones lo requiere. Si tu cifra de negocios es inferior a 400.000€ anuales, puedes acogerte al régimen simplificado de IVA, lo que facilita tu gestión tributaria. Consulta con un gestor para determinar cuál es el régimen más favorable para tu actividad específica de impresión y artes gráficas.
¿Qué obligaciones fiscales tengo después de darme de alta con el CNAE 18.12?
Tus principales obligaciones son: presentar la declaración anual de la Renta (modelo 100) antes de junio; declaraciones trimestrales de IVA (modelo 303) si tienes obligaciones de IVA; mantener registros contables actualizados; conservar facturas y documentos durante cinco años; y pagar las cuotas de autónomo a la Seguridad Social mensualmente. Si tienes empleados, debes presentar nóminas y afiliaciones a la Seguridad Social. También debes comunicar a la AEAT cualquier cambio en tu actividad, domicilio o situación fiscal. Un gestor puede ayudarte a cumplir todas estas obligaciones de forma correcta y a tiempo.

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