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CNAE 20.11Trámites de alta

Alta CNAE 20.11: Fabricación de gases industriales

Te recomendamos encarecidamente contratar los servicios de una gestoría especializada en trámites fiscales y laborales. Un gestor colegiado te asesorará sobre el cumplimiento de todas las obligaciones tributarias, ambientales y de seguridad laboral específicas de la fabricación de gases industriales, te ayudará a presentar correctamente el modelo 036/037, gestionará tus obligaciones periódicas (IVA, IRPF, Seguridad Social) y evitará posibles sanciones por incumplimiento normativo. La inversión en una gestoría se amortiza rápidamente gracias a la tranquilidad y el ahorro de tiempo que proporciona.

Pasos para darse de alta

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Paso 1: Obtén el Número de Identificación Fiscal (NIF)

Antes de iniciar cualquier trámite de alta, debes solicitar un NIF en la Delegación de Hacienda más cercana a tu domicilio o a través de la Sede Electrónica de la AEAT. Si eres persona física, necesitarás tu DNI o documento de identidad válido. Si constituyes una sociedad mercantil, primero deberás inscribir la empresa en el Registro Mercantil Provincial. El NIF es imprescindible para todos los trámites posteriores y para actuar ante la Administración Tributaria.

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Paso 2: Solicita el alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)

Debes presentar el modelo 036 (declaración censal general) o el modelo 037 (declaración censal simplificada, si cumples los requisitos como persona física) en la Delegación de Hacienda correspondiente a tu domicilio o actividad. En el formulario deberás indicar el epígrafe IAE 2.2 (Fabricación de productos químicos) que corresponde a la fabricación de gases industriales. Esta solicitud debe realizarse dentro del mes siguiente al inicio de tu actividad.

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Paso 3: Registra la actividad en el Registro Mercantil (si procede)

Si tu empresa adopta la forma de sociedad mercantil (SL, SA, etc.), debes inscribir la constitución en el Registro Mercantil Provincial de tu provincia. Si eres autónomo o trabajador por cuenta propia, esta inscripción es voluntaria pero recomendable para mayor seguridad jurídica. El registro debe efectuarse antes o simultáneamente con la presentación del modelo 036/037 ante la AEAT.

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Paso 4: Cumple con los requisitos sectoriales y medioambientales

La fabricación de gases industriales está sujeta a normativas específicas de seguridad industrial, protección ambiental y sanitaria. Debes obtener la licencia de actividad en el Ayuntamiento de tu localidad, verificar el cumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, y en su caso, solicitar las autorizaciones ambientales necesarias ante la Consejería de Medio Ambiente de tu comunidad autónoma. También puede ser necesaria la autorización sanitaria si fabricas gases médicos. Estos trámites varían según la ubicación y volumen de producción.

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Paso 5: Solicita el alta en el Régimen de la Seguridad Social

Si eres autónomo, debes afiliarte y darte de alta en la Seguridad Social en el régimen de trabajadores autónomos. Si tienes empleados, deberás inscribir tu empresa en el Régimen General de la Seguridad Social. Esta solicitud debe realizarse en la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) antes del inicio de la actividad o dentro de los plazos establecidos. El alta en Seguridad Social es obligatoria y debe constar en la documentación presentada ante la AEAT.

Documentos necesarios para el alta con CNAE 20.11

Documento Nacional de Identidad (DNI) o pasaporte válido Presentar original en la Delegación de Hacienda o a través de certificado digital en la Sede Electrónica de la AEAT. Si eres persona jurídica, presentar DNI del representante legal.
Escritura de constitución e inscripción en el Registro Mercantil (si eres sociedad mercantil) Obtener en el Registro Mercantil Provincial de tu provincia. Presentar copia certificada junto con el modelo 036 en la Delegación de Hacienda o a través de la Sede Electrónica de la AEAT.
Licencia de actividad municipal Solicitar en el Ayuntamiento del municipio donde se localiza la instalación de fabricación. Adjuntar copia de la licencia al modelo 036/037 o presentarla posteriormente cuando esté disponible.
Autorización ambiental (si procede) Solicitar en la Consejería de Medio Ambiente de tu comunidad autónoma. Necesaria si la instalación supera ciertos umbrales de producción. Presentar copia junto con la documentación de alta.
Autorización sanitaria (si fabricas gases médicos) Solicitar en la Consejería de Sanidad de tu comunidad autónoma. Imprescindible si la actividad incluye fabricación de gases para uso médico. Presentar junto con el resto de documentación.
Certificado de afiliación y alta en la Seguridad Social Obtener en la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) o a través de su sede electrónica. Presentar copia junto con el modelo 036/037 para acreditar el cumplimiento de obligaciones en Seguridad Social.
Justificante de domicilio (recibo de agua, luz, gas o contrato de alquiler) Presentar documento oficial reciente (máximo 3 meses) que acredite el domicilio del solicitante o la ubicación de la actividad. Puede ser recibo de suministro o contrato de arrendamiento.

Plazos importantes

El alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas debe solicitarse dentro del mes siguiente al inicio de tu actividad. Si no presentas el modelo 036/037 en plazo, la AEAT puede abrir un procedimiento de oficio para regularizar tu situación tributaria. La licencia de actividad municipal debe obtenerse antes de iniciar la fabricación de gases. El alta en la Seguridad Social debe efectuarse antes del inicio de la actividad o, como máximo, en el plazo establecido por la ley (generalmente antes de que comience la prestación de servicios). Las obligaciones periódicas incluyen: presentación de la declaración del IVA (modelos 303 trimestral o 390 anual), declaración de la renta (modelo 100 anual si eres autónomo), y cotizaciones mensuales a la Seguridad Social.

Formularios online

Errores comunes

  • No solicitar la licencia de actividad municipal antes de presentar el modelo 036/037. La AEAT puede rechazar tu solicitud si no acreditas que tienes permiso para ejercer la actividad en esa ubicación específica.
  • Confundir el epígrafe IAE correcto. Algunos solicitantes indican códigos CNAE sin especificar el epígrafe IAE correspondiente (2.2 - Fabricación de productos químicos), lo que retrasa la tramitación.
  • Olvidar inscribirse en el Registro Mercantil si constituyes una sociedad mercantil. Este paso es imprescindible antes de presentar el modelo 036 y su omisión causa rechazos administrativos.
  • No obtener las autorizaciones ambientales y sanitarias necesarias. La fabricación de gases industriales requiere cumplimiento normativo específico que debe acreditarse ante la AEAT.
  • Presentar documentación incompleta o con datos inconsistentes entre el NIF, el Registro Mercantil y el modelo 036/037, causando retrasos en la tramitación.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre el modelo 036 y el modelo 037?
El modelo 036 es la declaración censal general que pueden presentar todas las personas físicas y jurídicas. El modelo 037 es la declaración censal simplificada, que solo pueden utilizar personas físicas (autónomos) que no tienen empleados y cumplen ciertos requisitos de cifra de negocios. Para la fabricación de gases industriales, probablemente necesites el modelo 036 si tienes empleados o constituyes una sociedad mercantil, y el modelo 037 solo si eres autónomo sin trabajadores a tu cargo.
¿Necesito autorización ambiental para fabricar gases industriales?
Sí, en la mayoría de casos necesitarás autorización ambiental. La fabricación de gases industriales está considerada actividad potencialmente contaminante según la legislación ambiental española. Debes solicitar esta autorización en la Consejería de Medio Ambiente de tu comunidad autónoma antes de iniciar la actividad. El requisito específico y el tipo de autorización dependen del volumen de producción y la ubicación de la instalación.
¿Tengo que pagar cuota del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)?
La cuota del IAE está exenta para autónomos cuya cifra de negocios sea inferior a 1.000.000 euros anuales. Si tu volumen de producción y ventas está por debajo de este umbral, no deberás pagar la cuota del IAE, aunque sí debes darte de alta en el censo de actividades (modelo 036 o 037). Si superas este límite o constituyes una sociedad mercantil, deberás pagar la cuota correspondiente al epígrafe 2.2.
¿Cuáles son las obligaciones tributarias periódicas una vez dado de alta?
Debes presentar trimestralmente el modelo 303 (declaración del IVA) si estás acogido al régimen general de IVA, o anualmente el modelo 390 si utilizas el régimen simplificado. Anualmente debes presentar el modelo 100 (declaración de la renta) si eres autónomo. Además, debes cotizar mensualmente a la Seguridad Social si eres autónomo, o inscribir a tus empleados en el Régimen General si tienes trabajadores. Estos trámites pueden presentarse electrónicamente a través de la Sede Electrónica de la AEAT.
¿Puedo presentar el modelo 036/037 de forma telemática?
Sí, puedes presentar el modelo 036/037 completamente de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la AEAT (https://sede.agenciatributaria.gob.es) utilizando tu certificado digital o el sistema Cl@ve. Esta es la forma más rápida y segura de presentar la solicitud. También puedes presentarlo de forma presencial en la Delegación de Hacienda correspondiente a tu domicilio o actividad, aunque esto implica mayor tiempo de tramitación.

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