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CNAE 20.42Trámites de alta

Alta CNAE 20.42: Fabricación de productos de perfumería y cosmética

Te recomendamos encarecidamente que contrates los servicios de una gestoría especializada en trámites fiscales y laborales. Una gestoría te ayudará a completar correctamente todos los formularios, a evitar errores comunes que pueden resultar costosos, y a garantizar que cumples con todas las obligaciones legales desde el primer momento. Además, una gestoría te asesorará sobre las mejores opciones fiscales para tu negocio de fabricación de cosméticos y te mantendrá al día con tus obligaciones contables y tributarias periódicas.

Pasos para darse de alta

1

Obtén tu Número de Identidad Fiscal (NIF)

Si aún no tienes NIF, debes solicitarlo en la Delegación de la AEAT más cercana a tu domicilio o a través de la Sede Electrónica. Necesitarás tu documento de identidad original y el formulario correspondiente. Este trámite es imprescindible para poder darte de alta en el Censo de Actividades Económicas y en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).

2

Solicita el alta en el Censo de Actividades Económicas (modelo 036 o 037)

Debes presentar la declaración censal correspondiente a tu tipo de actividad. Si eres una persona física que cumple los requisitos, puedes utilizar el modelo 037 (versión simplificada). En caso contrario, utiliza el modelo 036 (declaración general). En ambos casos, deberás indicar el código CNAE 20.42 y el epígrafe IAE correspondiente a la fabricación de cosméticos. Esta solicitud se puede presentar de forma presencial, telemática o a través de una gestoría.

3

Solicita el alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE)

El IAE es un impuesto local que grava el ejercicio de actividades económicas. Debes darte de alta en el IAE en el ayuntamiento del municipio donde desarrolles tu actividad. El epígrafe correspondiente a la fabricación de productos de perfumería y cosmética es el 291.1 (Fabricación de productos químicos diversos). Ten en cuenta que la cuota del IAE está exenta si tu cifra de negocios es inferior a 1.000.000 euros anuales.

4

Afiliate a la Seguridad Social como autónomo (si procede)

Si eres una persona física que ejerce la actividad por cuenta propia, debes afiliarte a la Seguridad Social en el régimen de autónomos. Puedes hacer esto a través de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) o a través de su sede electrónica. Necesitarás tu NIF y datos personales. La afiliación debe realizarse antes de comenzar la actividad económica.

5

Abre una cuenta bancaria a nombre de tu negocio

Es altamente recomendable abrir una cuenta bancaria específica para tu actividad de fabricación de cosméticos. Esto facilitará la gestión contable, el control de ingresos y gastos, y la presentación de declaraciones fiscales. Acude a tu banco con tu NIF, documento de identidad y comprobante de domicilio para abrir la cuenta.

6

Registra tu empresa en el Registro Mercantil (si es sociedad)

Si tu actividad se desarrolla a través de una sociedad mercantil (SL, SA, etc.), debes inscribir la empresa en el Registro Mercantil Provincial. Este trámite es obligatorio para sociedades y debe realizarse dentro de los plazos establecidos. Puedes hacerlo de forma presencial o telemática a través de la Sede Electrónica del Registro Mercantil.

Documentos necesarios para el alta con CNAE 20.42

Documento Nacional de Identidad (DNI) o pasaporte Debes tener tu documento de identidad original vigente. Si eres extranjero, necesitarás tu pasaporte o documento de identidad de tu país de origen. Este documento es imprescindible para identificarte ante la AEAT y para obtener tu NIF.
Número de Identidad Fiscal (NIF) Si aún no tienes NIF, solicítalo en la Delegación de la AEAT o a través de la Sede Electrónica (https://sede.agenciatributaria.gob.es). El NIF es tu identificador único ante la administración tributaria y es obligatorio para darte de alta.
Comprobante de domicilio Necesitas un documento que acredite tu domicilio actual, como una factura de servicios (agua, luz, gas, teléfono), un contrato de alquiler o una escritura de propiedad. Este documento debe ser reciente (no más de tres meses) y estar a tu nombre.
Formulario de declaración censal (modelo 036 o 037) Obtén el formulario en la Sede Electrónica de la AEAT (https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/GC36.shtml) o en cualquier oficina de la AEAT. El modelo 036 es la declaración general y el 037 es la versión simplificada para personas físicas que cumplen ciertos requisitos.
Certificado de compatibilidad de actividad (si procede)
Datos de la actividad económica Prepara información detallada sobre tu actividad: descripción de los productos que fabricarás, instalaciones disponibles, empleados (si los hay), cifra de negocios estimada y epígrafe IAE correspondiente (291.1 para fabricación de cosméticos). Esta información es necesaria para completar correctamente el modelo 036/037.
Justificante de pago de derechos (si procede) En algunos casos, es necesario pagar derechos de tramitación. Consulta con la AEAT sobre si tu solicitud está sujeta a pago y realiza el pago a través de los medios indicados en la Sede Electrónica.

Plazos importantes

El alta en el Censo de Actividades Económicas debe solicitarse antes de iniciar la actividad económica. Legalmente, tienes un plazo de 30 días desde el comienzo de la actividad para presentar la declaración censal; sin embargo, es recomendable hacerlo antes de comenzar. El alta en el IAE debe solicitarse en el ayuntamiento del municipio donde desarrolles la actividad, generalmente antes del 31 de enero de cada año para nuevas altas. Si eres autónomo, la afiliación a la Seguridad Social debe realizarse antes de iniciar la actividad. Una vez dado de alta, deberás presentar declaraciones fiscales periódicas (trimestrales si estás sujeto a IVA, anuales para el IRPF) según tu situación específica.

Formularios online

Errores comunes

  • Confundir el código CNAE con el epígrafe IAE. El CNAE 20.42 es una clasificación estadística del INE, mientras que el epígrafe IAE 291.1 es la categoría fiscal local. Ambos son necesarios pero son conceptos diferentes que no deben mezclarse.
  • No solicitar el alta en el IAE en el ayuntamiento correspondiente. Muchos emprendedores olvidan este trámite local y luego tienen problemas de cumplimiento normativo. El IAE es obligatorio aunque estés exento de pago si tu cifra de negocios es inferior a 1.000.000 euros.
  • Presentar el modelo 037 cuando corresponde el modelo 036. El modelo 037 solo es válido para personas físicas que cumplen requisitos específicos (no tener trabajadores, cifra de negocios limitada, etc.). Si no cumples todos los requisitos, debes usar el modelo 036.
  • No afiliarse a la Seguridad Social como autónomo antes de comenzar la actividad. Este trámite es obligatorio y debe realizarse previamente para evitar sanciones y problemas con prestaciones sociales.
  • Omitir la descripción detallada de la actividad en la declaración censal. Es importante especificar que fabricarás productos de perfumería y cosmética (CNAE 20.42) con precisión, ya que esto determina tus obligaciones fiscales y laborales.
  • No tener un domicilio claro para la actividad. Si trabajas desde casa, asegúrate de que el ayuntamiento permite esta actividad en la zona residencial y obtén los certificados necesarios de compatibilidad de uso.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre el CNAE 20.42 y el epígrafe IAE 291.1?
El CNAE (Clasificación Nacional de Actividades Económicas) es una clasificación estadística del Instituto Nacional de Estadística (INE) que categoriza las actividades económicas con fines estadísticos. El epígrafe IAE (Impuesto de Actividades Económicas) es una categoría fiscal local utilizada por los ayuntamientos para gravar la actividad económica. Ambos son necesarios: debes indicar el CNAE 20.42 en tu declaración censal a la AEAT y el epígrafe IAE 291.1 en el ayuntamiento. No son sinónimos, aunque están relacionados.
¿Tengo que pagar el IAE si fabrico cosméticos?
La cuota del IAE está exenta si tu cifra de negocios anual es inferior a 1.000.000 euros. Sin embargo, aunque estés exento de pago, debes darte de alta en el IAE en el ayuntamiento de tu municipio. Esto significa que no tendrás que pagar la cuota, pero sí debes realizar el trámite administrativo de alta. Si tu cifra de negocios supera 1.000.000 euros anuales, deberás pagar la cuota correspondiente al epígrafe 291.1.
¿Puedo usar el modelo 037 para darme de alta en la fabricación de cosméticos?
El modelo 037 es la versión simplificada de la declaración censal y solo está disponible para personas físicas que cumplen requisitos específicos: no tener trabajadores, no tener establecimiento fijo, cifra de negocios limitada y otras condiciones. Si eres una persona física que fabrica cosméticos sin trabajadores y cumples todos los requisitos, podrías usar el modelo 037. En caso contrario, debes usar el modelo 036 (declaración general). Consulta con la AEAT si tienes dudas sobre cuál es el formulario correcto para tu situación.
¿Cuándo debo presentar la declaración censal?
Legalmente, tienes un plazo de 30 días desde el comienzo de tu actividad de fabricación de cosméticos para presentar la declaración censal. Sin embargo, es altamente recomendable presentarla ANTES de comenzar la actividad. Esto evita posibles sanciones y asegura que estés correctamente registrado desde el primer momento. Puedes presentarla de forma presencial en cualquier oficina de la AEAT, telemáticamente a través de la Sede Electrónica, o a través de una gestoría.
¿Necesito contratar a una gestoría para darme de alta?
No es obligatorio, pero es altamente recomendable. Una gestoría especializada te ayudará a completar correctamente todos los formularios, a evitar errores que pueden resultar en sanciones, y a asegurar que cumples con todas las obligaciones legales. Además, una gestoría te asesorará sobre la mejor estructura fiscal para tu negocio de fabricación de cosméticos y te mantendrá al día con tus obligaciones contables y tributarias periódicas. Si decides hacerlo por tu cuenta, asegúrate de tener una comprensión clara de todos los trámites y de consultar con la AEAT si tienes dudas.

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