Te recomendamos encarecidamente que contrates los servicios de una gestoría especializada en trámites fiscales y laborales. Una gestoría te ayudará a completar correctamente todos los formularios, a evitar errores comunes que pueden resultar costosos, y a garantizar que cumples con todas las obligaciones legales desde el primer momento. Además, una gestoría te asesorará sobre las mejores opciones fiscales para tu negocio de fabricación de cosméticos y te mantendrá al día con tus obligaciones contables y tributarias periódicas.
Pasos para darse de alta
Obtén tu Número de Identidad Fiscal (NIF)
Si aún no tienes NIF, debes solicitarlo en la Delegación de la AEAT más cercana a tu domicilio o a través de la Sede Electrónica. Necesitarás tu documento de identidad original y el formulario correspondiente. Este trámite es imprescindible para poder darte de alta en el Censo de Actividades Económicas y en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
Solicita el alta en el Censo de Actividades Económicas (modelo 036 o 037)
Debes presentar la declaración censal correspondiente a tu tipo de actividad. Si eres una persona física que cumple los requisitos, puedes utilizar el modelo 037 (versión simplificada). En caso contrario, utiliza el modelo 036 (declaración general). En ambos casos, deberás indicar el código CNAE 20.42 y el epígrafe IAE correspondiente a la fabricación de cosméticos. Esta solicitud se puede presentar de forma presencial, telemática o a través de una gestoría.
Solicita el alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE)
El IAE es un impuesto local que grava el ejercicio de actividades económicas. Debes darte de alta en el IAE en el ayuntamiento del municipio donde desarrolles tu actividad. El epígrafe correspondiente a la fabricación de productos de perfumería y cosmética es el 291.1 (Fabricación de productos químicos diversos). Ten en cuenta que la cuota del IAE está exenta si tu cifra de negocios es inferior a 1.000.000 euros anuales.
Afiliate a la Seguridad Social como autónomo (si procede)
Si eres una persona física que ejerce la actividad por cuenta propia, debes afiliarte a la Seguridad Social en el régimen de autónomos. Puedes hacer esto a través de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) o a través de su sede electrónica. Necesitarás tu NIF y datos personales. La afiliación debe realizarse antes de comenzar la actividad económica.
Abre una cuenta bancaria a nombre de tu negocio
Es altamente recomendable abrir una cuenta bancaria específica para tu actividad de fabricación de cosméticos. Esto facilitará la gestión contable, el control de ingresos y gastos, y la presentación de declaraciones fiscales. Acude a tu banco con tu NIF, documento de identidad y comprobante de domicilio para abrir la cuenta.
Registra tu empresa en el Registro Mercantil (si es sociedad)
Si tu actividad se desarrolla a través de una sociedad mercantil (SL, SA, etc.), debes inscribir la empresa en el Registro Mercantil Provincial. Este trámite es obligatorio para sociedades y debe realizarse dentro de los plazos establecidos. Puedes hacerlo de forma presencial o telemática a través de la Sede Electrónica del Registro Mercantil.
Documentos necesarios para el alta con CNAE 20.42
Plazos importantes
El alta en el Censo de Actividades Económicas debe solicitarse antes de iniciar la actividad económica. Legalmente, tienes un plazo de 30 días desde el comienzo de la actividad para presentar la declaración censal; sin embargo, es recomendable hacerlo antes de comenzar. El alta en el IAE debe solicitarse en el ayuntamiento del municipio donde desarrolles la actividad, generalmente antes del 31 de enero de cada año para nuevas altas. Si eres autónomo, la afiliación a la Seguridad Social debe realizarse antes de iniciar la actividad. Una vez dado de alta, deberás presentar declaraciones fiscales periódicas (trimestrales si estás sujeto a IVA, anuales para el IRPF) según tu situación específica.
Formularios online
Errores comunes
- ✗Confundir el código CNAE con el epígrafe IAE. El CNAE 20.42 es una clasificación estadística del INE, mientras que el epígrafe IAE 291.1 es la categoría fiscal local. Ambos son necesarios pero son conceptos diferentes que no deben mezclarse.
- ✗No solicitar el alta en el IAE en el ayuntamiento correspondiente. Muchos emprendedores olvidan este trámite local y luego tienen problemas de cumplimiento normativo. El IAE es obligatorio aunque estés exento de pago si tu cifra de negocios es inferior a 1.000.000 euros.
- ✗Presentar el modelo 037 cuando corresponde el modelo 036. El modelo 037 solo es válido para personas físicas que cumplen requisitos específicos (no tener trabajadores, cifra de negocios limitada, etc.). Si no cumples todos los requisitos, debes usar el modelo 036.
- ✗No afiliarse a la Seguridad Social como autónomo antes de comenzar la actividad. Este trámite es obligatorio y debe realizarse previamente para evitar sanciones y problemas con prestaciones sociales.
- ✗Omitir la descripción detallada de la actividad en la declaración censal. Es importante especificar que fabricarás productos de perfumería y cosmética (CNAE 20.42) con precisión, ya que esto determina tus obligaciones fiscales y laborales.
- ✗No tener un domicilio claro para la actividad. Si trabajas desde casa, asegúrate de que el ayuntamiento permite esta actividad en la zona residencial y obtén los certificados necesarios de compatibilidad de uso.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la diferencia entre el CNAE 20.42 y el epígrafe IAE 291.1?▼
¿Tengo que pagar el IAE si fabrico cosméticos?▼
¿Puedo usar el modelo 037 para darme de alta en la fabricación de cosméticos?▼
¿Cuándo debo presentar la declaración censal?▼
¿Necesito contratar a una gestoría para darme de alta?▼
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