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CNAE 20.59Trámites de alta

Alta CNAE 20.59: Fabricación de otros productos químicos n.c.o.p.

Dada la complejidad de las normativas aplicables a la fabricación de productos químicos (REACH, prevención de riesgos laborales, normativa ambiental, almacenamiento de sustancias peligrosas), te recomendamos encarecidamente que contrates los servicios de una gestoría especializada en química industrial. Una gestoría experta te ayudará a cumplir correctamente con todos los requisitos legales, a presentar la documentación adecuada ante la AEAT y la Seguridad Social, y a mantener tu actividad regularizada ante todas las administraciones. El coste de una gestoría es muy inferior al de las sanciones que podrías recibir por incumplimiento normativo.

Pasos para darse de alta

1

Obtén tu número de identificación fiscal (NIF)

Si aún no dispones de NIF, debes solicitarlo en la Delegación de la Agencia Tributaria más cercana a tu domicilio o a través de la Sede Electrónica de la AEAT. Necesitarás tu documento de identidad original y una copia. Este trámite es gratuito y es el primer paso imprescindible para cualquier actividad empresarial en España. El NIF te identificará ante la Administración Tributaria durante toda tu vida empresarial.

2

Presenta la declaración censal (Modelo 036 o 037)

Debes presentar el Modelo 036 (declaración censal general) o el Modelo 037 (declaración censal simplificada) en la Delegación de Hacienda correspondiente a tu domicilio o a través de la Sede Electrónica de la AEAT. En este formulario deberás indicar tu código CNAE 20.59 y el epígrafe IAE 341. La presentación debe hacerse dentro del mes siguiente al inicio de la actividad. Este documento es obligatorio para que la AEAT te inscriba en el Censo de Obligados a Declarar.

3

Solicita la afiliación a la Seguridad Social

Como trabajador autónomo, debes afiliarte a la Seguridad Social en la Tesorería de la Seguridad Social correspondiente a tu provincia. Necesitarás tu NIF, documento de identidad y el justificante de presentación del Modelo 036/037. La afiliación debe realizarse antes de iniciar la actividad y te dará derecho a prestaciones como jubilación, incapacidad temporal y otras coberturas sociales. Es un trámite obligatorio que no puede demorarse.

4

Registra tu actividad en el Régimen de Actividades Económicas (IAE)

Tras presentar el Modelo 036/037, la AEAT te asignará automáticamente el epígrafe IAE 341 correspondiente a tu actividad de fabricación de productos químicos diversos. Si tu cifra de negocios anual es inferior a 1.000.000 euros, estarás exento del pago de la cuota anual del IAE. Debes conservar este registro actualizado y comunicar cualquier cambio en tu actividad o situación tributaria.

5

Obtén licencia de actividad municipal y cumple normativas de seguridad

Dado que fabricas productos químicos, algunos potencialmente peligrosos (explosivos, productos pirotécnicos, líquidos inflamables), debes solicitar la licencia de actividad al Ayuntamiento de tu municipio. Además, deberás cumplir con la normativa de seguridad industrial, protección ambiental y almacenamiento de sustancias peligrosas según la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y la normativa REACH. Es imprescindible que realices una evaluación de riesgos y dispongas de medidas de seguridad adecuadas en tu instalación.

6

Cumple con obligaciones tributarias periódicas

Deberás presentar trimestralmente el Modelo 303 (declaración de IVA) si tienes obligación de declarar IVA, y anualmente el Modelo 100 (declaración de la renta). Si tus ingresos superan ciertos umbrales o tienes trabajadores, también deberás presentar declaraciones de retenciones e ingresos a cuenta. Estas obligaciones son imprescindibles para mantener tu situación regular ante la AEAT.

Documentos necesarios para el alta con CNAE 20.59

Documento Nacional de Identidad (DNI) o Pasaporte Original que debes presentar en la Delegación de Hacienda o Tesorería de la Seguridad Social. Puedes obtenerlo en las comisarías de Policía Nacional o en las delegaciones de la Policía Nacional. Es el documento de identificación personal obligatorio en España.
Certificado de Empadronamiento Solicítalo en el Ayuntamiento de tu municipio de residencia. Es necesario para acreditar tu domicilio fiscal y es requerido tanto en la AEAT como en la Seguridad Social. Generalmente lo puedes obtener de forma inmediata en las oficinas municipales.
Justificante de presentación del Modelo 036/037 Obtendrás este justificante al presentar la declaración censal en la AEAT, bien de forma presencial en la Delegación de Hacienda o a través de la Sede Electrónica. Es imprescindible para la afiliación a la Seguridad Social y acredita tu inscripción en el Censo de Obligados a Declarar.
Documentación sobre tu local o instalación de fabricación Debes disponer de la documentación que acredite tu derecho a ocupar el espacio donde realizarás la actividad (contrato de alquiler, escritura de propiedad, etc.). Esta documentación es necesaria para solicitar la licencia municipal y cumplir con normativas de seguridad e higiene.
Evaluación de Riesgos Laborales y Plan de Seguridad Deberás encargarlo a un técnico en prevención de riesgos laborales o a una empresa especializada. Este documento es obligatorio según la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y debe adaptarse específicamente a la fabricación de productos químicos. Es imprescindible para la licencia municipal y para operar de forma legal.
Documentación sobre cumplimiento de normativa REACH y sustancias peligrosas Obtén asesoramiento de un técnico especializado en química industrial o consulta la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos (ECHA). Debes documentar cómo almacenas, manipulas y transportas las sustancias químicas peligrosas según la normativa europea y española.

Plazos importantes

Debes presentar el Modelo 036/037 dentro del mes siguiente al inicio de tu actividad empresarial. La afiliación a la Seguridad Social debe realizarse antes de comenzar a trabajar, preferiblemente el mismo día que presentas la declaración censal. Respecto a obligaciones periódicas, deberás presentar el Modelo 303 (IVA) trimestralmente si tienes obligación de declarar, y el Modelo 100 (declaración anual de la renta) antes del 30 de junio del año siguiente al ejercicio fiscal. Si tienes trabajadores, deberás presentar las cotizaciones a la Seguridad Social antes del día 20 de cada mes. El incumplimiento de estos plazos puede resultar en sanciones económicas importantes.

Formularios online

Errores comunes

  • Confundir el código CNAE 20.59 con otros códigos de fabricación química como 20.11 (fabricación de gases industriales) o 20.13 (fabricación de pigmentos y colorantes). Es crucial seleccionar correctamente el CNAE 20.59 en el Modelo 036/037 para que tu actividad quede correctamente clasificada estadísticamente.
  • Olvidar que la fabricación de productos químicos, especialmente explosivos y productos pirotécnicos, requiere licencias y autorizaciones especiales del Ayuntamiento y posiblemente del Ministerio del Interior. No presentar estas solicitudes a tiempo puede resultar en la suspensión de tu actividad.
  • No realizar la evaluación de riesgos laborales específica para la fabricación de productos químicos. Muchos autónomos presentan evaluaciones genéricas que no se adaptan a los peligros reales de su actividad, lo que puede resultar en sanciones de la Inspección de Trabajo.
  • Indicar incorrectamente el epígrafe IAE en el Modelo 036/037. Para el CNAE 20.59, el epígrafe correcto es el 341 (Fabricación de productos químicos diversos). Si seleccionas otro epígrafe, tu inscripción será incorrecta.
  • No cumplir con la normativa REACH (Registro, Evaluación, Autorización y Restricción de Sustancias Químicas) de la Unión Europea. Si fabricas sustancias químicas, debes registrarlas en la ECHA y cumplir con todas las obligaciones de seguridad y etiquetado.
  • Presentar el Modelo 037 (simplificado) cuando deberías presentar el Modelo 036 (general). El Modelo 037 solo es válido para personas físicas con ciertas limitaciones de ingresos y actividades. La fabricación de productos químicos generalmente requiere el Modelo 036.
  • No solicitar la afiliación a la Seguridad Social antes de iniciar la actividad. Esto puede resultar en sanciones y en la pérdida de cobertura social durante el período en que estuviste trabajando sin estar afiliado.

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre el Modelo 036 y el Modelo 037?
El Modelo 036 es la declaración censal general que pueden presentar cualquier persona física o jurídica que inicie una actividad económica. El Modelo 037 es una versión simplificada que solo pueden presentar personas físicas que cumplan ciertos requisitos (no tener trabajadores, no exceder ciertos ingresos, etc.). Para la fabricación de productos químicos, generalmente deberás presentar el Modelo 036 porque es una actividad más compleja que suele requerir la forma general.
¿Tengo que pagar la cuota del IAE si me doy de alta con el CNAE 20.59?
Si tu cifra de negocios anual es inferior a 1.000.000 euros, estarás exento del pago de la cuota anual del IAE. Sin embargo, debes estar inscrito en el Régimen de Actividades Económicas (IAE) con el epígrafe 341 correspondiente. Si tu cifra de negocios supera ese umbral, deberás pagar la cuota anual, que se establece según la Ley de Haciendas Locales.
¿Qué trámites especiales necesito si fabrico explosivos o productos pirotécnicos?
La fabricación de explosivos y productos pirotécnicos está sujeta a autorizaciones especiales del Ministerio del Interior y requiere cumplimiento estricto de normativas de seguridad. Debes solicitar una licencia específica al Ayuntamiento, realizar evaluaciones de riesgos especializadas, disponer de almacenamiento seguro, y contar con personal cualificado. Te recomendamos que consultes con el Ministerio del Interior y con una gestoría especializada antes de iniciar esta actividad.
¿Cuándo debo presentar el Modelo 303 (IVA) si fabrico productos químicos?
Debes presentar el Modelo 303 trimestralmente si tienes obligación de declarar IVA. La obligación depende de tu cifra de negocios y de si estás sujeto al régimen de IVA. Generalmente, si tus ingresos superan ciertos umbrales o tienes clientes empresariales, estarás obligado a declarar IVA. Los plazos de presentación son: enero-marzo (antes del 20 de abril), abril-junio (antes del 20 de julio), julio-septiembre (antes del 20 de octubre), y octubre-diciembre (antes del 20 de enero del año siguiente).
¿Necesito algún permiso especial para almacenar y transportar productos químicos peligrosos?
Sí, necesitas cumplir con normativas específicas de almacenamiento y transporte de sustancias peligrosas. Debes cumplir con la normativa REACH de la Unión Europea, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, y las regulaciones locales sobre almacenamiento de productos químicos. Para el transporte, debes cumplir con la normativa ADR (Acuerdo Europeo sobre Transporte de Mercancías Peligrosas). Te recomendamos que consultes con un técnico especializado en seguridad química industrial para asegurar que tu instalación cumple todos los requisitos.

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