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CNAE 23.15Trámites de alta

Alta CNAE 23.15: Fabricación y manipulado de otro vidrio, incluido el vidrio técnico

Te recomendamos encarecidamente que contrates los servicios de una gestoría especializada en trámites fiscales y laborales para tu empresa de fabricación de vidrio técnico. Una gestoría te ayudará a cumplir correctamente con todos los requisitos de la AEAT, a presentar la declaración censal sin errores, a gestionar tu afiliación a la Seguridad Social y a mantener tu contabilidad al día según la normativa vigente. Además, te asesorarán sobre obligaciones específicas de tu sector, como la normativa ambiental y de seguridad en la fabricación de vidrio. Invertir en una gestoría desde el inicio de tu actividad te permitirá evitar sanciones, optimizar tu fiscalidad y dedicarte plenamente al negocio de fabricación de vidrio.

Pasos para darse de alta

1

Solicita el Número de Identificación Fiscal (NIF)

Antes de darte de alta como empresario, necesitas obtener tu NIF si aún no lo tienes. Si eres persona física, dirígete a la Delegación de la AEAT más cercana a tu domicilio con tu DNI o pasaporte. Si eres persona jurídica (sociedad mercantil), debes constituir la sociedad ante notario y luego solicitar el NIF en la AEAT. Este trámite es gratuito y es el primer paso imprescindible para cualquier actividad económica en España.

2

Abre una cuenta bancaria a nombre de la empresa

Es recomendable que abras una cuenta corriente a nombre de tu actividad empresarial, especialmente si constituyes una sociedad mercantil. Dirígete a tu banco habitual con el NIF, el certificado de constitución de la sociedad (si aplica) y tu documentación personal. Esta cuenta te permitirá separar la contabilidad personal de la empresarial y facilitar la gestión fiscal y contable de tu negocio de fabricación de vidrio.

3

Presenta la declaración censal (Modelo 036 o 037)

Debes presentar la declaración censal en la AEAT en el plazo de treinta días desde el inicio de tu actividad. Si eres persona física sin empleados y cumples ciertos requisitos, puedes usar el Modelo 037 (versión simplificada). En caso contrario, utiliza el Modelo 036 (declaración general). En el modelo deberás indicar el código CNAE 23.15 y el epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) correspondiente a la fabricación de vidrio técnico. Puedes presentar este formulario telemáticamente a través de la Sede Electrónica de la AEAT o en papel en la delegación.

4

Solicita el alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE)

El IAE es un impuesto municipal que grava el ejercicio de actividades económicas profesionales. En el Modelo 036/037 ya incluyes la solicitud de alta en el IAE, pero si tu cifra de negocios anual es superior a 1.000.000 euros, deberás pagar la cuota correspondiente (aunque los autónomos con cifra inferior están exentos). Consulta con el ayuntamiento de tu municipio los importes exactos de la cuota para la actividad de fabricación de vidrio técnico, ya que varían según la ubicación.

5

Registra tu empresa en el Régimen de la Seguridad Social

Si eres autónomo, debes afiliarte a la Seguridad Social como trabajador por cuenta propia en el plazo de treinta días desde el inicio de tu actividad. Dirígete a la Tesorería de la Seguridad Social más cercana con tu NIF, DNI y documentación acreditativa de tu actividad. Si contratas empleados, también deberás dar de alta a cada uno de ellos en el régimen general de la Seguridad Social. Este registro es obligatorio para poder ejercer legalmente tu actividad y acceder a prestaciones sociales.

6

Solicita licencias y permisos municipales específicos

Antes de iniciar la actividad de fabricación de vidrio, necesitas obtener la licencia de actividad económica del ayuntamiento de tu localidad. Además, como actividad industrial, es probable que necesites licencia ambiental, autorización de emisiones a la atmósfera (si procede) y cumplimiento de normativa sobre gestión de residuos. Contacta con el ayuntamiento y la consejería de medio ambiente de tu comunidad autónoma para conocer todos los permisos específicos que requiere tu instalación de fabricación.

Documentos necesarios para el alta con CNAE 23.15

Documento Nacional de Identidad (DNI) o Pasaporte Original y copia. Lo tienes si eres ciudadano español o residente legal. Si no lo tienes, solicítalo en la comisaría de policía nacional o en la delegación provincial de la Policía Nacional de tu localidad.
Certificado de constituición de la sociedad mercantil (si aplica) Obtenlo en el Registro Mercantil Provincial tras la inscripción notarial. Si eres autónomo (persona física), no necesitas este documento. Puedes descargarlo de forma telemática a través del Registro Mercantil Central en www.registradores.org
Escritura pública de constitución de la sociedad (si aplica) Expedida por notario público tras la constitución formal. Si eres autónomo, no necesitas este documento. El notario te entregará copias autenticadas que puedes usar para trámites posteriores ante la AEAT y otros organismos.
Comprobante de domicilio de la actividad económica Puede ser un recibo de agua, luz, gas, teléfono o un contrato de alquiler a nombre tuyo o de la empresa. Este documento acredita dónde ejercerás la actividad de fabricación de vidrio. Si es un local alquilado, también puedes aportar el contrato de arrendamiento.
Declaración censal (Modelo 036 o 037) debidamente cumplimentado Lo obtienen en la Sede Electrónica de la AEAT (https://sede.agenciatributaria.gob.es) o en la delegación provincial. Debes rellenarlo con tus datos personales, el código CNAE 23.15, el epígrafe del IAE y otros datos de tu actividad empresarial.
Certificado de inscripción en el Registro de Actividades Económicas (si es obligatorio en tu comunidad autónoma) Solicítalo en la consejería de economía o hacienda de tu comunidad autónoma. No todas las comunidades lo requieren, pero es aconsejable verificarlo. Algunos territorios han simplificado este trámite integrándolo en la declaración censal.
Documentación acreditativa de la actividad de fabricación Puede incluir presupuestos de maquinaria, planos de la instalación, catálogos de productos de vidrio que fabricarás, o contratos con proveedores de materias primas. Esta documentación ayuda a la AEAT a verificar que tu actividad corresponde efectivamente al CNAE 23.15.

Plazos importantes

Tienes treinta días desde el inicio de tu actividad económica para presentar la declaración censal (Modelo 036 o 037) en la AEAT. Este plazo es imprescindible para evitar sanciones. Además, debes afiliarte a la Seguridad Social como autónomo en el mismo plazo de treinta días. Si contratas empleados, debes darlos de alta en la Seguridad Social antes de que inicien su trabajo. Respecto a obligaciones periódicas, si realizas operaciones sujetas a IVA, deberás presentar la declaración trimestral del IVA (Modelo 303) antes del día 20 del mes siguiente al trimestre. Anualmente, deberás presentar la declaración de la renta (Modelo 100) antes del 30 de junio si tienes obligación de tributar por IRPF.

Formularios online

Errores comunes

  • Confundir el código CNAE 23.15 con otros códigos de la división 23 (fabricación de vidrio). Es fundamental especificar correctamente 23.15 para actividades de manipulado y acabado de vidrio técnico, no confundirlo con 23.11 (fabricación de vidrio plano) o 23.12 (transformación y acabado de vidrio plano).
  • Olvidar incluir el epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) correspondiente en el Modelo 036/037. El epígrafe debe reflejar exactamente tu actividad de fabricación de vidrio técnico, de lo contrario la AEAT podría rechazar o rectificar tu alta.
  • No presentar la declaración censal dentro del plazo de treinta días desde el inicio de la actividad. Esto puede resultar en sanciones económicas y complicaciones administrativas. Es imprescindible cumplir este plazo aunque presentes el formulario telemáticamente.
  • Indicar un domicilio incorrecto o no actualizado para la ubicación de la fábrica o taller de fabricación de vidrio. La AEAT verifica que el domicilio declarado coincida con el lugar real donde ejerces la actividad, y cualquier discrepancia puede generar inspecciones.
  • No afiliarse a la Seguridad Social como autónomo en el plazo de treinta días. Esta omisión puede resultar en multas y en la pérdida de cobertura social. Si contratas empleados, también debes registrarlos inmediatamente en el régimen general.
  • Confundir los modelos 036 y 037. El 037 es solo para personas físicas que cumplen requisitos específicos (sin empleados, sin establecimiento permanente, etc.). Si no cumples estos requisitos, debes usar el 036.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre el Modelo 036 y el Modelo 037?
El Modelo 036 es la declaración censal general y es obligatorio para todas las personas jurídicas (sociedades mercantiles) y para las personas físicas que no cumplen los requisitos del 037. El Modelo 037 es la versión simplificada exclusivamente para personas físicas (autónomos) que no tienen empleados, no tienen establecimiento permanente, y cumplen otros requisitos específicos. Para una actividad industrial como la fabricación de vidrio técnico, es probable que necesites usar el Modelo 036, especialmente si tienes empleados o una instalación fija importante.
¿Necesito licencia ambiental para fabricar vidrio técnico?
Sí, la fabricación de vidrio es considerada una actividad industrial que puede generar emisiones a la atmósfera y residuos. Dependiendo de la escala de tu producción y de la comunidad autónoma donde te ubiques, es probable que necesites una autorización ambiental integrada (AAI) o una licencia ambiental. También deberás cumplir con la normativa sobre gestión de residuos industriales. Contacta con la consejería de medio ambiente de tu comunidad autónoma para conocer los requisitos específicos de tu instalación.
¿Cuándo debo presentar mis primeras declaraciones de impuestos?
La primera declaración de IVA (Modelo 303) deberá presentarse al final del primer trimestre completo de actividad. Por ejemplo, si inicias en marzo, tu primera declaración trimestral será en junio. La declaración anual de la renta (Modelo 100) deberá presentarse antes del 30 de junio del año siguiente al ejercicio fiscal. Si tu cifra de negocios es inferior a 600.000 euros anuales, puedes acogerte al régimen simplificado de IVA, que facilita las obligaciones declarativas.
¿Cuál es la cuota del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) para fabricación de vidrio?
La cuota del IAE varía según el municipio donde ejerces la actividad y según la base imponible (cifra de negocios estimada). Los autónomos con cifra de negocios inferior a 1.000.000 euros están exentos de pagar el IAE, aunque deben solicitar el alta. Si superas esa cifra, deberás pagar una cuota que establecerá el ayuntamiento. Consulta directamente con el ayuntamiento de tu municipio para conocer la cuota exacta aplicable a la fabricación de vidrio técnico en tu localidad.
¿Puedo cambiar mi código CNAE después de darme de alta?
Sí, puedes modificar tu código CNAE si tu actividad principal cambia. Deberás presentar una declaración censal rectificativa (Modelo 036 o 037) indicando el nuevo CNAE. Sin embargo, es importante que el CNAE que declares refleje fielmente tu actividad principal, ya que la AEAT puede realizar inspecciones para verificar que tu actividad coincide con el código declarado. Si realizas varias actividades, debes indicar la principal y las secundarias, pero solo un CNAE será el principal.

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