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CNAE 23.45Trámites de alta

Alta CNAE 23.45: Fabricación de otros productos cerámicos

Dado que el proceso de alta para una actividad de fabricación de productos cerámicos es complejo e implica múltiples trámites ante diferentes administraciones (AEAT, Seguridad Social, Ayuntamiento, Registro Mercantil), te recomendamos encarecidamente que contrates a un gestor administrativo o asesor fiscal profesional. Un gestor especializado puede encargarse de toda la tramitación, evitar errores costosos, asegurarse de que cumples con todas las obligaciones normativas y medioambientales específicas de la industria cerámica, y optimizar tu estructura fiscal desde el inicio. El coste de una gestoría es muy inferior al de corregir errores posteriores o enfrentar sanciones por incumplimiento.

Pasos para darse de alta

1

Obtener el Número de Identificación Fiscal (NIF)

Antes de cualquier trámite, debes solicitar tu NIF en la Delegación de la AEAT más cercana a tu domicilio o a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. Si eres persona física española, el NIF se asigna automáticamente. Si eres extranjero o constituyes una sociedad mercantil, debes solicitarlo presentando la documentación requerida. Este documento es imprescindible para todos los trámites posteriores de registro fiscal.

2

Darse de alta en el Registro Mercantil (si procede)

Si vas a constituir una sociedad mercantil o una comunidad de bienes, debes inscribir tu empresa en el Registro Mercantil Provincial antes de darte de alta en Hacienda. Para ello, debes obtener un Certificado Negativo de Denominación Social (si es una sociedad) y elevar los estatutos a escritura pública ante notario. Una vez inscrito en el Registro Mercantil, recibirás una certificación que necesitarás para el alta en la AEAT.

3

Presentar la declaración censal (modelo 036 o 037)

Debes presentar el modelo 036 (declaración censal general) o el modelo 037 (declaración censal simplificada) en la Delegación de la AEAT o a través de la Sede Electrónica. El modelo 036 es obligatorio para cualquier persona que inicie una actividad económica. El modelo 037 es una opción simplificada solo disponible para personas físicas que cumplan requisitos específicos (actividad no profesional con cifra de negocios inferior a 3.600 euros anuales). En tu caso, como fabricante de productos cerámicos, deberás usar el modelo 036 indicando el CNAE 23.45 y el epígrafe IAE 3716.

4

Solicitar permiso de actividad municipal (licencia de actividad)

Antes o después del alta en Hacienda, debes solicitar la licencia de actividad en el Ayuntamiento del municipio donde ubicarás tu establecimiento. Esta licencia verifica que tu actividad cumple con las normativas municipales, de seguridad y medioambientales. Para una fábrica de productos cerámicos, es probable que necesites documentación adicional sobre gestión de residuos y emisiones. Consulta con el Ayuntamiento los requisitos específicos para tu tipo de actividad.

5

Darse de alta en la Seguridad Social

Si eres trabajador autónomo, debes darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social. Si tienes empleados, debes darte de alta en el Régimen General como empresa. El alta en la Seguridad Social debe realizarse antes de iniciar la actividad, y recibirás un número de afiliación que necesitarás para otros trámites. Puedes hacerlo en la oficina de la Seguridad Social más cercana o a través de su sede electrónica.

6

Solicitar el código de cuenta de cotización (si tienes empleados)

Si tu empresa tendrá trabajadores, debes solicitar un código de cuenta de cotización en la Tesorería General de la Seguridad Social. Este código es necesario para gestionar las cotizaciones de tus empleados y realizar los pagos correspondientes. Se asigna automáticamente cuando das de alta a tu primer empleado en el sistema de la Seguridad Social.

Documentos necesarios para el alta con CNAE 23.45

Número de Identificación Fiscal (NIF) Solicítalo en la Delegación de la AEAT más cercana o a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria (https://sede.agenciatributaria.gob.es). Si eres persona física española, se asigna automáticamente. Si eres extranjero, necesitarás tu pasaporte o documento de identidad equivalente.
Escritura de constitución (si es sociedad mercantil) o Acta de constitución (si es comunidad de bienes) Obtén la escritura pública ante notario y luego inscríbela en el Registro Mercantil Provincial. El notario te proporcionará copias autenticadas que necesitarás para el alta en Hacienda y otros trámites administrativos.
Documentación del local o instalaciones Necesitarás un contrato de alquiler, certificado de propiedad, o documento que acredite la disposición del local donde ubicarás la fábrica de productos cerámicos. Esta documentación es requerida por el Ayuntamiento para la licencia de actividad y por la AEAT para verificar la dirección del establecimiento.
Declaración de responsable de la actividad En el modelo 036, debes indicar quién es el responsable de la actividad. Si eres autónomo, serás tú mismo. Si es una sociedad, será el representante legal. Debes tener a mano datos personales completos (nombre, apellidos, DNI/NIF).
Documentación de actividades potencialmente contaminantes Como fabricante de productos cerámicos, es probable que necesites documentación sobre gestión de residuos, emisiones a la atmósfera y ruido. Consulta con la Consejería de Medio Ambiente de tu comunidad autónoma y con el Ayuntamiento los requisitos específicos para tu actividad.
Certificado de Denominación Social (si es sociedad) Solicítalo en el Registro Mercantil Central antes de constituir la sociedad. Este certificado acredita que la denominación social que has elegido no está registrada por otra empresa y es imprescindible para la escritura de constitución.

Plazos importantes

El alta en la AEAT debe presentarse dentro del mes siguiente al inicio de la actividad económica. Si no lo haces en plazo, podrías ser sancionado. El alta en la Seguridad Social debe realizarse antes de iniciar la actividad, siendo especialmente importante si tienes empleados. La licencia de actividad municipal debe solicitarse antes de comenzar la fabricación, ya que operar sin ella es una infracción. Además, debes presentar declaraciones trimestrales de IVA (modelo 303) si estás obligado a ello, y una declaración anual del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (modelo 100) o del Impuesto sobre Sociedades (modelo 200) según tu forma jurídica.

Formularios online

Errores comunes

  • No solicitar el NIF antes de presentar el modelo 036. El NIF es obligatorio y sin él, la AEAT no puede procesar tu solicitud de alta. Asegúrate de obtenerlo primero en la Delegación de la AEAT o a través de la Sede Electrónica.
  • Confundir el modelo 036 con el 037. El modelo 037 solo está disponible para personas físicas con actividades muy específicas y cifras de negocios muy bajas (inferior a 3.600 euros anuales). Como fabricante de productos cerámicos, casi con seguridad necesitarás el modelo 036.
  • Olvidar solicitar la licencia de actividad municipal antes de iniciar la fabricación. Muchos emprendedores se dan de alta en Hacienda pero olvidan la licencia municipal, lo que puede resultar en sanciones y cierre de la actividad.
  • No indicar correctamente el CNAE y el epígrafe IAE en el modelo 036. Debes especificar el CNAE 23.45 (Fabricación de otros productos cerámicos) y el epígrafe IAE 3716 para que tu actividad esté correctamente clasificada.
  • No darse de alta en la Seguridad Social antes de iniciar la actividad. Si eres autónomo, debes afiliarte al RETA antes de comenzar. Si tienes empleados, debes darte de alta en el Régimen General. Operar sin estar dado de alta en la Seguridad Social es una infracción grave.
  • Proporcionar una dirección incorrecta o incompleta en el modelo 036. La dirección del establecimiento debe ser exacta y verificable, ya que la AEAT puede realizar inspecciones para confirmar que realmente existe la actividad en esa ubicación.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre el CNAE 23.45 y otros códigos cerámicos?
El CNAE 23.45 está específicamente diseñado para la fabricación de otros productos cerámicos no clasificados en otras clases, como potes, tarros, abrevaderos y receptáculos agrícolas. Si fabricas productos de construcción (ladrillos, tejas), debes usar el CNAE 23.20. Si fabricas artículos sanitarios (lavabos, inodoros), debes usar el CNAE 23.30. Si fabricas productos refractarios, debes usar el CNAE 23.10. Es importante elegir el código correcto porque determina tu clasificación estadística y tus obligaciones fiscales.
¿Necesito una licencia ambiental especial para una fábrica de productos cerámicos?
Sí, muy probablemente necesitarás una licencia ambiental o autorización ambiental integrada (AAI) dependiendo de la escala de tu producción. La fabricación de productos cerámicos genera emisiones a la atmósfera, residuos y potencialmente ruido. Debes consultar con la Consejería de Medio Ambiente de tu comunidad autónoma y con el Ayuntamiento sobre los requisitos específicos. Algunos municipios pueden exigir un estudio de impacto ambiental. No inicies la actividad sin asegurar que tienes todos los permisos ambientales necesarios.
¿Cuánto tengo que pagar de cuota de Impuesto de Actividades Económicas (IAE)?
La cuota del IAE para el epígrafe 3716 (Fabricación de productos cerámicos refractarios y no refractarios) varía según la cifra de negocios que declares. Sin embargo, si tu cifra de negocios anual es inferior a 1.000.000 euros, estás exento del pago de la cuota del IAE. Aunque estés exento, debes seguir presentando la declaración censal (modelo 036) indicando que te acoge a la exención. Si tu cifra de negocios supera 1.000.000 euros, deberás pagar una cuota que se calcula según una escala progresiva establecida anualmente por la AEAT.
¿Cuándo debo presentar las declaraciones de IVA y cómo afecta mi CNAE?
Debes presentar declaraciones trimestrales de IVA (modelo 303) si estás obligado a ello. Generalmente, si realizas operaciones sujetas a IVA (ventas de productos cerámicos), debes presentar estas declaraciones cada trimestre. Tu CNAE no afecta directamente a la frecuencia de presentación, pero sí determina cómo se clasifican tus operaciones para efectos del IVA. Si tienes dudas sobre si estás obligado a presentar IVA, consulta con un asesor fiscal, ya que existen regímenes especiales (como el régimen simplificado) que podrían aplicarte.
¿Puedo cambiar mi CNAE después de darme de alta?
Sí, puedes cambiar tu CNAE si tu actividad económica cambia significativamente. Para ello, debes presentar un modelo 036 actualizado indicando el nuevo CNAE. Sin embargo, cambios frecuentes de CNAE pueden levantar sospechas ante la AEAT. El cambio de CNAE es importante porque afecta a tu clasificación estadística, tus obligaciones fiscales y potencialmente tus obligaciones ambientales o laborales. Si necesitas cambiar tu CNAE, hazlo a través de la Sede Electrónica de la AEAT o en la Delegación correspondiente, y mantén documentación que justifique el cambio.

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