Te recomendamos encarecidamente que contrates a un gestor administrativo o asesor fiscal especializado en actividades de fabricación de minerales. Un profesional te ayudará a navegar los complejos requisitos ambientales, fiscales y laborales específicos del sector de la cal y el yeso, asegurando que todos tus trámites se realicen correctamente y en plazo. Esto te permitirá enfocarte en tu negocio mientras el gestor se encarga de tus obligaciones tributarias, de Seguridad Social y de cumplimiento normativo.
Pasos para darse de alta
Solicita el número de identidad (NIF o NIE)
Si eres persona física, necesitarás un NIF expedido por la Administración Tributaria. Si eres extranjero, deberás obtener un NIE en la Delegación Provincial de la Policía Nacional. Este documento es imprescindible para cualquier trámite fiscal posterior y constituye tu identificación ante la AEAT.
Obtén el Certificado Digital o acceso a Cl@ve
Para realizar los trámites de forma telemática, necesitarás un medio de identificación electrónico válido. Puedes obtener un Certificado Digital de la FNMT o registrarte en el sistema Cl@ve, que te permitirá acceder a la Sede Electrónica de la AEAT. Ambas opciones son gratuitas y esenciales para tramitar tu alta de forma segura.
Prepara la documentación requerida
Reúne todos los documentos necesarios: copia de tu NIF, comprobante de domicilio, documentación sobre la actividad (planos de instalaciones, permisos ambientales si es necesario), y datos de contacto. Para actividades de fabricación de cal y yeso, es posible que necesites permisos ambientales previos dado el carácter industrial de la actividad.
Presenta el modelo 036 o 037 en la AEAT
Accede a la Sede Electrónica de la AEAT y presenta el formulario de declaración censal. Si eres persona física sin empleados y cumples los requisitos, puedes usar el modelo 037 (simplificado). En caso contrario, usa el modelo 036 (general). Indica el código CNAE 23.52 y el epígrafe IAE correspondiente a la fabricación de minerales no metálicos.
Solicita el alta en el Registro de Actividades Económicas
Una vez presentado el modelo 036/037, la AEAT te asignará automáticamente el número de afiliación en la Seguridad Social si eres autónomo. Comprueba que tu actividad está correctamente registrada en el censo de la AEAT dentro de los 15 días siguientes a la presentación.
Comunica el alta a la Seguridad Social
Si eres autónomo, deberás afiliarte a la Seguridad Social Social como trabajador autónomo. El alta en el censo de la AEAT genera automáticamente tu afiliación, pero debes darte de alta en el régimen de autónomos y comenzar a pagar las cuotas mensuales. Esto es obligatorio aunque tu cifra de negocios sea baja.
Obtén el Código de Cuenta de Cotización (CCC)
La Seguridad Social te asignará un número de afiliación y un CCC. Estos datos son imprescindibles para efectuar tus pagos de cuotas mensuales y para cualquier comunicación con la Tesorería de la Seguridad Social. Guarda estos datos en un lugar seguro.
Documentos necesarios para el alta con CNAE 23.52
Plazos importantes
El plazo para presentar el alta en el censo de la AEAT es de 10 días naturales desde el inicio de tu actividad económica. Si no lo haces en este plazo, puedes incurrir en sanciones administrativas. Además, debes comunicar tu afiliación a la Seguridad Social como autónomo en el plazo de 30 días desde el inicio de la actividad. Recuerda que las cuotas de la Seguridad Social son obligatorias desde el primer día del mes en que inicies tu actividad. A partir de entonces, deberás presentar trimestralmente el modelo 303 (declaración de IVA) si estás obligado a ello, y anualmente el modelo 100 (declaración de la renta) si tienes ingresos sujetos a IRPF.
Formularios online
Errores comunes
- ✗Confundir el código CNAE 23.52 con otras actividades de minerales. Asegúrate de que tu actividad se centra específicamente en la fabricación de cal y yeso, no en la extracción de materias primas o en la comercialización de productos terminados. Si realizas actividades complementarias, debes indicar todos los códigos CNAE relevantes.
- ✗Omitir los permisos ambientales previos. La fabricación de cal y yeso está sujeta a regulación ambiental estricta. No presentes el modelo 036/037 sin haber obtenido previamente la licencia de actividad del Ayuntamiento y, si es necesario, los permisos de la Consejería de Medio Ambiente.
- ✗Indicar incorrectamente el epígrafe IAE. Este código es diferente del CNAE y corresponde a la clasificación del Impuesto sobre Actividades Económicas. Para la fabricación de minerales no metálicos, debes verificar el epígrafe exacto en las tablas de la AEAT.
- ✗No comunicar el inicio de actividad a la Seguridad Social en el plazo establecido. Aunque el modelo 036/037 genera automáticamente tu afiliación, debes asegurar que la comunicación se ha realizado correctamente y que tu número de afiliación aparece en el sistema.
- ✗Olvidar incluir todos los datos de contacto y de domicilio. El domicilio fiscal debe ser el lugar donde realmente realizas la actividad de fabricación. Si utilizas un domicilio diferente, debes justificarlo adecuadamente.
- ✗Confundir los modelos 036 y 037. El 037 solo es válido para personas físicas sin empleados que cumplan ciertos requisitos de facturación. Si tienes empleados o superas los umbrales establecidos, debes usar el modelo 036.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la diferencia entre el modelo 036 y el 037?▼
¿Necesito permisos especiales para fabricar cal y yeso?▼
¿Cuándo debo pagar mis primeras cuotas de Seguridad Social?▼
¿Qué es el epígrafe IAE y cómo se relaciona con el CNAE?▼
¿Estoy obligado a presentar el modelo 303 (IVA trimestral)?▼
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