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CNAE 23.52Trámites de alta

Alta CNAE 23.52: Fabricación de cal y yeso

Te recomendamos encarecidamente que contrates a un gestor administrativo o asesor fiscal especializado en actividades de fabricación de minerales. Un profesional te ayudará a navegar los complejos requisitos ambientales, fiscales y laborales específicos del sector de la cal y el yeso, asegurando que todos tus trámites se realicen correctamente y en plazo. Esto te permitirá enfocarte en tu negocio mientras el gestor se encarga de tus obligaciones tributarias, de Seguridad Social y de cumplimiento normativo.

Pasos para darse de alta

1

Solicita el número de identidad (NIF o NIE)

Si eres persona física, necesitarás un NIF expedido por la Administración Tributaria. Si eres extranjero, deberás obtener un NIE en la Delegación Provincial de la Policía Nacional. Este documento es imprescindible para cualquier trámite fiscal posterior y constituye tu identificación ante la AEAT.

2

Obtén el Certificado Digital o acceso a Cl@ve

Para realizar los trámites de forma telemática, necesitarás un medio de identificación electrónico válido. Puedes obtener un Certificado Digital de la FNMT o registrarte en el sistema Cl@ve, que te permitirá acceder a la Sede Electrónica de la AEAT. Ambas opciones son gratuitas y esenciales para tramitar tu alta de forma segura.

3

Prepara la documentación requerida

Reúne todos los documentos necesarios: copia de tu NIF, comprobante de domicilio, documentación sobre la actividad (planos de instalaciones, permisos ambientales si es necesario), y datos de contacto. Para actividades de fabricación de cal y yeso, es posible que necesites permisos ambientales previos dado el carácter industrial de la actividad.

4

Presenta el modelo 036 o 037 en la AEAT

Accede a la Sede Electrónica de la AEAT y presenta el formulario de declaración censal. Si eres persona física sin empleados y cumples los requisitos, puedes usar el modelo 037 (simplificado). En caso contrario, usa el modelo 036 (general). Indica el código CNAE 23.52 y el epígrafe IAE correspondiente a la fabricación de minerales no metálicos.

5

Solicita el alta en el Registro de Actividades Económicas

Una vez presentado el modelo 036/037, la AEAT te asignará automáticamente el número de afiliación en la Seguridad Social si eres autónomo. Comprueba que tu actividad está correctamente registrada en el censo de la AEAT dentro de los 15 días siguientes a la presentación.

6

Comunica el alta a la Seguridad Social

Si eres autónomo, deberás afiliarte a la Seguridad Social Social como trabajador autónomo. El alta en el censo de la AEAT genera automáticamente tu afiliación, pero debes darte de alta en el régimen de autónomos y comenzar a pagar las cuotas mensuales. Esto es obligatorio aunque tu cifra de negocios sea baja.

7

Obtén el Código de Cuenta de Cotización (CCC)

La Seguridad Social te asignará un número de afiliación y un CCC. Estos datos son imprescindibles para efectuar tus pagos de cuotas mensuales y para cualquier comunicación con la Tesorería de la Seguridad Social. Guarda estos datos en un lugar seguro.

Documentos necesarios para el alta con CNAE 23.52

Fotocopia del NIF o NIE Solicita una copia en la Delegación de Hacienda o descárgala desde la Sede Electrónica de la AEAT si ya tienes acceso. Es el documento fundamental para cualquier trámite fiscal.
Comprobante de domicilio Puedes utilizar una factura de suministros (agua, luz, gas) de los últimos 3 meses, un recibo de alquiler, o una escritura de propiedad. Debe estar a tu nombre y mostrar claramente tu dirección de actividad.
Documentación sobre la actividad económica Incluye planos de la nave o instalación, descripción detallada del proceso de fabricación de cal y yeso, listado de maquinaria, e información sobre materias primas utilizadas. Esta documentación demuestra que tu actividad se ajusta al código CNAE 23.52.
Permisos ambientales y de actividad Contacta con el Ayuntamiento de tu localidad para obtener la licencia de actividad. Para fabricación de minerales, es probable que necesites permisos ambientales de la Consejería de Medio Ambiente de tu comunidad autónoma, especialmente si tu instalación supera ciertos umbrales de emisiones.
Declaración de inicio de actividad Este documento se presenta como parte del modelo 036/037 en la Sede Electrónica de la AEAT. En él declararás tu domicilio fiscal, la fecha de inicio de actividad, el código CNAE, y el epígrafe IAE correspondiente.
Datos bancarios para domiciliación de pagos Proporciona el número IBAN de una cuenta bancaria a tu nombre donde domiciliar las cuotas de la Seguridad Social y otros pagos fiscales. Este dato es necesario para evitar retrasos en tus obligaciones.

Plazos importantes

El plazo para presentar el alta en el censo de la AEAT es de 10 días naturales desde el inicio de tu actividad económica. Si no lo haces en este plazo, puedes incurrir en sanciones administrativas. Además, debes comunicar tu afiliación a la Seguridad Social como autónomo en el plazo de 30 días desde el inicio de la actividad. Recuerda que las cuotas de la Seguridad Social son obligatorias desde el primer día del mes en que inicies tu actividad. A partir de entonces, deberás presentar trimestralmente el modelo 303 (declaración de IVA) si estás obligado a ello, y anualmente el modelo 100 (declaración de la renta) si tienes ingresos sujetos a IRPF.

Formularios online

Errores comunes

  • Confundir el código CNAE 23.52 con otras actividades de minerales. Asegúrate de que tu actividad se centra específicamente en la fabricación de cal y yeso, no en la extracción de materias primas o en la comercialización de productos terminados. Si realizas actividades complementarias, debes indicar todos los códigos CNAE relevantes.
  • Omitir los permisos ambientales previos. La fabricación de cal y yeso está sujeta a regulación ambiental estricta. No presentes el modelo 036/037 sin haber obtenido previamente la licencia de actividad del Ayuntamiento y, si es necesario, los permisos de la Consejería de Medio Ambiente.
  • Indicar incorrectamente el epígrafe IAE. Este código es diferente del CNAE y corresponde a la clasificación del Impuesto sobre Actividades Económicas. Para la fabricación de minerales no metálicos, debes verificar el epígrafe exacto en las tablas de la AEAT.
  • No comunicar el inicio de actividad a la Seguridad Social en el plazo establecido. Aunque el modelo 036/037 genera automáticamente tu afiliación, debes asegurar que la comunicación se ha realizado correctamente y que tu número de afiliación aparece en el sistema.
  • Olvidar incluir todos los datos de contacto y de domicilio. El domicilio fiscal debe ser el lugar donde realmente realizas la actividad de fabricación. Si utilizas un domicilio diferente, debes justificarlo adecuadamente.
  • Confundir los modelos 036 y 037. El 037 solo es válido para personas físicas sin empleados que cumplan ciertos requisitos de facturación. Si tienes empleados o superas los umbrales establecidos, debes usar el modelo 036.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre el modelo 036 y el 037?
El modelo 036 es la declaración censal general para cualquier persona física o jurídica que inicia una actividad económica. El modelo 037 es la versión simplificada, solo disponible para personas físicas sin empleados que cumplen ciertos requisitos de facturación (generalmente, con cifra de negocios inferior a 600.000€). Para actividades de fabricación de cal y yeso, es probable que necesites el modelo 036 si tienes empleados o si tu volumen de negocio es significativo.
¿Necesito permisos especiales para fabricar cal y yeso?
Sí, la fabricación de cal y yeso está sujeta a regulación ambiental estricta. Debes obtener la licencia de actividad del Ayuntamiento antes de iniciar tu actividad. Además, dependiendo de la capacidad de tu instalación y de las emisiones que generes, es posible que necesites permisos de la Consejería de Medio Ambiente de tu comunidad autónoma. Consulta con el Ayuntamiento local para conocer los requisitos específicos de tu zona.
¿Cuándo debo pagar mis primeras cuotas de Seguridad Social?
Las cuotas de Seguridad Social como autónomo comienzan a ser exigibles desde el primer día del mes en que inicias tu actividad. Aunque presentes el modelo 036/037 antes de ese día, deberás comenzar a pagar desde el mes siguiente. Las cuotas se pagan mensualmente mediante domiciliación bancaria, y es importante que no incurras en retrasos para evitar sanciones.
¿Qué es el epígrafe IAE y cómo se relaciona con el CNAE?
El epígrafe IAE es un código que clasifica tu actividad para efectos del Impuesto sobre Actividades Económicas. Aunque es diferente del CNAE, ambos códigos deben estar alineados y corresponder a la misma actividad económica. Para la fabricación de cal y yeso (CNAE 23.52), debes verificar cuál es el epígrafe IAE correspondiente en las tablas de la AEAT y indicarlo en tu modelo 036/037.
¿Estoy obligado a presentar el modelo 303 (IVA trimestral)?
Sí, si realizas operaciones sujetas a IVA y tu cifra de negocios supera los 300.000€ anuales, estás obligado a presentar trimestralmente el modelo 303. Incluso si tu cifra es inferior, si realizas operaciones con IVA, debes presentar este modelo. Además, deberás presentar anualmente el modelo 390 (resumen anual de IVA). Consulta con un asesor fiscal para conocer tus obligaciones específicas en función de tu volumen de negocio.

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