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CNAE 24.10Trámites de alta

Alta CNAE 24.10: Fabricación de productos básicos de hierro, acero y ferroaleaciones

Te recomendamos encarecidamente que contrates los servicios de una gestoría especializada en trámites fiscales y laborales para el sector industrial. Una gestoría profesional te asesorará sobre los requisitos específicos de tu actividad de fabricación de productos de hierro y acero, te ayudará con la presentación de todos los formularios y documentación, y te guiará en el cumplimiento de las complejas obligaciones tributarias, laborales y ambientales que conlleva esta actividad. El coste de una gestoría es muy inferior al de posibles sanciones y problemas legales derivados de errores en los trámites de alta.

Pasos para darse de alta

1

Obtener el Número de Identidad Fiscal (NIF)

Antes de iniciar cualquier trámite, debes solicitar tu NIF en la Delegación de Aduanas e Impuestos Especiales más cercana o a través de la sede electrónica de la AEAT. Si eres persona física, necesitarás tu DNI o pasaporte; si eres persona jurídica, necesitarás los datos de constitución de la empresa. Este documento es imprescindible para todos los posteriores trámites de alta fiscal y será tu identificador ante la Administración Tributaria.

2

Registrarse en el sistema Cl@ve para acceso electrónico

Accede a https://clave.gob.es/clave_Home/registro.html para crear tu cuenta de acceso a los servicios electrónicos de la AEAT y otras administraciones públicas. Este sistema te permitirá presentar telemáticamente el modelo 036 o 037 y gestionar todos tus trámites fiscales de forma segura. Necesitarás tu NIF, un correo electrónico válido y una contraseña segura para completar el registro.

3

Presentar el modelo 036 (declaración censal de alta)

Accede a https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/GC36.shtml para cumplimentar y presentar el modelo 036, que es la declaración censal obligatoria para todas las personas físicas y jurídicas que inicien actividades económicas. En este formulario deberás indicar tu código CNAE 24.10, el epígrafe IAE correspondiente (generalmente 3710 para fabricación de productos de hierro y acero), la descripción detallada de tu actividad, el domicilio de la explotación y los datos de contacto. La presentación puede realizarse telemáticamente a través de Cl@ve o presencialmente en cualquier oficina de la AEAT.

4

Solicitar el alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)

Simultáneamente con la presentación del modelo 036, debes solicitar el alta en el IAE, que es un impuesto municipal que grava el ejercicio de actividades económicas profesionales. Tu actividad de fabricación de productos de hierro y acero estará sujeta al epígrafe correspondiente en el IAE, aunque estarás exento de pago si tu cifra de negocios anual no supera 1.000.000 euros. Debes realizar este trámite ante el Ayuntamiento de tu municipio o a través de la plataforma telemática que el consistorio haya habilitado.

5

Obtener el Código de Identificación de Cuenta de Cotización (CCC) en la Seguridad Social

Si eres autónomo, debes darte de alta en la Seguridad Social como trabajador autónomo en el régimen de autónomos (RETA). Si tienes empleados, debes solicitar el CCC para tu empresa ante la Tesorería General de la Seguridad Social. Este código es fundamental para poder contratar trabajadores y para que estos coticen correctamente. El trámite puede realizarse telemáticamente a través del portal de la Seguridad Social o presencialmente en cualquier oficina de atención.

Documentos necesarios para el alta con CNAE 24.10

Documento Nacional de Identidad (DNI) o Pasaporte Documento oficial expedido por la Dirección General de la Policía Nacional. Si eres extranjero, también es válido el Número de Identidad de Extranjero (NIE) expedido por la Delegación Provincial de la Policía Nacional o a través de la tramitación telemática.
Número de Identidad Fiscal (NIF) Expedido por la AEAT. Puedes solicitarlo en cualquier Delegación Provincial de la AEAT, en las Delegaciones de Aduanas e Impuestos Especiales, o a través de la sede electrónica de la AEAT en https://sede.agenciatributaria.gob.es
Acta de constitución y estatutos sociales (si eres persona jurídica) Documento otorgado por notario e inscrito en el Registro Mercantil. Debes obtener una copia certificada que presente en los trámites de alta. Si aún no está constituida la sociedad, debes hacerlo previamente ante notario.
Certificado de empadronamiento o contrato de alquiler del local El certificado de empadronamiento se obtiene en el Ayuntamiento de tu municipio. El contrato de alquiler debe estar a tu nombre y debe reflejar claramente el domicilio donde ejercerás la actividad de fabricación de productos de hierro y acero.
Licencia de actividad o autorización municipal Expedida por el Ayuntamiento del municipio donde ubicarás tu instalación. Dadas las características de la actividad industrial (fabricación de productos de hierro y acero), es probable que necesites licencia ambiental, licencia de actividad clasificada y otras autorizaciones específicas según la normativa autonómica y municipal.
Documentación técnica de la instalación Planos de la instalación, descripción del proceso productivo, medidas de seguridad laboral, plan de gestión de residuos industriales y documentación ambiental. Esta documentación debe cumplir con la normativa de prevención de riesgos laborales, protección ambiental y normativas específicas del sector metalúrgico.

Plazos importantes

Debes presentar el modelo 036 en el plazo de 10 días hábiles desde el inicio de tu actividad. La solicitud del alta en el IAE debe realizarse simultáneamente ante el Ayuntamiento, con un plazo similar. Si eres autónomo, el alta en la Seguridad Social debe efectuarse en el plazo de 30 días naturales antes del inicio de la actividad o dentro de los 30 días posteriores al inicio. Una vez dado de alta, tienes obligaciones periódicas: presentación de la declaración trimestral del IVA (modelo 303) si superas los umbrales de intracomunitarias, declaración anual de la renta (modelo 100 o 130 según corresponda), y liquidación anual del IAE antes del 20 de enero de cada año.

Formularios online

Errores comunes

  • Confundir el código CNAE 24.10 con otros códigos del sector metalúrgico (como 24.20 para laminación de acero, o 25.11 para fabricación de productos metálicos). Es fundamental que el CNAE refleje exactamente tu actividad principal, ya que de esto dependen tus obligaciones fiscales y contribuciones.
  • No solicitar las autorizaciones ambientales y de actividad clasificada necesarias antes de presentar el alta fiscal. La fabricación de productos de hierro y acero está sujeta a normativas muy estrictas de protección ambiental, emisiones a la atmósfera y gestión de residuos industriales, y sin estas autorizaciones previas tu actividad será ilegal.
  • Olvidar de indicar el epígrafe IAE correcto en el modelo 036. Para la fabricación de productos de hierro y acero, generalmente corresponde el epígrafe 3710, pero esto depende de tu estructura empresarial específica y del tipo de productos que fabriques. Una clasificación incorrecta puede generar inspecciones y sanciones.
  • No tramitar el alta en la Seguridad Social como autónomo o como empresa en el plazo establecido. Esto puede resultar en multas administrativas y en la pérdida de cobertura de seguridad social desde la fecha real del inicio de la actividad.
  • Presentar documentación incompleta o sin los datos técnicos necesarios sobre el proceso productivo. La AEAT puede rechazar tu solicitud si no consta claramente cómo se desarrollará la actividad, qué maquinaria utilizarás y cómo cumplirás con la normativa ambiental y de seguridad laboral.

Preguntas frecuentes

¿Necesito alguna autorización especial para fabricar productos de hierro y acero?
Sí, además del alta fiscal en la AEAT, necesitarás múltiples autorizaciones según la ubicación y características de tu instalación. Estas incluyen: licencia de actividad municipal, autorización ambiental integrada (AAI) o autorización ambiental simplificada (AAS) expedida por la Consejería de Medio Ambiente, licencia de actividad clasificada si corresponde, autorización de emisiones a la atmósfera, licencia de gestión de residuos industriales, y cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales. Debes contactar con el Ayuntamiento y la Consejería de Medio Ambiente de tu comunidad autónoma para conocer los requisitos específicos.
¿Cuál es la diferencia entre el modelo 036 y el modelo 037?
El modelo 036 es la declaración censal general que pueden presentar cualquier persona física o jurídica que inicia una actividad económica. El modelo 037 es una versión simplificada que solo pueden presentar personas físicas (autónomos) que cumplan ciertos requisitos muy específicos: no tener empleados, no tener obligación de llevar contabilidad, tener ingresos limitados, y no realizar actividades de intermediación financiera. Dado que la fabricación de productos de hierro y acero es una actividad industrial compleja que generalmente requiere empleados y una estructura empresarial más compleja, lo habitual es presentar el modelo 036.
¿Tengo que pagar el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)?
El IAE es un impuesto municipal obligatorio para todas las personas que ejerzan una actividad económica profesional, pero existe una exención de pago si tu cifra de negocios anual no supera 1.000.000 euros. Aunque estés exento de pago, debes solicitar el alta en el IAE ante el Ayuntamiento de tu municipio. Si tu cifra de negocios supera ese límite, deberás pagar la cuota anual correspondiente al epígrafe 3710 (o el que corresponda a tu actividad específica), que se liquida generalmente antes del 20 de enero de cada año.
¿Qué obligaciones tributarias tendré una vez dado de alta con el CNAE 24.10?
Tus obligaciones principales serán: presentar la declaración trimestral del IVA (modelo 303) si superas los umbrales de operaciones intracomunitarias o si voluntariamente optas por el régimen normal de IVA; presentar la declaración anual de la renta (modelo 100 si eres autónomo, o modelo 200 si eres sociedad); llevar una contabilidad ordenada según el Código de Comercio; conservar la documentación fiscal durante 6 años; y, si tienes empleados, cumplir con las obligaciones de retención de IRPF y cotización a la Seguridad Social. Además, debes presentar la liquidación anual del IAE antes del 20 de enero.
¿Puedo cambiar mi CNAE después de darlo de alta?
Sí, puedes modificar tu CNAE si cambias la naturaleza de tu actividad económica principal. Debes presentar una declaración censal de modificación (también a través del modelo 036 con la opción de modificación) ante la AEAT en el plazo de 10 días desde que realices el cambio. Sin embargo, debes tener en cuenta que cambiar el CNAE puede afectar a tus obligaciones fiscales, a tu clasificación en el IAE, y a tus obligaciones laborales y ambientales. Por ello, es recomendable que consultes con una gestoría antes de realizar cualquier modificación en tu actividad principal.

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