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CNAE 25.63Trámites de alta

Alta CNAE 25.63: Fabricación de herramientas

Te recomendamos encarecidamente que contrates los servicios de una gestoría especializada en autónomos y pequeñas empresas. Un gestor experimentado te ayudará a cumplir correctamente todos los trámites de alta, desde la presentación del modelo 036/037 hasta la gestión de obligaciones fiscales y de seguridad social. Además, te asesorará sobre la estructura empresarial más conveniente (autónomo, sociedad limitada, etc.), régimen de IVA y obligaciones contables. El coste de una gestoría es mínimo comparado con los problemas y sanciones que podrían derivarse de errores administrativos.

Pasos para darse de alta

1

Obtén el Número de Identificación Fiscal (NIF)

Si aún no tienes NIF, debes solicitarlo en la Delegación de la Agencia Tributaria correspondiente a tu domicilio. Necesitarás presentar tu documento de identidad original y rellenar el formulario correspondiente. El NIF te será asignado inmediatamente y es imprescindible para todos los trámites posteriores de alta como autónomo o empresa. Este número te acompañará en todas tus obligaciones fiscales y administrativas.

2

Solicita el alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social (si eres autónomo)

Como fabricante de herramientas, deberás darte de alta en la Seguridad Social como trabajador autónomo. Debes hacerlo antes de iniciar tu actividad, presentando el formulario TA.0521 en la Tesorería de la Seguridad Social de tu provincia. También puedes realizar este trámite de forma telemática a través de la sede electrónica de la Seguridad Social. El alta en la Seguridad Social es obligatoria y debe realizarse en el mismo mes en que comiences tu actividad.

3

Presenta el modelo 036 o 037 ante la Agencia Tributaria

Este es el trámite más importante: la declaración censal de tu actividad. Si eres persona física y cumples los requisitos de simplificación (no tienes empleados, no realizas importaciones/exportaciones de bienes, etc.), puedes presentar el modelo 037. Si no cumples estos requisitos o eres una sociedad mercantil, debes presentar el modelo 036. En el formulario indicarás el código CNAE 25.63 y el epígrafe IAE 721.1. Puedes presentarlo presencialmente en cualquier oficina de la Agencia Tributaria o de forma telemática a través de su sede electrónica.

4

Solicita licencia de actividad en tu Ayuntamiento

Antes de iniciar tu actividad de fabricación de herramientas, debes obtener la licencia de actividad (o licencia municipal) de tu Ayuntamiento. Esta licencia verifica que tu actividad cumple con la normativa urbanística, ambiental y de seguridad local. El procedimiento varía según el municipio, pero generalmente requiere solicitud, planos del local, cumplimiento de normativas de ruido y emisiones, y certificado de compatibilidad urbanística. Es obligatorio tener esta licencia antes de comenzar tu actividad.

5

Cumple con la normativa de seguridad e higiene en el trabajo

Como fabricante de herramientas, debes cumplir con la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Si tienes empleados, debes realizar una evaluación de riesgos, implementar medidas de seguridad, proporcionar equipos de protección personal y realizar formación en seguridad. Además, debes registrar la actividad en el Registro de Accidentes de Trabajo. Si trabajas como autónomo sin empleados, igualmente debes garantizar condiciones de seguridad adecuadas en tu taller de fabricación.

6

Registra el centro de trabajo ante la Autoridad Laboral

Si tienes empleados, debes comunicar la apertura del centro de trabajo (taller o fábrica) a la Inspección Provincial de Trabajo antes de que comiencen a trabajar. Debes presentar el formulario de comunicación de apertura de centro de trabajo indicando el número de trabajadores, horarios y condiciones de trabajo. Este registro es obligatorio para que la Inspección de Trabajo pueda realizar sus funciones de vigilancia y control en tu empresa.

Documentos necesarios para el alta con CNAE 25.63

Documento Nacional de Identidad (DNI) o Pasaporte Obtienes este documento en comisarías de policía, delegaciones de la Policía Nacional o en tu Ayuntamiento. Es tu documento de identidad oficial y es necesario para todos los trámites administrativos.
Justificante de domicilio (factura de servicios, contrato de alquiler, etc.) Puedes obtenerlo de empresas de suministros (agua, luz, gas, teléfono) o de tu arrendador. Debe estar a tu nombre y tener una antigüedad inferior a 3 meses. Es necesario para acreditar tu domicilio ante la Administración.
Certificado de compatibilidad urbanística del local Lo expide tu Ayuntamiento tras solicitar la licencia de actividad. Acredita que tu actividad de fabricación es compatible con la zona donde ubicarás tu taller.
Proyecto técnico o memoria descriptiva de la actividad Lo elaboras tú mismo o con ayuda de un técnico. Debe describir el proceso de fabricación, maquinaria a utilizar, medidas de seguridad e higiene, y cumplimiento normativo. Es necesario para la solicitud de licencia municipal.
Certificado de afiliación a la Seguridad Social Lo obtiene la Tesorería de la Seguridad Social tras presentar el alta como autónomo. Acredita que estás dado de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos.
Plano del local con distribución de espacios Lo elaboras tú mismo o con un técnico. Debe mostrar la ubicación de maquinaria, áreas de trabajo, almacenes y servicios. Es obligatorio para la licencia de actividad municipal.

Plazos importantes

El alta en la Seguridad Social debe realizarse antes de iniciar tu actividad, en el mismo mes en que comiences a trabajar. La presentación del modelo 036 o 037 ante la Agencia Tributaria debe hacerse en el plazo de 10 días hábiles desde el inicio de tu actividad. La solicitud de licencia de actividad en el Ayuntamiento debe presentarse antes de comenzar la fabricación, ya que es un requisito previo imprescindible. Una vez dado de alta, debes presentar declaraciones trimestrales del IVA (modelo 303) si superas el umbral de actividad, y la declaración anual de la renta (modelo 100) antes del 30 de junio del año siguiente. El pago de la cuota de autónomo en la Seguridad Social es mensual y debe realizarse antes del día 20 de cada mes.

Formularios online

Errores comunes

  • Confundir el código CNAE 25.63 con otros códigos de fabricación metálica como 25.62 (fabricación de herramientas eléctricas) o 25.73 (fabricación de cerraduras y bisagras). Debes asegurarte de que tu actividad se ajusta exactamente a la descripción del CNAE 25.63 para evitar problemas con la Agencia Tributaria.
  • No obtener la licencia de actividad municipal antes de comenzar a fabricar herramientas. Muchos emprendedores inician su actividad sin este documento, lo que puede resultar en sanciones, cierre del taller y obligación de regularizar la situación. La licencia es obligatoria y debe obtenerse previamente.
  • Olvidar darse de alta en la Seguridad Social como autónomo o no comunicar correctamente el número de empleados. Esto puede derivar en sanciones económicas importantes y problemas de cobertura de contingencias profesionales. El alta debe realizarse antes de iniciar la actividad.
  • Indicar incorrectamente el epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) en el modelo 036/037. Para la fabricación de herramientas, el epígrafe correcto es 721.1. Un error en este dato puede causar problemas administrativos posteriores.
  • No evaluar correctamente los riesgos laborales ni implementar las medidas de seguridad necesarias en el taller. La fabricación de herramientas implica riesgos de cortes, golpes, exposición a ruido y polvo metálico. Incumplir la normativa de seguridad puede resultar en accidentes graves y sanciones de la Inspección de Trabajo.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre el modelo 036 y el modelo 037?
El modelo 036 es la declaración censal general que pueden presentar todas las personas físicas y jurídicas que inician una actividad económica. El modelo 037 es una versión simplificada reservada exclusivamente para personas físicas (autónomos) que cumplen ciertos requisitos: no tienen empleados, no realizan importaciones o exportaciones de bienes, y sus ingresos provienen únicamente de la actividad declarada. Si eres autónomo fabricante de herramientas sin empleados, puedes usar el 037; si tienes empleados o dudas, es más seguro presentar el 036.
¿Tengo que pagar cuota de IAE (Impuesto de Actividades Económicas)?
La cuota del IAE está exenta para los autónomos cuya cifra de negocios no supere los 1.000.000 de euros anuales. Como fabricante de herramientas autónomo, probablemente estarás exento de pagar esta cuota. Sin embargo, debes declarar el epígrafe IAE 721.1 en el modelo 036 o 037, aunque no tengas que abonar cantidad alguna. Si tu cifra de negocios supera ese umbral, entonces sí deberías pagar la cuota correspondiente.
¿Cuándo debo presentar la declaración del IVA?
Si tu cifra de negocios supera los 600.000 euros anuales, estás obligado a presentar declaraciones del IVA trimestrales (modelo 303) antes del día 20 del mes siguiente al trimestre. Si tu volumen es inferior, puedes presentar declaraciones anuales. En cualquier caso, debes conservar toda la documentación de compras y ventas durante 6 años. Es recomendable llevar un control mensual para facilitar estas declaraciones.
¿Qué pasa si no obtengo la licencia de actividad municipal antes de empezar?
La licencia de actividad es obligatoria y debe obtenerse antes de iniciar cualquier actividad. Si comienzas sin ella, la Administración local puede clausurar tu taller, imponerte multas significativas y obligarte a regularizar la situación. Además, podrías tener problemas de cobertura de responsabilidad civil si ocurre un accidente. Por eso es fundamental solicitar esta licencia como primer paso, incluso antes de presentar el modelo 036.
¿Necesito contratar empleados desde el principio o puedo empezar como autónomo en solitario?
Puedes comenzar como autónomo trabajando tú solo en tu taller de fabricación de herramientas. En este caso, solo debes darte de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos de la Seguridad Social. Si posteriormente decides contratar empleados, deberás comunicarlo a la Seguridad Social y cumplir con obligaciones adicionales como afiliación de trabajadores, cotizaciones, seguro de responsabilidad civil y cumplimiento de normativa laboral. Muchos emprendedores comienzan solos y escalan gradualmente.

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