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CNAE 30.31Trámites de alta

Alta CNAE 30.31: Construcción aeronáutica y espacial civil y su maquinaria

Dada la complejidad técnica y regulatoria de la construcción aeronáutica y espacial civil (CNAE 30.31), es altamente recomendable que contrates los servicios de una gestoría especializada en este sector. Un gestor profesional te ayudará a navegar los requisitos específicos de esta actividad, a cumplir correctamente con tus obligaciones fiscales y de seguridad social, y a evitar costosos errores administrativos. Además, una gestoría te asesorará sobre normativas específicas del sector aeronáutico, certificaciones necesarias y obligaciones de registro ante organismos como la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) si es aplicable a tu caso.

Pasos para darse de alta

1

Obtén tu número de identificación fiscal (NIF)

Si aún no tienes NIF, debes solicitarlo en la Delegación de la AEAT más cercana a tu domicilio o a través de la Sede Electrónica de la AEAT. Necesitarás presentar tu DNI o pasaporte original y una copia. Este trámite es gratuito y es el primer paso obligatorio para cualquier persona física que vaya a ejercer una actividad económica en España. Una vez obtenido, recibirás tu NIF que será tu identificador único ante la administración tributaria.

2

Solicita la alta en el Censo de Actividades Económicas (CAE) mediante el modelo 036 o 037

Debes presentar el modelo 036 (declaración censal general) o el modelo 037 (si cumples los requisitos de simplificación) en la Delegación de Hacienda de tu provincia o electrónicamente a través de la Sede Electrónica de la AEAT. En este formulario declararás tu actividad económica con el código CNAE 30.31 y el epígrafe IAE 711. El plazo para darte de alta es de 10 días desde el inicio de tu actividad, aunque es recomendable hacerlo antes de comenzar a trabajar para evitar sanciones. Recuerda que el modelo 037 solo es válido si eres persona física y cumples ciertos requisitos de volumen de ingresos y simplicidad administrativa.

3

Solicita la afiliación a la Seguridad Social como autónomo o empresa

Si eres autónomo, debes darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) en la Tesorería de la Seguridad Social de tu provincia. Si vas a constituir una sociedad mercantil, esta deberá darse de alta en el Régimen General. Necesitarás presentar tu NIF, DNI y documentación que acredite tu domicilio. El plazo para esta afiliación es también de 10 días desde el inicio de la actividad. Una vez afiliado, recibirás tu número de afiliación a la Seguridad Social que deberás incluir en todos tus trámites fiscales.

4

Registra tu actividad en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)

Aunque el IAE está exento para autónomos con cifra de negocios inferior a 1.000.000€ anuales, debes solicitar tu alta en el padrón del IAE a través del modelo 036/037 o directamente en la Delegación de Hacienda. Para la construcción aeronáutica (CNAE 30.31), el epígrafe correspondiente es el 711. Aunque no pagues cuota si tu volumen de negocio es inferior al umbral mencionado, el registro es obligatorio para fines estadísticos y de control administrativo. Este trámite se realiza simultáneamente con tu alta en el CAE.

5

Obtén tu certificado digital o Cl@ve para tramitaciones electrónicas

Para realizar futuras tramitaciones con la AEAT de forma electrónica y segura, debes obtener un certificado digital reconocido o una credencial Cl@ve. El certificado digital se puede solicitar en las Autoridades de Certificación reconocidas, mientras que Cl@ve es un sistema de autenticación de la Administración Pública. Ambas opciones te permitirán acceder a la Sede Electrónica de la AEAT para presentar declaraciones, comunicaciones y otros trámites sin necesidad de desplazarte físicamente. Te recomendamos obtener uno de estos sistemas antes de completar tu alta.

Documentos necesarios para el alta con CNAE 30.31

DNI o Pasaporte original y fotocopia Presentar en la Delegación de la AEAT o en la Delegación de Hacienda de tu provincia. Estos documentos acreditan tu identidad y son imprescindibles para obtener el NIF y realizar cualquier trámite fiscal. Si eres extranjero sin DNI, puedes utilizar tu pasaporte o el NIE si lo posees.
Comprobante de domicilio (recibo de luz, agua, teléfono o contrato de alquiler) Obtener de tu proveedor de servicios o propietario del inmueble. Este documento debe tener una antigüedad máxima de 3 meses y debe estar a tu nombre o al de tu cónyuge. Es necesario para acreditar tu domicilio fiscal ante la AEAT y la Seguridad Social.
Modelo 036 o 037 completado Descargar de la Sede Electrónica de la AEAT o solicitar en la Delegación de Hacienda. Este es el formulario oficial de declaración censal que debes presentar para darte de alta en el registro de actividades económicas. Debe estar firmado y contener todos los datos relativos a tu actividad, incluyendo el CNAE 30.31 y el epígrafe IAE correspondiente.
Documentación acreditativa de la actividad (planos, proyectos, contratos o presupuestos) Elaborar por ti mismo o con asesoría profesional. Aunque no siempre es obligatoria su presentación, es recomendable tener documentación que acredite la naturaleza y alcance de tu actividad en construcción aeronáutica. Esto facilita la gestión administrativa y puede ser solicitado por la AEAT en inspecciones posteriores.
Número de cuenta bancaria o datos de domiciliación Obtener de tu entidad bancaria. Es necesario para domiciliar el pago de impuestos y cuotas de la Seguridad Social. Debes proporcionar el IBAN de tu cuenta corriente en la que se realizarán los adeudos de tus obligaciones tributarias y de seguridad social.

Plazos importantes

El plazo para darte de alta en el Censo de Actividades Económicas es de 10 días desde el inicio de tu actividad económica, aunque es recomendable hacerlo antes de comenzar a operar. La afiliación a la Seguridad Social también debe realizarse dentro de este plazo de 10 días. Una vez dado de alta, deberás cumplir con tus obligaciones periódicas: presentar la declaración trimestral del IVA (modelo 303) si estás acogido al régimen general, realizar la declaración anual del IRPF o del Impuesto sobre Sociedades según tu forma jurídica, y pagar mensualmente las cuotas de la Seguridad Social como autónomo. Además, debes mantener tu registro actualizado en el CAE comunicando cualquier cambio en tu domicilio, actividad o datos de contacto en un plazo máximo de 10 días.

Formularios online

Errores comunes

  • Confundir el código CNAE 30.31 con otros códigos de fabricación industrial: asegúrate de que tu actividad se corresponde específicamente con la construcción aeronáutica y espacial civil, no con reparación general de vehículos o fabricación de componentes no aeronáuticos. Si tu actividad es principalmente de reparación y mantenimiento de aeronaves, podrías necesitar el CNAE 33.61 en su lugar.
  • No solicitar el alta antes de comenzar la actividad: muchos autónomos comienzan a trabajar sin estar dados de alta fiscalmente, lo que genera sanciones importantes. Debes presentar el modelo 036/037 antes o simultáneamente con el inicio de tu actividad, nunca después.
  • Olvidar incluir el epígrafe IAE correcto en el modelo 036/037: para la construcción aeronáutica (CNAE 30.31), el epígrafe IAE es el 711. Si lo omites o pones uno incorrecto, tu declaración puede ser rechazada o requerida de subsanación.
  • Confundir el modelo 036 con el 037: el modelo 037 solo es válido si eres persona física, no tienes trabajadores a tu cargo, y tu cifra de negocios es moderada. Si tienes dudas sobre cuál corresponde, es más seguro usar el 036 que es general.
  • No domiciliar correctamente los pagos: debes proporcionar un IBAN válido para que se realicen los adeudos de impuestos y cuotas. Si no lo haces, podrías incurrir en retrasos de pago involuntarios.
  • Declarar una actividad diferente a la que realmente realizas: la construcción aeronáutica es una actividad altamente especializada y regulada. Si tu actividad real es diferente, debes usar el CNAE correcto para evitar problemas con inspecciones y sanciones.

Preguntas frecuentes

¿Necesito algún permiso especial para dedicarme a la construcción aeronáutica además del CNAE 30.31?
Sí, además del registro fiscal con el CNAE 30.31, si tu actividad implica la fabricación de aeronaves civiles que vayan a volar, deberás obtener las autorizaciones correspondientes de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) y cumplir con la normativa europea de aeronavegabilidad. Si fabricas drones, también deberás cumplir con la normativa de aviación no tripulada. Estos permisos son independientes de tu alta fiscal pero son obligatorios para ejercer legalmente la actividad. Te recomendamos consultar con la AESA y con un asesor especializado en normativa aeronáutica antes de iniciar tu actividad.
¿Cuál es la diferencia entre el modelo 036 y el modelo 037 para mi alta?
El modelo 036 es la declaración censal general válida para cualquier persona física o jurídica que inicie una actividad económica. El modelo 037 es la versión simplificada, solo para personas físicas que cumplen ciertos requisitos: no tener trabajadores, no tener establecimientos secundarios, y tener una actividad de cierta sencillez administrativa. Para la construcción aeronáutica, que es una actividad compleja y especializada, es muy probable que debas usar el modelo 036 incluso si eres autónomo. Si tienes dudas, usa el 036 que es más seguro.
¿Tengo que pagar cuota de IAE si me doy de alta con el CNAE 30.31?
Depende de tu cifra de negocios anual. Si tu volumen de ingresos es inferior a 1.000.000€ anuales, estás exento de pagar la cuota del IAE. Sin embargo, debes solicitar tu alta en el padrón del IAE a través del modelo 036/037 para fines estadísticos y administrativos, aunque no pagues cuota. Si superas los 1.000.000€ anuales, deberás pagar la cuota correspondiente al epígrafe 711. El cálculo exacto dependerá de tu comunidad autónoma, ya que tienen competencias sobre los importes.
¿Qué obligaciones fiscales tengo una vez dado de alta con el CNAE 30.31?
Una vez dado de alta, tendrás las siguientes obligaciones: presentar la declaración trimestral del IVA (modelo 303) si estás acogido al régimen general de IVA; realizar la declaración anual del IRPF (modelo 100) si eres autónomo, o la declaración del Impuesto sobre Sociedades si eres sociedad mercantil; pagar mensualmente las cuotas de la Seguridad Social como autónomo; llevar un registro de ingresos y gastos; y mantener tu información actualizada en el CAE. Además, deberás cumplir con las obligaciones específicas del sector aeronáutico, como registros ante la AESA si es aplicable.
¿Puedo cambiar mi CNAE a 30.31 si ya estoy dado de alta con otro código?
Sí, puedes cambiar tu CNAE si tu actividad principal cambia. Para hacerlo, debes presentar una modificación del modelo 036 o 037 en la Delegación de Hacienda o electrónicamente a través de la Sede Electrónica de la AEAT. Debes comunicar este cambio en un plazo máximo de 10 días desde que tu actividad principal se modifique. Es importante que hagas esto correctamente para que tu registro sea coherente con tu actividad real y evites problemas con inspecciones fiscales. Si tienes dudas, consulta con un gestor antes de realizar el cambio.

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