Te recomendamos encarecidamente que contrates los servicios de una gestoría especializada en alta de empresas y fabricación. Un gestor profesional te ayudará a cumplimentar correctamente los formularios, asegurará que respetes todos los plazos legales, y te asesorará sobre obligaciones tributarias, laborales y medioambientales específicas de tu sector. Esto te permitirá enfocarte en el desarrollo de tu negocio de fabricación de bicicletas y vehículos mientras garantizas el cumplimiento normativo desde el inicio.
Pasos para darse de alta
Obtén el Número de Identificación Fiscal (NIF)
Si aún no tienes NIF, debes solicitarlo en la Delegación de la AEAT más cercana a tu domicilio. Necesitarás presentar tu DNI o pasaporte y cumplimentar el impreso correspondiente. Este trámite es gratuito y puedes realizarlo de forma presencial o telemática si dispones de certificado digital. El NIF es imprescindible para cualquier actividad económica en España y será tu identificativo único ante la administración tributaria.
Solicita el alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE)
Debes darte de alta en el IAE presentando el modelo 036 (declaración censal general) o 037 (declaración censal simplificada si eres persona física y cumples los requisitos). En tu caso, el epígrafe IAE correspondiente es el 3722 para la fabricación de bicicletas y vehículos similares. Esta solicitud debe presentarse en la Delegación de la AEAT o telemáticamente a través de la Sede Electrónica. El alta en el IAE debe efectuarse dentro de los 10 días siguientes al inicio de la actividad.
Registra tu actividad en el Régimen de la Seguridad Social
Si eres autónomo, debes afiliarte a la Seguridad Social en el régimen de trabajadores autónomos (RETA) en la Tesorería de la Seguridad Social correspondiente. Si tienes empleados, debes inscribir tu empresa como empleadora. Este registro es fundamental para tener cobertura de contingencias profesionales y poder acceder a prestaciones sociales. El plazo para realizar esta solicitud es de 30 días desde el inicio de la actividad.
Cumple con el registro en la Administración Laboral
Debes comunicar el inicio de la actividad a la Inspección Provincial de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social. Si tienes trabajadores, debes presentar la documentación relativa a contratos, nóminas y afiliación. Este registro garantiza el cumplimiento de la normativa laboral y de prevención de riesgos laborales. Puedes hacerlo telemáticamente a través del portal de la administración laboral de tu comunidad autónoma.
Obtén licencia de actividad municipal si es necesario
Dependiendo del municipio donde desarrolles la actividad, puede ser necesario solicitar una licencia de actividad o una licencia ambiental. Contacta con el Ayuntamiento de tu localidad para verificar los requisitos específicos. La fabricación de bicicletas y vehículos puede estar sujeta a normativas medioambientales o de seguridad según la escala de producción. Este trámite suele realizarse en el área de Urbanismo o Medio Ambiente del consistorio.
Documentos necesarios para el alta con CNAE 30.92
Plazos importantes
El alta en el IAE debe efectuarse dentro de los 10 días siguientes al inicio de la actividad económica, siendo recomendable hacerlo antes de comenzar la operativa. La afiliación a la Seguridad Social como autónomo debe realizarse en un plazo máximo de 30 días desde el inicio de la actividad. Las obligaciones tributarias periódicas incluyen la presentación de la declaración trimestral del IVA (modelo 303) si estás sujeto a este impuesto, y la declaración anual de la renta (modelo 100) antes del 30 de junio del año siguiente. Si tu cifra de negocios es superior a 1.000.000 euros anuales, deberás pagar la cuota del IAE; en caso contrario, estará exenta.
Formularios online
Errores comunes
- ✗Confundir el epígrafe IAE (3722 para fabricación de bicicletas) con el código CNAE (30.92). Son clasificaciones diferentes: el CNAE es estadístico (INE) y el IAE es fiscal (AEAT). Ambos deben indicarse correctamente en el modelo 036/037.
- ✗No presentar el alta en el IAE dentro del plazo de 10 días desde el inicio de la actividad, lo que puede resultar en sanciones administrativas. Es fundamental cumplir este plazo incluso si aún no has generado ingresos.
- ✗Olvidar la afiliación a la Seguridad Social como autónomo. Muchos emprendedores olvidan este trámite crucial, quedando sin cobertura de contingencias profesionales y siendo susceptibles de sanciones.
- ✗Indicar incorrectamente si la actividad requiere licencia municipal de actividad. Algunos municipios exigen licencia para fabricación, mientras que otros no. Consulta siempre con tu Ayuntamiento antes de iniciar.
- ✗No actualizar el CNAE o el epígrafe IAE si tu actividad cambia o se amplía. Si comienzas a fabricar también piezas y accesorios con mayor escala, debes comunicar los cambios a la AEAT.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la diferencia entre el modelo 036 y el modelo 037?▼
¿Necesito licencia de actividad municipal para fabricar bicicletas?▼
¿Debo pagar cuota del IAE si fabrico bicicletas?▼
¿Qué obligaciones tributarias tengo como fabricante de bicicletas?▼
¿Puedo empezar a fabricar bicicletas antes de tener el alta en la AEAT?▼
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