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CNAE 32.40Trámites de alta

Alta CNAE 32.40: Fabricación de juegos y juguetes

Dado que la fabricación de juguetes implica múltiples obligaciones fiscales, laborales y municipales, te recomendamos encarecidamente que contrates una gestoría profesional para gestionar todos estos trámites. Una gestoría especializada en fabricación te ayudará a presentar correctamente el modelo 036, obtener la licencia municipal, registrarte en Seguridad Social y cumplir con tus obligaciones de declaración de IVA e IRPF. Esto te permitirá concentrarte en tu actividad de fabricación mientras aseguras que todos los trámites se realizan correctamente y dentro de los plazos establecidos.

Pasos para darse de alta

1

Obtener el Número de Identidad Fiscal (NIF)

Antes de iniciar cualquier trámite de alta, debes obtener un NIF si aún no lo tienes. Si eres persona física, debes solicitarlo en la Delegación de la AEAT más cercana a tu domicilio presentando tu pasaporte o documento de identidad. Si vas a constituir una sociedad mercantil, primero debes inscribir la empresa en el Registro Mercantil y después solicitar el NIF. Este paso es fundamental porque todos los trámites posteriores se realizan con este número.

2

Registrarse en el sistema Cl@ve

Debes crear una cuenta en el sistema Cl@ve para acceder a la Sede Electrónica de la AEAT. Este sistema te permite realizar trámites telemáticamente de forma segura. Accede a https://clave.gob.es/clave_Home/registro.html, sigue el proceso de registro con tu NIF y crea tus credenciales de acceso. Una vez completado, podrás presentar electrónicamente todos los formularios necesarios.

3

Rellenar y presentar el modelo 036 o 037

Como fabricante de juegos y juguetes, debes presentar el modelo 036 (Declaración censal para el alta en el Registro de Actividades Económicas). Este modelo es obligatorio para todas las actividades económicas. En él debes indicar tu código CNAE (32.40) y el epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas (3.2 - Fabricación de juegos y juguetes). Puedes presentarlo electrónicamente a través de la Sede Electrónica de la AEAT o en papel en la Delegación correspondiente. Si cumples los requisitos de simplificación, podrías usar el modelo 037, pero generalmente la fabricación requiere el 036.

4

Solicitar el alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE)

En el modelo 036 debes solicitar el alta en el IAE con el epígrafe 3.2 correspondiente a la fabricación de juguetes. Si tu cifra de negocios anual no supera los 1.000.000 euros, estarás exento del pago de la cuota del IAE. Debes indicar la fecha de inicio de actividad, que será la fecha en que comiences efectivamente tus operaciones de fabricación.

5

Registrarse en el régimen de IVA correspondiente

Como fabricante, estás obligado a registrarte en el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). En el modelo 036 debes solicitar el alta en el régimen de IVA que corresponda según tu situación. Si tu cifra de negocios esperada supera los 10.000 euros anuales, debes darte de alta como sujeto pasivo del IVA. Debes presentar declaraciones trimestrales del modelo 303 si superas determinados umbrales de facturación.

6

Inscribirse en la Seguridad Social

Si eres trabajador autónomo, debes darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social antes de iniciar tu actividad. Si tienes empleados, debes inscribir la empresa en el Régimen General de la Seguridad Social. Puedes realizar este trámite en la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) presentando el modelo TA.0521.

7

Obtener licencia de actividad municipal

Debes solicitar la licencia de actividad o licencia de funcionamiento en el Ayuntamiento del municipio donde vayas a ubicar tu instalación de fabricación. Este trámite es obligatorio y debe completarse antes de iniciar la actividad. Presenta la solicitud junto con documentación del local (contrato de alquiler o propiedad), proyecto técnico si es necesario, y copia del modelo 036 presentado a la AEAT.

Documentos necesarios para el alta con CNAE 32.40

Documento Nacional de Identidad (DNI) o Pasaporte Debes presentar el original o copia compulsada en cualquier trámite presencial. Si eres extranjero, puedes usar tu pasaporte o Número de Identidad de Extranjero (NIE). Obtén este documento en tu país de origen o en la Comisaría Nacional de Policía si ya resides en España.
Escritura de constitución de la sociedad (si aplica) Si vas a constituir una sociedad mercantil (SL, SA, etc.), necesitas la escritura de constitución inscrita en el Registro Mercantil. Obtén este documento del notario que formalice la constitución de tu empresa. Este documento es imprescindible para solicitar el NIF de la empresa.
Contrato de arrendamiento o título de propiedad del local Debes demostrar que tienes acceso legal al local donde realizarás la fabricación de juguetes. Obtén el contrato de alquiler del propietario del inmueble o la escritura de propiedad si es tu propio local. Este documento es obligatorio para solicitar la licencia de actividad municipal.
Proyecto técnico o descripción de la instalación Dependiendo de la complejidad de tu instalación de fabricación, el Ayuntamiento puede solicitarte un proyecto técnico. Si es necesario, encarga este documento a un técnico competente (ingeniero técnico o similar). En casos simples, una descripción detallada de tu actividad y equipos puede ser suficiente.
Justificante de alta en la Seguridad Social Tras presentar el modelo TA.0521 en la Tesorería de la Seguridad Social, recibirás un justificante de afiliación. Este documento confirma tu alta en el régimen correspondiente (RETA si eres autónomo, o Régimen General si tienes empleados).
Número de Identidad Fiscal (NIF) Si aún no tienes NIF, solicítalo en la Delegación de la AEAT más cercana presentando tu DNI o pasaporte. Si es para una empresa, el NIF se obtiene tras inscribirse en el Registro Mercantil. Este número es obligatorio para todos los trámites fiscales.

Plazos importantes

Debes presentar el modelo 036 en el plazo de 10 días hábiles desde el inicio de tu actividad de fabricación de juguetes. El alta en la Seguridad Social debe realizarse antes de comenzar a trabajar. La solicitud de licencia municipal debe presentarse antes de iniciar la actividad, aunque el plazo de resolución varía según el Ayuntamiento (generalmente entre 30 y 60 días). Una vez dado de alta, debes presentar declaraciones trimestrales del IVA (modelo 303) si superaste determinados umbrales, y la declaración anual del IRPF (modelo 100) o del Impuesto de Sociedades (modelo 200) según tu forma jurídica.

Formularios online

Errores comunes

  • Confundir el código CNAE 32.40 (Fabricación de juegos y juguetes) con actividades de comercio (52.48 - Venta al por menor de juguetes). Si solo vendes juguetes sin fabricarlos, debes usar un código diferente. Asegúrate de que tu actividad principal es la fabricación y no la distribución o venta.
  • Olvidar solicitar la licencia de actividad municipal antes de iniciar la fabricación. Muchos emprendedores presentan el modelo 036 en la AEAT pero olvidan tramitar la licencia municipal, lo que puede resultar en multas y cierre de la actividad. Este trámite es obligatorio e independiente del registro fiscal.
  • No indicar correctamente el epígrafe del IAE (3.2 - Fabricación de juguetes) en el modelo 036. Debes asegurarte de que el epígrafe coincida exactamente con tu actividad de fabricación, no con venta o distribución. Un error aquí puede causar problemas con futuras inspecciones.
  • Presentar el modelo 037 en lugar del 036. El modelo 037 es para personas físicas con actividades muy específicas y simplificadas. La fabricación de juguetes requiere generalmente el modelo 036, que proporciona un registro más completo de tu actividad.
  • No darse de alta en la Seguridad Social antes de iniciar la actividad. Si eres autónomo, debes afiliarte al RETA antes de comenzar a trabajar. Si tienes empleados, debes inscribir la empresa en el Régimen General. Iniciar actividad sin estar dado de alta en Seguridad Social es ilegal y puede resultar en sanciones importantes.
  • Indicar incorrectamente la fecha de inicio de actividad en el modelo 036. Esta fecha debe ser la del día en que realmente comienzas tus operaciones de fabricación, no la fecha de presentación del formulario. Una fecha incorrecta puede causar problemas con tus obligaciones fiscales y de Seguridad Social.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre el código CNAE 32.40 y otras actividades relacionadas con juguetes?
El CNAE 32.40 corresponde a la fabricación de juguetes, es decir, cuando tú produces o manufactura los juguetes. Si tu actividad es vender juguetes fabricados por otros, debes usar el código 52.48 (Venta al por menor de juguetes). Si importas juguetes para distribuirlos, podrías usar 46.49 (Comercio al por mayor de otros artículos). La clave está en si tú manufacturar el producto o simplemente lo vendes.
¿Necesito presentar el modelo 036 o el modelo 037 para fabricar juguetes?
Debes presentar el modelo 036, que es la declaración censal general para el alta en el Registro de Actividades Económicas. El modelo 037 es una versión simplificada solo para personas físicas con actividades muy específicas y con ciertos requisitos de facturación máxima. La fabricación de juguetes, por su naturaleza, requiere el registro más completo del modelo 036.
¿Cuándo debo empezar a presentar declaraciones de IVA si fabrico juguetes?
Debes presentar declaraciones trimestrales del IVA (modelo 303) si tu cifra de negocios anual supera los 10.000 euros. Si eres un fabricante pequeño que no alcanza este umbral, podrías estar exento de presentar estas declaraciones, pero aún así debes estar registrado como sujeto pasivo del IVA. Consulta con tu gestoría para determinar tu situación específica según tu volumen de ventas esperado.
¿Tengo que pagar la cuota del Impuesto de Actividades Económicas (IAE)?
La cuota del IAE está exenta para personas físicas con una cifra de negocios anual inferior a 1.000.000 euros. Como fabricante de juguetes, si tu facturación anual no supera este umbral, no tendrás que pagar cuota. Sin embargo, debes solicitar el alta en el IAE en el modelo 036 para constar registrado, aunque estés exento de pago. Si superas los 1.000.000 euros anuales, sí deberás pagar la cuota correspondiente.
¿Qué pasa si inicio la fabricación sin haber presentado el modelo 036?
Iniciar una actividad económica sin presentar el modelo 036 es ilegal. La AEAT puede imponer sanciones económicas significativas, y además no estarás cubierto por la Seguridad Social ni tendrás protección legal como trabajador autónomo. Además, no podrás emitir facturas válidas. Es obligatorio presentar este formulario en el plazo de 10 días hábiles desde el inicio de tu actividad. Si aún no lo has hecho, presenta el modelo 036 inmediatamente.

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