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CNAE 32.91Trámites de alta

Alta CNAE 32.91: Fabricación de escobas, brochas y cepillos

Te recomendamos encarecidamente que contrates los servicios de una gestoría especializada en altas fiscales y seguridad social. Un gestor profesional se encargará de preparar correctamente todos los documentos, presentar los formularios en plazo y garantizar que tu inscripción en el CNAE 32.91 sea completa y sin errores. Esto te ahorrará tiempo, evitará sanciones y te permitirá concentrarte en desarrollar tu negocio de fabricación de escobas, brochas y cepillos desde el primer día.

Pasos para darse de alta

1

Obtén tu número de identidad fiscal (NIF)

Si eres persona física española, ya dispones de tu NIF. Si eres extranjero, debes solicitar un NIE (Número de Identidad de Extranjero) en la Delegación de Policía Nacional o Comisaría más cercana a tu domicilio. Este documento es obligatorio para cualquier trámite fiscal ante la AEAT y acredita tu identidad legal en España.

2

Solicita la inscripción en el Registro Mercantil (si corresponde)

Si tu actividad como fabricante de escobas, brochas y cepillos va a realizarse de forma habitual y profesional, debes inscribirte en el Registro Mercantil Provincial correspondiente a tu domicilio. Esta inscripción es obligatoria para empresarios individuales y es el primer paso antes de darte de alta en la AEAT. Puedes realizar esta inscripción de forma telemática a través de la Sede Electrónica del Registro Mercantil.

3

Presenta el modelo 036 o 037 en la AEAT

Debes rellenar y presentar el modelo 036 (declaración censal general) o el modelo 037 (declaración censal simplificada, si cumples los requisitos como persona física). En este formulario indicarás el código CNAE 32.91 y el epígrafe IAE 6322. La presentación puede realizarse de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la AEAT utilizando certificado digital o Cl@ve, o de forma presencial en la oficina de la AEAT correspondiente a tu domicilio.

4

Solicita el alta en el régimen de la Seguridad Social

Como trabajador autónomo, debes darte de alta en el régimen especial de autónomos de la Seguridad Social (RETA) de forma simultánea o posterior a tu alta en la AEAT. Esta solicitud se realiza en la Tesorería de la Seguridad Social correspondiente a tu domicilio o de forma telemática. Es obligatorio afiliarse y cotizar mensualmente para tener cobertura de seguridad social.

5

Abre una cuenta bancaria a nombre de tu negocio

Aunque no es obligatorio por ley, es altamente recomendable abrir una cuenta bancaria específica para tu actividad de fabricación de escobas, brochas y cepillos. Esto facilita la gestión contable, la separación de gastos personales y profesionales, y mejora la transparencia ante la AEAT en caso de inspecciones. Necesitarás presentar el justificante de alta en la AEAT ante la entidad bancaria.

Documentos necesarios para el alta con CNAE 32.91

NIF o NIE original Si eres español, ya lo tienes. Si eres extranjero, solicítalo en la Delegación de Policía Nacional o Comisaría de tu provincia. Es el documento de identidad fiscal obligatorio para cualquier trámite ante la AEAT.
Certificado de inscripción en el Registro Mercantil Obtén este documento en el Registro Mercantil Provincial de tu provincia. Puedes solicitarlo de forma telemática a través de la Sede Electrónica del Registro Mercantil o de forma presencial. Acredita que tu empresa está registrada legalmente como actividad mercantil.
Documento de identidad en vigor (DNI, pasaporte o NIE) Debes presentar tu documento de identidad original o fotocopia compulsada. Si tramitas el alta de forma telemática con certificado digital o Cl@ve, este requisito se cumple automáticamente mediante la identificación electrónica.
Justificante de domicilio del negocio Presenta un recibo de suministros (agua, luz, gas, teléfono) o un contrato de alquiler o compra del local donde desarrollarás la actividad de fabricación. Este documento acredita dónde está ubicada tu empresa y debe estar a tu nombre o con autorización del titular.
Certificado digital o contraseña de acceso a Cl@ve Si realizas el trámite de forma telemática, necesitarás un certificado digital reconocido (disponible en la FNMT) o registrarte en el sistema Cl@ve en https://clave.gob.es/clave_Home/registro.html. Ambas opciones te permiten acceder de forma segura a la Sede Electrónica de la AEAT.
Modelo 036 o 037 cumplimentado Descárgalo de la Sede Electrónica de la AEAT o solicítalo en la oficina de la AEAT. El modelo 036 es la declaración censal general (obligatorio para todos). El modelo 037 es la versión simplificada solo para personas físicas que cumplen ciertos requisitos de actividad. Ambos están disponibles en https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/GC36.shtml

Plazos importantes

Debes presentar el modelo 036 o 037 en el plazo de 10 días hábiles a partir del inicio de tu actividad de fabricación de escobas, brochas y cepillos. Si no cumples este plazo, la AEAT puede sancionarte. Simultáneamente, debes darte de alta en la Seguridad Social en el RETA antes de iniciar la actividad. A partir de tu alta, tienes obligaciones mensuales (si aplica IVA), trimestrales (modelo 303 si eres sujeto pasivo de IVA) y anuales (presentación de la declaración de la renta, modelo 100). La cuota del IAE está exenta si tu cifra de negocios anual no supera 1.000.000 euros.

Formularios online

Errores comunes

  • Confundir el código CNAE 32.91 con otros códigos de fabricación similar. Asegúrate de que tu actividad se ajusta exactamente a la descripción oficial: fabricación de escobas, brochas, cepillos y artículos similares. Si fabricas otros productos (como artículos de limpieza químicos o maquinaria), necesitarás un CNAE diferente.
  • Olvidar inscribirse en el Registro Mercantil antes de presentar el modelo 036. Este es un error frecuente que causa rechazos de solicitudes. La inscripción mercantil debe estar realizada antes o simultáneamente con el alta en la AEAT.
  • No indicar correctamente el epígrafe IAE 6322 en el modelo 036/037. Muchos solicitantes olvidan rellenar este campo o lo confunden con otros epígrafes. El epígrafe IAE es obligatorio y debe coincidir con tu actividad de fabricación de escobas, brochas y cepillos.
  • Presentar la solicitud fuera del plazo de 10 días hábiles desde el inicio de la actividad. Esto puede resultar en sanciones administrativas. Debes ser diligente y presentar la documentación dentro del plazo establecido por la ley.
  • No darse de alta en la Seguridad Social en el RETA simultáneamente con el alta en la AEAT. Aunque técnicamente son trámites separados, ambos deben realizarse antes de iniciar la actividad para evitar problemas legales y de cobertura social.
  • Confundir el modelo 036 (general) con el modelo 037 (simplificado). El modelo 037 solo es válido para personas físicas que cumplan ciertos requisitos. Si tienes dudas sobre cuál corresponde a tu situación, utiliza el modelo 036 que es válido para todos.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre el modelo 036 y el modelo 037?
El modelo 036 es la declaración censal general y es obligatorio para todas las personas físicas y jurídicas que inicien una actividad económica. El modelo 037 es la versión simplificada y solo puede utilizarse si eres persona física, no tienes trabajadores a tu cargo y tu actividad no está incluida en determinadas listas de exclusión. Si tienes dudas, es más seguro utilizar el modelo 036.
¿Necesito inscribirme en el Registro Mercantil antes de presentar el modelo 036?
Sí, es obligatorio inscribirse en el Registro Mercantil Provincial antes o simultáneamente con la presentación del modelo 036. Esta inscripción acredita que tu empresa está constituida legalmente como actividad mercantil. Sin este registro, la AEAT puede rechazar tu solicitud de alta.
¿Cuál es el epígrafe IAE correspondiente al CNAE 32.91?
El epígrafe IAE que corresponde al código CNAE 32.91 es el 6322 - Fabricación de escobas, cepillos, brochas y artículos similares. Debes indicar este epígrafe en el modelo 036 o 037. Recuerda que la cuota del IAE está exenta si tu cifra de negocios anual no supera 1.000.000 euros.
¿Tengo que disfrutar de exención de IVA al iniciar mi actividad de fabricación?
No necesariamente. Como fabricante de escobas, brochas y cepillos, eres sujeto pasivo del IVA desde el primer día de tu actividad, salvo que solicites expresamente la exención por pequeño volumen de operaciones (si tu cifra de negocios no supera determinados límites). Deberás presentar el modelo 303 (declaración trimestral de IVA) si tu volumen de operaciones lo requiere.
¿Cuál es el plazo máximo para presentar el modelo 036 después de iniciar mi actividad?
Tienes un plazo de 10 días hábiles a partir del inicio de tu actividad de fabricación para presentar el modelo 036 o 037 ante la AEAT. Si no cumples este plazo, puedes ser sancionado administrativamente. Es importante ser diligente y presentar la documentación dentro del plazo establecido por la ley.

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