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CNAE 33.16Trámites de alta

Alta CNAE 33.16: Reparación y mantenimiento aeronáutico y espacial civil

Te recomendamos encarecidamente que contrates una gestoría especializada en actividades aeronáuticas para gestionar tu alta fiscal y tus obligaciones contables. Una gestoría experimentada te ayudará a cumplir correctamente con el CNAE 33.16, a obtener las autorizaciones necesarias de la AESA, a mantener tu contabilidad conforme a la normativa específica de reparación aeronáutica y a presentar todas tus declaraciones fiscales en tiempo y forma. Esto te permitirá concentrarte en tu actividad de reparación mientras aseguras el cumplimiento normativo total.

Pasos para darse de alta

1

Obtén tu NIF o solicita el cambio de categoría

Si eres persona física autónoma, debes tener un NIF activo. Si ya eres autónomo con otra actividad, necesitas comunicar el cambio de actividad económica a la AEAT. Si eres persona jurídica (sociedad limitada, cooperativa, etc.), debes solicitar el NIF de la empresa ante la Administración Tributaria. Este es el primer paso fundamental para identificarte fiscalmente ante la administración.

2

Presenta el modelo 036 o 037 en la AEAT

Debes completar la declaración censal correspondiente. Si eres persona física autónoma sin empleados y cumples ciertos requisitos, puedes usar el modelo 037 (simplificado). En caso contrario, usa el modelo 036 (general). En el apartado de actividades económicas, debes indicar el código CNAE 33.16 y el epígrafe IAE correspondiente a reparación aeronáutica. Este trámite puede realizarse presencialmente en las oficinas de la AEAT o de forma telemática a través de la Sede Electrónica.

3

Registra tu actividad en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)

Al presentar el modelo 036/037, automáticamente te das de alta en el IAE. El epígrafe que corresponde a tu actividad de reparación aeronáutica te asignará una cuota anual. Si tu cifra de negocios prevista es inferior a 1.000.000 euros anuales, estarás exento del pago de la cuota del IAE, aunque debes estar dado de alta. Conserva la documentación de alta para futuras gestiones.

4

Solicita el código de identificación fiscal electrónica (Cl@ve) y accede a la Sede Electrónica

Registra tu Cl@ve en la plataforma oficial del Gobierno para poder acceder a tu cuenta en la Sede Electrónica de la AEAT. A través de esta plataforma podrás presentar declaraciones, consultar tu situación fiscal, descargar certificados y realizar cualquier gestión tributaria. Es fundamental mantener tu contraseña segura y actualizar tus datos de contacto regularmente.

5

Cumple con las obligaciones contables y de declaración

Como empresa de reparación aeronáutica, debes llevar una contabilidad ordenada y presentar las declaraciones fiscales correspondientes (IVA trimestral mediante el modelo 303, declaración anual de impuesto sobre sociedades o IRPF según tu forma jurídica). Además, debes conservar toda la documentación de reparaciones realizadas, facturas emitidas y recibidas durante un mínimo de cuatro años.

Documentos necesarios para el alta con CNAE 33.16

Documento de identidad (DNI, NIE o pasaporte) Debes presentar una copia de tu documento de identidad válido y en vigor. Si eres persona jurídica, necesitas el documento de identidad del representante legal que firma la solicitud. Puedes obtenerlo en tu ayuntamiento o comisaría de policía nacional.
Certificado de empadronamiento o prueba de domicilio Necesitas acreditar tu domicilio fiscal. Puedes obtener el certificado de empadronamiento en tu ayuntamiento o presentar un contrato de alquiler, factura de servicios (agua, luz, gas) a tu nombre o documento notarial que acredite tu residencia en el domicilio que declares.
Documentación de la actividad económica Debes aportar documentos que acrediten tu actividad de reparación aeronáutica: contratos con clientes, presupuestos de servicios, referencias de experiencia previa, documentación técnica sobre instalaciones y equipamiento, o certificados de formación técnica en reparación de aeronaves. Esta documentación se solicita para validar que realmente vas a ejercer esta actividad especializada.
Solicitud de alta telemática (modelo 036 o 037) Completa el formulario correspondiente en la Sede Electrónica de la AEAT o descárgalo en formato papel. El modelo 036 es la declaración censal general, mientras que el modelo 037 es la versión simplificada solo para personas físicas autónomas sin empleados. Ambos están disponibles en la Sede Electrónica de la AEAT con acceso mediante Cl@ve.
Autorización de actividad si es necesario Según la legislación aeronáutica, algunas actividades de reparación de aeronaves requieren autorizaciones específicas de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA). Verifica con la AESA si tu actividad específica de reparación requiere certificación técnica, acreditación de instalaciones o autorización previa antes de comenzar la actividad.

Plazos importantes

Debes presentar el modelo 036 o 037 dentro de los 10 días hábiles siguientes al inicio de tu actividad económica. El incumplimiento de este plazo puede resultar en multas. Las declaraciones del IVA trimestral (modelo 303) deben presentarse dentro del mes siguiente al trimestre correspondiente. La declaración anual de impuesto sobre sociedades o IRPF debe realizarse antes del 25 de marzo del año siguiente al ejercicio fiscal. Además, debes mantener tu registro actualizado en la AEAT en caso de cambios en tu domicilio, actividad o situación laboral.

Formularios online

Errores comunes

  • Indicar un código CNAE incorrecto o genérico en lugar de 33.16. Muchos autónomos seleccionan códigos similares pero no específicos para reparación aeronáutica, lo que puede causar problemas con las obligaciones fiscales y la clasificación estadística. Verifica que el CNAE 33.16 sea exactamente el que corresponde a tu actividad.
  • Confundir el modelo 036 con el modelo 037 o intentar usar el 037 cuando no cumples los requisitos. El modelo 037 solo es válido para personas físicas autónomas sin empleados y sin determinadas circunstancias especiales. Si tienes empleados o eres sociedad mercantil, debes usar obligatoriamente el modelo 036.
  • No indicar el epígrafe IAE correspondiente en el modelo 036/037. Aunque el CNAE es la clasificación estadística, en el formulario debes especificar el epígrafe del IAE que corresponde a tu actividad de reparación, ya que esto determina tu obligación de pago de cuota anual (aunque esté exenta si no superas 1.000.000 euros de cifra de negocios).
  • Omitir la solicitud de autorizaciones específicas de la AESA (Agencia Estatal de Seguridad Aérea) si tu actividad lo requiere. Algunas reparaciones aeronáuticas necesitan certificaciones técnicas o autorizaciones previas que no se pueden obtener a través de la AEAT, sino directamente con la AESA.
  • Presentar el alta sin documentación que acredite realmente la actividad de reparación aeronáutica. La AEAT puede rechazar o pedir aclaraciones si no aportas pruebas de que vas a ejercer esta actividad especializada, como contratos, referencias de clientes o certificaciones técnicas.
  • No mantener la contabilidad actualizada conforme a la normativa de reparación de aeronaves. Esta actividad requiere documentación técnica detallada de cada reparación realizada, que debe conservarse durante cuatro años para justificar la actividad ante posibles inspecciones.

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre el código CNAE 33.16 y otros códigos de reparación?
El CNAE 33.16 es específico para reparación y mantenimiento aeronáutico y espacial civil. Otros códigos como 33.12 (reparación de maquinaria) o 33.20 (reparación de equipos de aire acondicionado) son para actividades diferentes. Es crucial seleccionar exactamente 33.16 si tu actividad es reparar aeronaves o motores de aeronaves civiles, ya que esto afecta a tus obligaciones fiscales, clasificación estadística y posibles requisitos regulatorios especiales de la AESA.
¿Necesito autorización de la AESA antes de darme de alta en la AEAT?
Dependiendo del tipo de reparación aeronáutica que realices, puede ser necesario obtener certificación o autorización de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) antes de iniciar tu actividad. Si realizas reparaciones en aeronaves certificadas, necesitarás acreditación técnica. Te recomendamos contactar con la AESA para verificar qué autorizaciones específicas requiere tu tipo de reparación. La AEAT no puede autorizar actividades aeronáuticas; eso es competencia exclusiva de la AESA.
¿Cuál es la cuota anual del IAE para reparación aeronáutica?
La cuota del IAE para reparación aeronáutica varía según el epígrafe específico y la cifra de negocios. Sin embargo, si tu cifra de negocios prevista es inferior a 1.000.000 euros anuales, estarás exento del pago de la cuota del IAE, aunque debes estar dado de alta. Si tu cifra de negocios supera este umbral, deberás pagar la cuota correspondiente, que puede oscilar entre varios cientos y miles de euros anuales. Consulta con la AEAT o una gestoría para conocer la cuota exacta de tu epígrafe.
¿Qué documentación técnica debo conservar de mis reparaciones aeronáuticas?
Debes conservar durante cuatro años toda la documentación relacionada con cada reparación realizada: órdenes de trabajo, especificaciones técnicas de las reparaciones, partes de horas trabajadas, materiales utilizados, certificados de conformidad, inspecciones de calidad y cualquier documentación de cumplimiento normativo aeronáutico. Esta documentación es fundamental para justificar tu actividad ante posibles inspecciones de la AEAT y para cumplir con la normativa de seguridad aérea de la AESA.
¿Puedo cambiar de CNAE si inicialmente me doy de alta con otro código?
Sí, puedes modificar tu código CNAE presentando un modelo 036 de modificación en la AEAT. Sin embargo, es preferible indicar correctamente el CNAE 33.16 desde el principio para evitar problemas administrativos y asegurar que tu clasificación estadística es la adecuada. Si cambias de CNAE, debes presentar la modificación dentro de los diez días hábiles siguientes al cambio real de tu actividad económica.

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