Te recomendamos encarecidamente que contrates los servicios de una gestoría especializada en energía y generación eléctrica para garantizar el cumplimiento correcto de todos los trámites administrativos, tributarios y regulatorios. Una gestoría experimentada te asesorará sobre las autorizaciones específicas necesarias para tu instalación, te ayudará a presentar correctamente el modelo 036 con el código CNAE y epígrafe IAE adecuados, y se encargará del seguimiento de tus obligaciones fiscales periódicas. Esto te permitirá concentrarte en la operación y desarrollo de tu actividad de generación de energía eléctrica sin preocupaciones administrativas.
Pasos para darse de alta
Obtener el número de identidad fiscal (NIF)
Antes de tramitar tu alta como productor de energía eléctrica, debes solicitar un NIF en la Delegación de la AEAT más cercana a tu domicilio o a través de la Sede Electrónica de la AEAT. Si eres una persona jurídica (empresa constituida), necesitarás el NIF de la sociedad que ya habrá sido asignado en el Registro Mercantil. Este documento es imprescindible para cualquier trámite fiscal y administrativo posterior.
Inscribirse en el Registro Mercantil (si es sociedad)
Si tu actividad se va a desarrollar a través de una persona jurídica (Sociedad Anónima, Sociedad Limitada, etc.), debes inscribir la empresa en el Registro Mercantil Provincial correspondiente al domicilio social. Este registro es obligatorio antes de presentar la declaración censal ante la AEAT y proporciona validez legal a tu constitución como entidad empresarial. Puedes realizar este trámite telemáticamente a través del Registro Mercantil Central.
Presentar la declaración censal (modelo 036 o 037)
Debes presentar el modelo 036 (declaración censal general) en la Delegación de la AEAT o a través de la Sede Electrónica de la AEAT. Como productor de energía eléctrica, este es un trámite obligatorio que debe realizarse en el plazo de 10 días naturales desde el inicio de la actividad. En el modelo 036 deberás indicar el código CNAE 35.11 y el epígrafe IAE correspondiente a tu tipo de instalación (1.1.1 o 1.1.2). Este modelo también sirve para darte de alta en el censo de actividades económicas.
Solicitar el alta en el Régimen de la Seguridad Social
Debes afiliarte a la Seguridad Social como trabajador por cuenta propia (si eres autónomo) o registrar a tu empresa en el régimen correspondiente si tienes empleados. Esta solicitud debe presentarse en la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) en el plazo de 30 días desde el inicio de la actividad. Es imprescindible para poder ejercer la actividad de forma legal y estar protegido ante contingencias profesionales.
Obtener licencias y autorizaciones administrativas específicas
Como productor de energía eléctrica, necesitarás obtener autorizaciones específicas de la Administración Pública competente (Comunidad Autónoma o Ministerio para Transición Ecológica). Estas incluyen la autorización ambiental integrada, la autorización de explotación y, en su caso, la licencia de actividad municipal. Estos trámites deben completarse antes de iniciar la operación de la instalación de generación eléctrica.
Registrarse en el Registro Administrativo de Generadores de Energía Eléctrica
Debes inscribir tu instalación en el Registro Administrativo de Generadores de Energía Eléctrica gestionado por la Dirección General de Política Energética y Minas. Este registro es obligatorio para todos los productores de energía eléctrica y permite el control y seguimiento de las instalaciones a nivel nacional. La inscripción debe realizarse antes de que la instalación inicie su operación comercial.
Documentos necesarios para el alta con CNAE 35.11
Plazos importantes
El plazo para presentar la declaración censal (modelo 036) es de 10 días naturales desde el inicio de la actividad. La solicitud de afiliación a la Seguridad Social debe realizarse en el plazo de 30 días desde que comiences la actividad. Las autorizaciones administrativas y ambientales deben obtenerse antes de iniciar la operación de la instalación, por lo que es recomendable tramitarlas con varios meses de antelación. Además, debes cumplir con las obligaciones tributarias periódicas: presentación del modelo 303 (IVA trimestral) si estás sujeto a este impuesto, y la declaración anual de la renta (modelo 100) si eres persona física.
Formularios online
Errores comunes
- ✗Confundir el código CNAE 35.11 (energía no renovable) con el CNAE 35.30 (energía renovable). Es fundamental indicar el código correcto en el modelo 036, ya que afecta a las obligaciones fiscales y regulatorias de tu actividad.
- ✗No obtener las autorizaciones administrativas y ambientales antes de presentar el modelo 036. Aunque formalmente puedas darte de alta sin ellas, es ilegal operar sin estas autorizaciones y puede resultar en sanciones graves.
- ✗Olvidar registrar la instalación en el Registro Administrativo de Generadores de Energía Eléctrica. Este registro es obligatorio y su omisión puede impedir la operación comercial de tu planta de generación.
- ✗Indicar incorrectamente el epígrafe IAE en el modelo 036. Debes elegir entre 1.1.1 (combustibles fósiles) o 1.1.2 (nuclear) según el tipo de tu instalación, ya que esto determina tus obligaciones tributarias.
- ✗No darse de alta en la Seguridad Social en el plazo establecido. Esto puede resultar en multas y afectar a tu cobertura de protección social como trabajador por cuenta propia.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la diferencia entre el CNAE 35.11 y otros códigos de generación de energía?▼
¿Necesito obtener la Autorización Ambiental Integrada antes de presentar el modelo 036?▼
¿Cuál es el epígrafe IAE que debo indicar en el modelo 036 para producción de energía no renovable?▼
¿Qué obligaciones tributarias tengo como productor de energía eléctrica?▼
¿Cuánto tiempo tarda el proceso completo de alta como productor de energía?▼
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