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CNAE 35.24Trámites de alta

Alta CNAE 35.24: Almacenamiento de gas como parte de los servicios de suministro de la red

Te recomendamos encarecidamente contratar los servicios de una gestoría especializada en energía y actividades reguladas. Una gestoría te ayudará a navegar la compleja normativa de almacenamiento de gas, tramitar la autorización administrativa, presentar correctamente el modelo 036/037, gestionar tus obligaciones fiscales (IVA, IRPF/Impuesto de Sociedades) y mantener tu documentación técnica y de seguridad actualizada. Esto te ahorrará tiempo, evitará errores costosos y garantizará el cumplimiento legal de tu actividad.

Pasos para darse de alta

1

Solicita tu número de identificación fiscal (NIF)

Antes de cualquier trámite, debes obtener tu NIF en la Delegación de Hacienda correspondiente a tu domicilio. Si eres persona jurídica (empresa constituida), necesitarás presentar los estatutos y la escritura de constitución. Este documento es fundamental para todos los trámites posteriores ante la Administración Tributaria y es obligatorio para poder operar legalmente en España.

2

Obtén la autorización administrativa específica para almacenamiento de gas

Dado que la actividad de almacenamiento de gas está regulada por normativas especiales, debes solicitar la autorización correspondiente a la Dirección General de Política Energética y Minas (DGPM) o al organismo competente en tu comunidad autónoma. Esta autorización es previa al alta fiscal y es obligatoria para operar legalmente. Incluye en tu solicitud los planos de las instalaciones, medidas de seguridad y conformidad con la normativa de almacenamiento de combustibles.

3

Presenta el modelo 036 o 037 en la Agencia Tributaria

Debes rellenar y presentar el modelo 036 (declaración censal general) o el modelo 037 (versión simplificada si cumples requisitos) en la Agencia Tributaria. En este formulario indicarás el código CNAE 35.24 y el epígrafe IAE correspondiente a almacenamiento de gas. Puedes presentarlo de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la AEAT usando tu certificado digital o Cl@ve. Este trámite debe realizarse antes de iniciar la actividad.

4

Solicita alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)

A través del modelo 036/037, también te darás de alta en el IAE. Aunque la cuota está exenta si tu cifra de negocios es inferior a 1.000.000€ anuales, el alta es obligatoria. Recibirás un recibo de alta en el IAE que acredita tu inscripción en el censo de actividades económicas. Conserva este documento junto con el justificante de presentación del modelo 036/037.

5

Registra tu actividad en el Registro Mercantil (si aplica)

Si eres una sociedad mercantil, debes registrarte en el Registro Mercantil Provincial correspondiente. Este registro es público y acredita la existencia legal de tu empresa. Necesitarás presentar la escritura de constitución y los estatutos sociales. El plazo para inscribirse es de dos meses desde la constitución de la sociedad.

6

Solicita alta en la Seguridad Social como autónomo o empresa

Si eres autónomo, debes darte de alta en el régimen de autónomos de la Seguridad Social. Si tienes empleados, debes darte de alta como empresa y afiliados a tus trabajadores. Este trámite se realiza en la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) y es obligatorio para poder ejercer la actividad legalmente. Necesitarás tu NIF y la documentación que acredite tu actividad.

Documentos necesarios para el alta con CNAE 35.24

Número de Identificación Fiscal (NIF) Solicita en la Delegación de Hacienda de tu provincia o a través de la Sede Electrónica de la AEAT. Para personas jurídicas, se obtiene automáticamente al constituir la sociedad ante notario.
Autorización de almacenamiento de gas Solicita en la Dirección General de Política Energética y Minas (DGPM) o en la consejería de energía de tu comunidad autónoma. Requiere documentación técnica de las instalaciones, planos de seguridad y cumplimiento normativo.
Certificado digital o credenciales Cl@ve Obtén tu certificado en la FNMT (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre) o regístrate en Cl@ve en https://clave.gob.es/clave_Home/registro.html para acceder a la Sede Electrónica de la AEAT.
Escritura de constitución (si eres sociedad mercantil) Solicita copia en el Registro Mercantil Provincial o ante notario. Este documento acredita la existencia legal de tu empresa y sus estatutos sociales.
Documentación técnica de las instalaciones de almacenamiento Elabora planos, esquemas de seguridad, certificados de cumplimiento normativo y documentación de las infraestructuras. Requiere revisión por técnico competente en seguridad industrial.
Declaración sobre el inicio de actividad Incluida en el modelo 036/037. Debes indicar la fecha de inicio de la actividad, el domicilio de la empresa y el código CNAE correspondiente.

Plazos importantes

El modelo 036/037 debe presentarse ante la Agencia Tributaria dentro de los 10 primeros días del mes siguiente al del inicio de la actividad. La autorización de almacenamiento de gas debe solicitarse y obtenerse ANTES de iniciar cualquier operación, con plazos que varían según la comunidad autónoma (generalmente 3-6 meses). El alta en el IAE es obligatoria y se realiza simultáneamente con el modelo 036/037. Una vez en actividad, deberás presentar declaraciones trimestrales del IVA (modelo 303) si tienes obligación de declarar, y la declaración anual de la renta (modelo 100) como autónomo, o el impuesto de sociedades si eres empresa.

Formularios online

Errores comunes

  • No solicitar la autorización previa de almacenamiento de gas a los organismos competentes antes de presentar el modelo 036/037. Esta es una actividad regulada y la falta de autorización puede resultar en sanciones graves y clausura de la actividad.
  • Indicar un código CNAE incorrecto en el modelo 036/037. Debes especificar exactamente el 35.24 para almacenamiento de gas, no confundirlo con otras actividades de la sección 35 como distribución o suministro de gas.
  • Olvidar registrarse en el Registro Mercantil si constituyes una sociedad mercantil. Este registro es obligatorio y su omisión puede afectar a la validez legal de tu empresa y a tus contratos comerciales.
  • No darse de alta en la Seguridad Social como autónomo o empresa. Sin este alta, no puedes trabajar legalmente y estarás incumpliendo la normativa de protección social.
  • No mantener actualizada la documentación técnica y de seguridad de las instalaciones. Las autoridades pueden requerir inspecciones periódicas y la falta de documentación actualizada puede resultar en multas administrativas.
  • Confundir el modelo 036 (declaración general) con el 037 (simplificada). El 037 solo aplica a personas físicas con determinadas condiciones; si no cumples requisitos, debes usar el 036.

Preguntas frecuentes

¿Necesito autorización previa para almacenar gas antes de darme de alta fiscalmente?
Sí, es absolutamente obligatorio. El almacenamiento de gas está regulado por normativas especiales de seguridad industrial y energética. Debes obtener la autorización de la Dirección General de Política Energética y Minas (DGPM) o del organismo competente en tu comunidad autónoma ANTES de presentar el modelo 036/037. Sin esta autorización, no puedes iniciar la actividad legalmente, aunque hayas completado los trámites fiscales.
¿Cuál es la diferencia entre el modelo 036 y el 037?
El modelo 036 es la declaración censal general que pueden usar cualquier persona física o jurídica. El modelo 037 es una versión simplificada exclusiva para personas físicas que cumplan ciertos requisitos (actividades no sujetas a IVA, sin trabajadores, etc.). Como el almacenamiento de gas es una actividad regulada y probablemente tengas empleados, deberás usar el modelo 036. Consulta con la AEAT si tienes dudas sobre cuál te aplica.
¿Tengo que pagar la cuota del IAE si me doy de alta con el CNAE 35.24?
La cuota del IAE está exenta si tu cifra de negocios anual es inferior a 1.000.000€. Sin embargo, el alta en el IAE es obligatoria aunque no debas pagar cuota. Debes presentar el modelo 036/037 para registrarte en el censo de actividades económicas. Si tu facturación supera 1.000.000€ anuales, deberás pagar la cuota correspondiente al epígrafe de almacenamiento de gas.
¿Qué obligaciones fiscales tengo una vez dado de alta con el CNAE 35.24?
Deberás presentar declaraciones trimestrales del IVA (modelo 303) si tienes obligación de declarar IVA. Además, debes presentar la declaración anual de la renta: si eres autónomo, el modelo 100 (IRPF); si eres sociedad mercantil, deberás presentar el impuesto de sociedades. También debes mantener registros contables y facturas según la normativa mercantil. Te recomendamos que una gestoría te ayude a cumplir con estas obligaciones.
¿Puedo presentar el modelo 036/037 de forma telemática?
Sí, es la forma más recomendada. Puedes presentarlo a través de la Sede Electrónica de la AEAT (https://sede.agenciatributaria.gob.es) usando tu certificado digital o tus credenciales Cl@ve. El acceso a Cl@ve se obtiene en https://clave.gob.es/clave_Home/registro.html. La presentación telemática es más rápida, más segura y te proporciona un justificante inmediato de presentación.

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