Dado que tu actividad como intermediario del comercio al por mayor implica obligaciones contables complejas, operaciones con diferentes tipos de maquinaria, posibles transacciones intracomunitarias y cumplimiento de normativas específicas, te recomendamos encarecidamente contratar los servicios de una gestoría especializada en comercio mayorista. Una gestoría experimentada se encargará de tu registro fiscal, presentación de impuestos, asesoramiento en operaciones intracomunitarias y cumplimiento de obligaciones de la Seguridad Social, permitiéndote concentrarte en el desarrollo de tu negocio de intermediación.
Pasos para darse de alta
Obtén tu Número de Identificación Fiscal (NIF)
Si eres persona física española, tu NIF es tu documento de identidad. Si eres extranjero, debes solicitar un NIE en la delegación de la Policía Nacional más cercana. Este documento es imprescindible para cualquier trámite fiscal y mercantil. Sin el NIF o NIE no podrás continuar con el registro de tu actividad como intermediario comercial.
Registra tu actividad en la Agencia Tributaria mediante el modelo 036
Debes presentar la declaración censal modelo 036 en la Agencia Tributaria (AEAT) para comunicar el inicio de tu actividad como intermediario. Este formulario debe incluir el código CNAE 46.14 y el epígrafe IAE 6311. Puedes presentarlo telemáticamente a través de la Sede Electrónica de la AEAT utilizando certificado digital o Cl@ve. El plazo para darte de alta es antes de iniciar la actividad, aunque la AEAT establece un período de tolerancia de 10 días.
Solicita el alta en el Régimen de la Seguridad Social como autónomo
Como intermediario comercial que inicia actividad, debes afiliarte a la Seguridad Social como trabajador autónomo. Este trámite se realiza en la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) presentando el formulario TA-0521. Necesitarás acreditar tu NIF, datos personales y la actividad que vas a desarrollar. La afiliación debe realizarse antes de iniciar la actividad para evitar sanciones y garantizar tu cobertura de contingencias profesionales.
Abre una cuenta bancaria a nombre de tu negocio
Aunque no es obligatorio legalmente, es altamente recomendable abrir una cuenta bancaria específica para tu actividad como intermediario comercial. Esta separación facilita la contabilidad, la gestión de flujos de efectivo y la justificación de operaciones ante la Hacienda Pública. La mayoría de entidades financieras requieren el NIF y la copia del modelo 036 presentado ante la AEAT para verificar tu actividad.
Cumple con tus obligaciones contables y de IVA
Como intermediario del comercio al por mayor, debes llevar un libro registro de operaciones y facturas. Si realizas operaciones intracomunitarias, debes presentar el IVA intracomunitario. Dependiendo de tu volumen de negocio, deberás presentar declaraciones trimestrales del modelo 303 (IVA) o liquidaciones anuales. Es recomendable contar con un sistema de facturación electrónica que cumpla con los requisitos de la AEAT.
Documentos necesarios para el alta con CNAE 46.14
Plazos importantes
Debes presentar el modelo 036 ante la AEAT antes de iniciar tu actividad como intermediario, aunque la Administración permite un margen de 10 días naturales después del inicio. La afiliación a la Seguridad Social como autónomo debe realizarse también antes de comenzar la actividad. Una vez dado de alta, deberás presentar trimestralmente el modelo 303 (declaración de IVA) si tu volumen de operaciones lo requiere, o una declaración anual simplificada si tus ingresos anuales son inferiores a 600.000 euros. Además, debes presentar la declaración de la renta (modelo 100) anualmente antes del 30 de junio del año siguiente al ejercicio fiscal.
Formularios online
Errores comunes
- ✗Indicar un código CNAE incorrecto: asegúrate de usar exactamente el 46.14 para intermediarios, no 46.11 (mayoristas directos) ni otros códigos de comercio. La diferencia es crucial porque los intermediarios no toman posesión de los bienes.
- ✗Olvidar la afiliación a la Seguridad Social como autónomo: muchos intermediarios presentan el modelo 036 pero olvidan afiliarse como trabajadores autónomos. Esto genera sanciones y falta de cobertura de contingencias profesionales.
- ✗No llevar registros contables adecuados: como intermediario, debes documentar todas las transacciones que facilitas, incluso si no tomas posesión de los bienes. La falta de facturas y registros es motivo de inspección.
- ✗Confundir el modelo 036 con el 037: el 037 es solo para personas físicas con actividades muy específicas. Como intermediario de maquinaria industrial, debes usar el modelo 036 completo.
- ✗No actualizar el registro si cambias de domicilio o amplías tu actividad: cualquier cambio significativo debe comunicarse a la AEAT mediante el modelo 036 modificado dentro de un plazo determinado.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la diferencia entre un intermediario (CNAE 46.14) y un mayorista (CNAE 46.11)?▼
¿Necesito un local comercial para registrarme como intermediario del CNAE 46.14?▼
¿Cuáles son mis obligaciones de IVA como intermediario comercial?▼
¿Qué diferencia hay entre el modelo 036 y el modelo 037 para darse de alta?▼
¿Estoy obligado a pagar cuota de Impuesto de Actividades Económicas (IAE)?▼
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