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CNAE 46.22Trámites de alta

Alta CNAE 46.22: Comercio al por mayor de flores y plantas

Te recomendamos encarecidamente que contrates los servicios de una gestoría especializada en comercio mayorista para garantizar que todos tus trámites de alta se realizan correctamente y en plazo. Una gestoría te asesorará sobre las obligaciones fiscales específicas del CNAE 46.22, te ayudará a optimizar tu estructura fiscal, y te gestionará de forma continuada la presentación de declaraciones y el cumplimiento de obligaciones con la AEAT y la Seguridad Social. Este servicio profesional te permitirá concentrarte en el desarrollo de tu negocio de distribución de flores y plantas mientras evitas errores administrativos costosos.

Pasos para darse de alta

1

Obtener tu número de identidad y documentación básica

Antes de iniciar cualquier trámite, debes tener tu DNI o NIE en vigor. Si eres persona jurídica (sociedad mercantil), necesitarás el Certificado de Inscripción en el Registro Mercantil que acredite la constitución de la empresa. Asegúrate de que todos tus documentos de identidad están actualizados y son válidos, ya que serán requeridos en múltiples fases del proceso de alta.

2

Solicitar el Número de Identidad Fiscal (NIF) si no lo tienes

Si aún no dispones de NIF, debes solicitarlo en la Delegación Provincial de la AEAT más cercana a tu domicilio o a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. El NIF es imprescindible para cualquier actividad económica en España y será tu número de identificación fiscal permanente. Puedes obtenerlo de forma presencial o telemática, siendo recomendable usar el sistema online para agilizar el proceso.

3

Completar la declaración censal (modelo 036 o 037) en la AEAT

Debes presentar el modelo 036 (declaración censal general) o el modelo 037 (declaración censal simplificada, si eres persona física y cumples requisitos específicos) ante la Agencia Tributaria. En este formulario indicarás el código CNAE 46.22 como tu actividad principal y el epígrafe IAE 623.1 correspondiente al comercio mayorista de flores y plantas. La presentación puede realizarse telemáticamente a través de la Sede Electrónica de la AEAT utilizando certificado digital o Cl@ve.

4

Registrarte en el Registro de Actividades Económicas (Censo de Obligados Tributarios)

Una vez presentada tu declaración censal, serás automáticamente inscrito en el Censo de Obligados Tributarios de la AEAT. Recibirás una confirmación de tu alta fiscal que acredita tu número de NIF y tu condición de contribuyente. Este registro es fundamental para poder operar legalmente como distribuidor mayorista de flores y plantas, y te permitirá cumplir con tus obligaciones fiscales y de Seguridad Social.

5

Darte de alta en Seguridad Social como autónomo o empleador

Si eres trabajador autónomo, debes solicitar tu afiliación y alta en el Régimen de Trabajadores Autónomos (RTA) de la Seguridad Social en la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). Si tienes empleados, debes darte de alta como empresa en el Régimen General y afiliar a tus trabajadores. El alta en Seguridad Social debe realizarse antes de iniciar la actividad económica para evitar sanciones y garantizar la protección social.

6

Obtener licencia municipal de actividad económica

Dependiendo de tu localidad, es posible que necesites solicitar una licencia de actividad económica o de funcionamiento en el Ayuntamiento donde vayas a ejercer tu actividad. Aunque el comercio al por mayor suele estar menos regulado que el comercio minorista, algunos municipios requieren este trámite. Consulta con el Ayuntamiento de tu zona para confirmar si es obligatorio en tu caso y qué documentación específica necesitas.

Documentos necesarios para el alta con CNAE 46.22

DNI o NIE en vigor Documento de identidad personal. Si eres extranjero, solicita el NIE en la Delegación Provincial de la Policía Nacional o a través del procedimiento específico para extranjeros. Es el documento básico que acredita tu identidad ante la AEAT.
Certificado de Inscripción en el Registro Mercantil (si eres sociedad mercantil) Solicita este certificado en el Registro Mercantil Provincial correspondiente a tu domicilio o a través del Registro Mercantil Central. Acredita la constitución legal de tu empresa y es obligatorio para personas jurídicas que se den de alta en la AEAT.
Solicitud de NIF (Modelo EX-00 o EX-01) Disponible en la Delegación Provincial de la AEAT o en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. Si ya tienes NIF, no necesitas este documento. Complétalo con tus datos personales y presentalo junto con tu documento de identidad.
Declaración censal (modelo 036 o 037) Descargable desde la Sede Electrónica de la AEAT (https://sede.agenciatributaria.gob.es). Puedes presentarlo de forma telemática con certificado digital o Cl@ve, o en formato papel en cualquier oficina de la AEAT.
Justificante de domicilio Recibo de servicios (agua, gas, electricidad) o contrato de alquiler a tu nombre con una antigüedad máxima de tres meses. Es necesario para verificar tu domicilio fiscal ante la Agencia Tributaria.
Poder notarial (si actúas a través de representante) Si no compareces personalmente en la AEAT, debes autorizar a un representante con poder notarial. Obtén este documento en cualquier notaría. Es obligatorio si delegas los trámites en un gestor o tercero.

Plazos importantes

El plazo para presentar la declaración censal (modelo 036 o 037) es de un mes desde el inicio de tu actividad económica. Si comienzas la actividad sin haber presentado el modelo, debes hacerlo dentro de ese mes para evitar sanciones. El alta en Seguridad Social debe realizarse antes de iniciar la actividad, siendo recomendable hacerlo simultáneamente con el registro fiscal. Las obligaciones periódicas incluyen la presentación de la declaración trimestral de IVA (modelo 303) si tu volumen de ventas lo requiere, la declaración anual de la renta (modelo 100 para autónomos o declaración de sociedades), y el pago de cuotas mensuales de Seguridad Social como autónomo.

Formularios online

Errores comunes

  • Confundir el código CNAE 46.22 con otros códigos relacionados con el comercio de flores (como 46.20 para comercio mayorista de hortalizas y frutas, o 47.76 para venta minorista de flores). Asegúrate de usar el código exacto 46.22 para que tu actividad sea correctamente clasificada estadísticamente.
  • No indicar el epígrafe IAE correcto (623.1) en el modelo 036/037, lo que puede causar problemas en la liquidación de la cuota de IAE. Aunque la cuota está exenta si tu cifra de negocios es inferior a 1.000.000€, es importante registrar el epígrafe correcto para cumplir con las obligaciones declarativas.
  • Olvidar presentar la declaración censal dentro del plazo de un mes desde el inicio de la actividad, incurriendo en sanciones administrativas. Aunque la AEAT puede detectar tu actividad por otras vías (como solicitudes de proveedores), es mejor cumplir voluntariamente en plazo.
  • No diferenciarse entre el modelo 036 (general, para cualquier persona) y el modelo 037 (simplificado, solo para personas físicas con requisitos específicos). Si eres persona jurídica, debes usar obligatoriamente el modelo 036.
  • No darse de alta en Seguridad Social antes de iniciar la actividad, lo que invalida la cobertura social y puede resultar en sanciones muy graves. El alta debe ser anterior o simultánea al inicio de la actividad económica.
  • Proporcionar un domicilio fiscal incorrecto o no actualizado, lo que dificulta la comunicación con la AEAT y puede resultar en notificaciones no entregadas. Verifica que tu domicilio registrado es correcto y accesible para la administración.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre el CNAE 46.22 y otros códigos de comercio mayorista de flores?
El CNAE 46.22 es específico para el comercio al por mayor de flores, plantas y bulbos, así como semillas de flores y plantas. Otros códigos como el 46.20 corresponden a comercio mayorista de hortalizas y frutas frescas, que es una actividad diferente. Es crucial usar el código exacto 46.22 para que tu actividad sea clasificada correctamente en los registros estadísticos del INE y para que la AEAT te asigne las obligaciones fiscales correspondientes a tu sector.
¿Debo pagar cuota de IAE si me doy de alta con el CNAE 46.22?
La cuota de IAE está exenta para autónomos y pequeñas empresas cuya cifra de negocios no supere 1.000.000€ anuales. Si tu volumen de ventas como distribuidor mayorista de flores está por debajo de este umbral, no deberás pagar cuota de IAE. Sin embargo, debes seguir registrando el epígrafe 623.1 en tu declaración censal para cumplir con las obligaciones declarativas. Si tu cifra de negocios supera 1.000.000€, entonces sí deberás abonar la cuota correspondiente.
¿Qué obligaciones fiscales tengo como distribuidor mayorista de flores con el CNAE 46.22?
Como comerciante mayorista de flores, deberás presentar la declaración trimestral de IVA (modelo 303) si superas los umbrales de volumen de operaciones establecidos por la AEAT. También deberás presentar la declaración anual de la renta (modelo 100 si eres autónomo, o declaración de impuesto de sociedades si eres empresa). Además, tienes la obligación de llevar un libro de registro de ventas e ingresos, mantener la documentación contable y fiscal durante cinco años, y cumplir con las obligaciones de Seguridad Social como autónomo o empresario.
¿Puedo cambiar mi código CNAE después de darme de alta con el 46.22?
Sí, es posible cambiar tu código CNAE si tu actividad económica cambia o si cometiste un error en el registro inicial. Para ello, debes presentar una declaración censal modificada (modelo 036 o 037) ante la AEAT indicando el nuevo código CNAE. El cambio tendrá efectos desde la fecha en que lo comuniques a la administración. Si tu actividad se diversifica y realizas tanto comercio mayorista como minorista de flores, debes indicar el CNAE que corresponda a tu actividad principal.
¿Necesito licencia municipal para ejercer el comercio mayorista de flores con el CNAE 46.22?
La necesidad de licencia municipal depende de la normativa específica de tu Ayuntamiento. Aunque el comercio mayorista está generalmente menos regulado que el comercio minorista, algunos municipios requieren licencia de actividad económica o de funcionamiento incluso para actividades mayoristas. Te recomendamos que consultes directamente con el Ayuntamiento donde vayas a ubicar tu almacén o centro de distribución para confirmar si es obligatorio en tu caso y qué documentación necesitas presentar.

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