Te recomendamos encarecidamente que contrates los servicios de una gestoría especializada en comercio mayorista de productos farmacéuticos. Un gestor experimentado te guiará correctamente en todos los trámites, desde la presentación del modelo 036/037 hasta la obtención de la autorización sanitaria, evitándote errores costosos y retrasos innecesarios. Además, una gestoría te ayudará a mantener tu contabilidad al día, a cumplir con tus obligaciones fiscales periódicas (IVA trimestral, retenciones, etc.), y a gestionar correctamente los registros de medicamentos que exige la normativa sanitaria. El coste de una gestoría es muy inferior al riesgo de sanciones administrativas y sanitarias por incumplimientos.
Pasos para darse de alta
Obtener el Número de Identificación Fiscal (NIF)
Antes de iniciar cualquier trámite de alta, debes solicitar un NIF si aún no lo tienes. Puedes hacerlo en la Delegación de la AEAT más cercana a tu domicilio o a través de la Sede Electrónica de la AEAT. Si eres ciudadano extranjero residente en España, necesitarás el NIE. Este documento es imprescindible para cualquier actividad económica y será tu identificador único ante la administración tributaria.
Darse de alta en el Censo de Actividades Económicas (modelo 036 o 037)
Debes presentar el modelo 036 (declaración censal general) si eres persona jurídica o el modelo 037 (declaración censal simplificada) si eres autónomo que cumple los requisitos. En este formulario indicarás el código CNAE 46.46 y el epígrafe IAE correspondiente al comercio al por mayor de productos farmacéuticos. El alta debe realizarse en el plazo de 30 días desde el inicio de la actividad. Puedes presentarlo presencialmente o a través de la Sede Electrónica con certificado digital o Cl@ve.
Solicitar el alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)
Como comerciante al por mayor de productos farmacéuticos, debes darte de alta en el IAE mediante el modelo 036/037. El epígrafe que corresponde a tu actividad es el 46.46. La cuota anual del IAE estará exenta si tu cifra de negocios no supera 1.000.000 euros. Aunque estés exento de pago, debes formalizar el alta para cumplir con tus obligaciones administrativas y poder ejercer legalmente la actividad.
Registrarse en el Registro Mercantil y obtener la Inscripción en el Registro de Actividades Comerciales
Si eres autónomo, debes inscribirte en el Registro Mercantil Provincial. Si eres sociedad mercantil, la inscripción es obligatoria. Este trámite debe realizarse en el Registro Mercantil de la provincia donde tengas tu domicilio o sede social. La inscripción te acredita como comerciante legalmente constituido y es necesaria para poder operar como mayorista de productos farmacéuticos.
Obtener autorización sanitaria y licencias específicas
Para comercializar productos farmacéuticos y médicos, necesitarás obtener la correspondiente autorización de la Consejería de Sanidad de tu comunidad autónoma. Deberás cumplir con los requisitos de almacenamiento, conservación y distribución de medicamentos establecidos por la normativa sanitaria. También es recomendable solicitar la licencia de actividad comercial en el ayuntamiento de tu localidad y verificar si necesitas licencia ambiental según la normativa local.
Darse de alta en la Seguridad Social como autónomo (si corresponde)
Si eres autónomo sin empleados, debes afiliarte a la Seguridad Social como trabajador por cuenta propia. Si tienes empleados, debes darte de alta como empresa y afiliados también a tus trabajadores. El alta en la Seguridad Social debe realizarse antes de iniciar la actividad o simultáneamente con el alta tributaria. Puedes hacerlo en la Tesorería de la Seguridad Social o a través de su sede electrónica.
Documentos necesarios para el alta con CNAE 46.46
Plazos importantes
Debes presentar el modelo 036 o 037 en el plazo de 30 días desde el inicio de tu actividad como comerciante mayorista de productos farmacéuticos. La autorización sanitaria debe obtenerse antes de comenzar a comercializar medicamentos, por lo que es recomendable solicitarla con antelación. El alta en la Seguridad Social debe realizarse simultáneamente o antes de iniciar la actividad. A partir del alta, tendrás obligaciones periódicas como presentar la declaración de IVA (modelo 303) trimestralmente si superas los umbrales de facturación, y la declaración anual de la renta (modelo 100) antes del 30 de junio del año siguiente. Además, debes mantener los registros de compra y venta de medicamentos según la normativa sanitaria, con una conservación mínima de 5 años.
Formularios online
Errores comunes
- ✗Confundir el modelo 036 con el 037: El modelo 036 es la declaración censal general válida para cualquier persona física o jurídica, mientras que el 037 es la versión simplificada solo para autónomos que cumplen ciertos requisitos (sin empleados, sin actividad inmobiliaria, etc.). Asegúrate de usar el modelo correcto según tu situación legal.
- ✗No obtener la autorización sanitaria antes de comenzar a comercializar medicamentos: Muchos comerciantes mayoristas olvidan que necesitan autorización previa de la Consejería de Sanidad. Sin este documento, tu actividad es ilegal aunque estés dado de alta fiscalmente. Solicítala antes de iniciar operaciones.
- ✗Indicar incorrectamente el epígrafe IAE o el código CNAE: El CNAE 46.46 corresponde al comercio al por mayor de productos farmacéuticos. Si indicas un CNAE diferente o un epígrafe IAE incorrecto, tu alta será errónea y tendrás problemas con futuras inspecciones. Verifica que coincidan exactamente.
- ✗Olvidar el alta en la Seguridad Social como autónomo: Si eres trabajador por cuenta propia, debes afiliarte a la Seguridad Social. Muchos creen que solo con el alta en la AEAT es suficiente, pero es un trámite separado e imprescindible.
- ✗No solicitar la licencia de actividad comercial municipal: Aunque te hayas dado de alta en la AEAT, necesitas la licencia municipal para poder ejercer legalmente. Sin ella, puedes recibir sanciones del ayuntamiento. Gestiona este trámite simultáneamente con los demás.
- ✗No tener clara la descripción detallada de la actividad: Si solo escribes 'comercio mayorista de farmacéuticos' sin especificar qué tipos de productos (medicamentos de prescripción, sin prescripción, equipos médicos, etc.), puede haber problemas en futuras inspecciones sanitarias. Sé específico y detallado.
Preguntas frecuentes
¿Necesito autorización sanitaria para vender productos farmacéuticos al por mayor?▼
¿Cuál es la diferencia entre los modelos 036 y 037?▼
¿Tengo que pagar cuota de IAE como mayorista de productos farmacéuticos?▼
¿Cuánto tiempo tarda el proceso de alta desde el inicio?▼
¿Qué obligaciones fiscales tengo una vez dado de alta?▼
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